Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 106 de 29/05/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Orden de 5 de mayo de 2008, por la que se aprueba el deslinde parcial del Monte Público «Albarracinejo», código CA-10502-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y sito en el término municipal de Grazalema, provincia de Cádiz.

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Expte. MO/00032/2006.

Visto el expediente núm. MO/00032/2006 de deslinde parcial del monte público «Albarracinejo», Código de la Junta de Andalucía CA-10502-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y situado en el término municipal de Grazalema, provincia de Cádiz, instruido y tramitado por la Delegación Provincial de Cádiz, resultan los siguientes

HECHOS

1. El expediente de deslinde parcial del monte público 
«Albarracinejo» surge ante la necesidad de determinar el perímetro del monte al objeto de su posterior amojonamiento.

2. Mediante Resolución de la Consejera de Medio Ambiente de 30 de junio de 2006 se acordó el inicio del deslinde administrativo de dicho monte, y, habiéndose acordado que la operación de deslinde se realizase por el procedimiento ordinario según recoge el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, se publica en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Grazalema, en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 160, de 23 de agosto de 2006 y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 162, de 22 de agosto de 2006, el anuncio de Resolución de Inicio de deslinde.

3. Los trabajos materiales de deslinde de las líneas provisionales, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el día 20 de febrero de 2007, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado, el citado extremo, en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 243, de 22 de diciembre de 2006, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, núm. 236, de 7 de diciembre de 2006 y tablón de anuncios del Ayuntamiento de Grazalema. Para ello se tomó como base de trabajo:

- Inventario de fincas de la Comunidad de Andalucía (Consejería de Medio Ambiente), listado según SIGMA.

- Proyecto de Clasificación de las Vías Pecuarias de Grazalema (Cádiz).

- Información registral obtenida del Registro de la Propiedad de Ubrique.

- Datos catastrales de los colindantes en el Ayuntamiento de Grazalema (Cádiz).

- Datos aportados por el Catastro de rústica de la provincia de Cádiz.

- Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Provincia de Cádiz, rectificado en 1932.

- Escrituras de compra-venta del monte, obtenida en la sección de Patrimonio de la Delegación de Medio Ambiente de Cádiz, que se detallan a continuación:

Con fecha de 17 de abril de 1990, escritura de compraventa otorgada por doña Micaela González Bohórquez y otros sujetos más, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por la que se compra la finca denominada «Albarracinejo» 
situada en el término municipal de Grazalema y con una extensión superficial de 326 ha por un precio de compraventa que asciende a la cantidad de 30.000.000 ptas. (No deslindado).

4. Durante los días 20 y 21 de febrero, 11 y 17 de abril de 2007 se realizaron las operaciones materiales de deslinde parcial colocando en todo el perímetro del monte un total de 70 piquetes de deslinde.

5. Anunciado el período de exposición pública y alegaciones en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y notificado a los interesados conocidos, durante el plazo de 30 días no se recibió reclamación alguna, se emite el informe preceptivo por el Servicio Jurídico Provincial de Cádiz, estableciéndose lo que a continuación se expone:

«En consecuencia, y en virtud de todas las consideraciones anteriores, debe concluirse la regularidad del procedimiento seguido y la correcta propuesta de aprobación del deslinde del monte público Albarracinejo».

6. Habida cuenta de que el emplazamiento de cada uno de los piquetes que determinan el perímetro del monte, se describe con precisión en las actas de apeo y quedan fielmente representados en los planos y registros topográficos que obran en el expediente.

A los anteriores hechos les resulta de aplicación las siguientes normas: Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, Decreto 485/1962, de 22 de febrero, que aprueba el Reglamento de Montes, Ley de Montes, de 21 de noviembre de 2003 y Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable al caso.

A la vista de lo anterior, esta Consejería de Medio Ambiente,

RESUELVE

1º. Aprobar el expediente de deslinde parcial del monte público «Albarracinejo», Código de la Junta de Andalucía 
CA-10502-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y situado en el término municipal de Grazalema, provincia de Cádiz, de acuerdo con las Actas, Planos e Informes técnicos y jurídicos que obran en el expediente, y Registro Topográfico que se incorpora en el anexo de la presente Orden.

2º. Que una vez aprobado este deslinde se proceda a su amojonamiento.

3º. Que estando inscrito el monte público con los siguientes datos registrales:

Tomo Folio Finca Inscripción
« 27 208 467 7.ª

Una vez firme la aprobación del deslinde y en virtud del artículo 133 del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes, que se proceda a la inmatriculación del monte o inscripción del deslinde en el Registro de la Propiedad, con cada uno de los piquetes del deslinde que se detallan en las correspondientes actas que obran en el expediente y además, como lindes generales, las que a continuación se citan:

Denominación: «Albarracinejo».

Pertenencia: Comunidad Autónoma de Andalucía.

Superficie: 300,94 ha.

Término municipal: Grazalema.

Límites: Norte: «Río Majaceite» y las fincas particulares:

«Valdihuelo» perteneciente a don Borja Ruiz García y «El Batán de Lara» perteneciente a don José Antonio Portillo Serrano. La carretera CA-8103 en su entrada a la pedanía de Las Huertas de Benamahoma, perteneciente a la Diputación Provincial de Cádiz. Las fincas particulares: «Olivar» perteneciente a 
don Antonio Morales Ramírez y «Las Rosas» perteneciente a don Vicente Guerrero Castro.

Este: Fincas particulares: «Las Rosas» perteneciente a don Juan Chacón García y «Huertas de Arriba» perteneciente a doña Josefa Sánchez Guijón. El «Arroyo del Descansadero» y tierras pertenecientes a Punta San Felipe S.A. Descansadero de «Los Llanos del Campo», perteneciente al expediente de vías pecuarias 152/03. El monte público «Campo de las Encinas y Los Laureles» perteneciente al Ayuntamiento de Grazalema.

Sur: El monte público «Lomas de Albarracín», perteneciente a la Comunidad Autónoma de Andalucía y el término municipal de Benaocaz.

Oeste: Los montes públicos «Cerro de Albarracín» y «Aguas Turbias» pertenecientes al Ayuntamiento de El Bosque, situados en su mismo término municipal.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación ante el mismo órgano que la dictó, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Quedará expedita la acción ante los Tribunales ordinarios, cuando se hubieran suscitado en forma, dentro del expediente de deslinde, cuestiones relacionadas con el dominio del monte, o cualesquiera otras de índole civil.

Sevilla, 5 de mayo de 2008

CINTA CASTILLO JIMÉNEZ

Consejera de Medio Ambiente

ANEXO

REGISTRO TOPOGRÁFICO

COORDENADAS UTM

P. x y P. x y
1 278802.879 4072584.963 36 279428.393 4071496.910
2 278831.369 4072587.863 37 279518.641 4071427.914
3 278844.479 4072577.423 38 279562.556 4071380.772
4 278834.699 4072564.483 39 279632,640 4071335.494
5 278877.668 4072522.711 40 279677.790 4071319.562
6 278925.665 4072486.780 41 279736.968 4071303.264
7 279019.179 4072446.883 42 279787,200 4071277.717
8 279071.329 4072416.793 43 279821.580 4071250.911
9 279083.909 4072380.273 44 279865.697 4071223.675
10 279113.189 4072379.743 45 279908.680 4071212.028
11 279137.059 4072362.663 46 279969.135 4071173.418
12 279181.919 4072342.683 47 280182.871 4070977.469
13 279218.669 4072330.023 48 280225.860 4070987.375
14 279254.319 4072311.493 49 280400.637 4070857.081
15 279291.969 4072301.273 50 278546.240 4070713.480
16 279318.089 4072287,463 51 278544.040 4070749.650
17 279350.439 4072257.073 52 278519.260 4070882.910
18 279375.049 4072214.613 53 278497.750 4070924.530
19 279368.762 4072173.402 54 278489.220 4071025.260
20 279326.163 4072127.632 55 278522.820 4071173.150
21 279402.631 4072062.079 56 278514.690 4071294.540
22 279419.131 4072051.889 57 278501.020 4071468.870
23 279458.157 4072012.614 58 278491.020 4071611.960
24 279487.467 4071985.510 59 278534.080 4071732.260
25 279523.22 4071964.730 60 278575,810 4071800.680
26 279423.853 4071908.892 61 278601.810 4071850.890
27 279406.509 4071907.979 62 278629.400 4071917.480
28 279382.841 4071901.643 63 278649.280 4071966.820
29 279342.325 4071890.898 64 278665.040 4072021.140
30 279295.338 4071864.372 65 278675.130 4072130.110
31 279308.980 4071820.243 66 278701.220 4072204.150
32 279316.318 4071749.041 67 278714.810 4072319.010
33 279324.115 4071664.730 68 278725.730 4072346.390
34 127933 .293 4071602.376 69 278725.730 4072382.700
35 279345.461 4071539.003 70 278787.839 4072530.763
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