Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 16/01/2008

3. Otras disposiciones

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

Orden de 21 de diciembre de 2007, por la que se aprueba el modelo de documento contractual para el ingreso de personas mayores en situación de dependencia en centros residenciales del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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La Ley 6/1999, de 7 de julio, de Atención y Protección a las Personas Mayores de Andalucía, regula en su Título III los servicios sociales en sus dos niveles, Comunitario y Especializado, recogiendo el catálogo de derechos y deberes de los usuarios de los centros y servicios sociales.

Tras la entrada en vigor de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, se promulgó la Orden de 3 de agosto de 2007, por la que se establecen la intensidad de protección de los servicios, el régimen de compatibilidad de las Prestaciones y la Gestión de las Prestaciones Económicas del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía, en cuyas disposiciones se establece la necesidad de que todos los centros y servicios que colaboren con dicho Sistema en la atención a personas en situación de dependencia deberán estar acreditados conforme a la normativa aplicable en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Por todo ello, a fin de profundizar en los requisitos de calidad de los centros para personas mayores en situación de dependencia, se reguló por Orden de 5 de noviembre de 2007 el procedimiento y los requisitos para la acreditación de los centros para personas mayores en situación de dependencia en Andalucía. Entre las condiciones funcionales específicas que figuran en dicha Orden, se establece que el ingreso en centro residencial deberá quedar plasmado en un documento contractual en el que conste el consentimiento de la persona usuaria o, en su caso, del tutor/a responsable legal, o de la autoridad judicial, incorporándolo en el expediente individual de cada persona usuaria.

Con esta finalidad, mediante la presente Orden se aprueba el modelo de documento contractual aplicable a todos los centros residenciales para personas mayores en situación de dependencia, tanto para los centros existentes en la actualidad como para los futuros centros que inicien su actividad en Andalucía.

Los centros de personas mayores de titularidad de la Junta de Andalucía quedan excluidos de la aplicación de esta Orden, ya que fueron regulados por la Orden de 21 de junio de 2006, por la que aprueba se aprueba el modelo de documento contractual para el ingreso en centro residencial de personas mayores, de titularidad de la Junta de Andalucía.

En virtud de lo anteriormente expuesto, a propuesta de la Dirección General de Personas Mayores, y de conformidad con el artículo 27.6 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con el Decreto 205/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social,

D I S P O N G O

Artículo único. Objeto y ámbito de aplicación.

1. La presente Orden tiene por objeto aprobar el modelo de documento contractual para el ingreso en centros residenciales de personas mayores en situación de dependencia, públicos y privados acreditados, excepto los centros de titularidad de la Junta de Andalucía, los cuales se regulan por Orden de 21 de junio de 2006.

2. El modelo a que se refiere el apartado anterior se establece en el Anexo de la presente Orden y su cumplimentación será obligatoria por la persona titular de la dirección del centro y por la persona que ingrese o, en su caso, su representante legal.

3. En caso de ingreso involuntario en virtud de autorización judicial, se incorporará al expediente individual la resolución judicial sustituyendo ésta al documento contractual. No obstante, designada persona responsable de la tutela, será ésta quien firmará el documento contractual de referencia a fin de incorporarlo al expediente.

Disposición transitoria única. Formalización.

Los centros a que se refiere esta Orden, cuyas plazas estén ocupadas por personas cuyo ingreso se haya producido con anterioridad a su entrada en vigor, deberán proceder a la cumplimentación de los correspondientes documentos contractuales conforme al nuevo modelo, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta Orden.

Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.

1. Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Personas Mayores para disponer las medidas necesarias que permitan la incorporación de este documento contractual en las aplicaciones informáticas que se establezcan.

2. Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Personas Mayores para dictar las disposiciones necesarias en desarrollo y ejecución de lo establecido en esta Orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 21 de diciembre 2007

MICAELA NAVARRO GARZON

Consejera para la Igualdad y Bienestar Social

ANEXO I

Contrato de ingreso para personas mayores en situación de dependencia, en centro residencial que forme parte del Sistema de autonomía y atención a la Dependencia en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

(código provincia/código centro/núm. contrato).

.............................., a ................ de .............................. de ...........................

R E U N I D O S

De una parte, don/doña ..........................................................................................................................................., con DNI núm. ...................................................................., en nombre y representación de la Entidad .........................................................................................................., como titular de la dirección del centro residencial para personas mayores en situación de dependencia ................................................................., sito en ..............................................................................................................., inscrita en el Registro de ........................................................, con el número ........................

Y de otra, don/doña ..................................................................................................................................................... con DNI núm. ......................................................................, con domicilio en ............................................................................................... y núm. de teléfono .................................

Con plena capacidad de obrar y de obligarse en este acto.

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 81)

Mediante auto de autorización judicial de internamiento.

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 82)

A través de su representante legal don/doña ...................................................................................................,con DNI núm. ......................................................................, con domicilio en ........................................................................................ y núm. de teléfono ........................................., representación que mediante testimonio de ......................................................... (auto, sentencia, poder, libro de familia) acredita su calidad y se une al ejemplar de este contrato.

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 82)

La persona de referencia don/doña ......................................................................................................................, con DNI núm. ......................................................................, con domicilio en ........................................................................................... y núm. de teléfono .......................................

Reconociendo las partes la capacidad legal necesaria para contratar y obligarse.

E X P O N E N

Que es intención de las partes comparecientes la formalización de un contrato que determine el vínculo jurídico existente entre ambas, para el acceso a la condición de persona usuaria y en el que se hace constar la aceptación expresa de las normas de organización y funcionamiento del centro, de sus derechos y obligaciones como persona usuaria y el compromiso de participación en el coste del servicio.

A C U E R D A N

Formalizar el presente contrato conforme a las siguientes

C L A U S U L A S

Primera. El presente contrato tiene por objeto configurar la relación jurídica asistencial que se da entre la entidad titular del centro y la persona atendida, determinando los derechos y deberes de cada parte, así como el ingreso en el centro residencial, como centro de carácter social que ofrece alojamiento, convivencia y atención integral a las personas mayores en situación de dependencia y que forman parte del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía.

Segunda. En este sentido, se manifiesta que la Entidad titular del centro asume las siguientes obligaciones con respecto a la persona usuaria:

1.º Garantizar los derechos legalmente reconocidos por la Ley 6/1999, de 7 de julio, de atención y protección a las personas mayores de Andalucía.

2.º Cumplir y hacer cumplir las estipulaciones contenidas en el Reglamento de Régimen Interior del centro.

3.º Garantizar la atención a la persona usuaria a través de, al menos, los siguientes servicios:

- Alojamiento y Manutención, atendiéndose, en caso justificado, a un régimen especial de alimentación.

- Seguimiento Sanitario y Farmacéutico.

- Medidas Higiénico-sanitarias.

- Terapia y Rehabilitación.

- Programas de Prevención.

- Atención Social Individual, grupal y comunitaria.

- Atención Social-familiar.

4.º Facilitar a la persona usuaria, dentro del mismo, servicios de carácter complementario y opcional como podología, peluquería, cafetería y otros que se puedan ofertar por la entidad titular. Estos servicios serán de pago individualizado según su uso y consumo, sin estar incluido en el precio fijado para la plaza.

5.º Realizar una programación general de actividades, revisada anualmente, la cual estará a disposición de la persona usuaria, familiares, persona de referencia o su representante legal, así como una programación individual de intervención con la persona usuaria de acuerdo a sus necesidades y características.

6.º Contar con un sistema de participación democrática de las personas usuarias, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Régimen Interior.

7.º Tener a disposición de las personas usuarias y de sus representantes legales las Hojas de Reclamaciones.

8.º No cobrar a las personas usuarias cantidad suplementaria alguna por liquidación de estancias o por cualquier otra prestación de carácter obligatorio.

9.º La incapacidad sobrevenida de la persona residente del centro deberá ser comunicada a los responsables del mismo a los familiares de aquélla, al objeto de que promuevan su incapacitación. En el caso de que, transcurrido un mes desde dicha comunicación, el centro no tuviere noticia alguna sobre las actuaciones efectuadas por los familiares ante el órgano judicial competente, o el interesado careciere de familiares o fuesen desconocidos, deberá ponerlo en conocimiento del Ministerio Fiscal.

10.º El centro deberá informar expresamente a las personas que ingresen sobre los derechos y obligaciones que tienen como usuarias del centro, haciéndoles entrega de una copia del documento contractual de ingreso suscrito y de un ejemplar del Reglamento de Régimen Interior del mismo, así como de la forma de tramitar sus quejas y reclamaciones a través de los procedimientos establecidos para ello.

Tercera. Por su parte, la persona usuaria, familiares, persona de referencia y/o su representante legal quedarán obligadas a:

1.º Cumplir las normas recogidas en el Reglamento de Régimen Interior del centro, que se le entrega y se le da a conocer, previamente a la firma del presente contrato.

2.º Aceptar un período de adaptación de 30 días, que podrá ser ampliado hasta un máximo de otros 30 días.

3.º Abonar los gastos ocasionados por desplazamientos con acompañamiento del personal del centro, cuando sea pertinente conforme a lo establecido en el Reglamento de Régimen Interior del centro.

4.º Participar en la financiación de la plaza mediante las aportaciones económicas que se determinen legalmente.

5.º La persona usuaria del servicio deberá incorporarse al centro en el plazo de quince días a partir de la notificación del correspondiente llamamiento.

6.º Aportar el día de su ingreso en el centro, sus enseres de carácter personal que deberán estar debidamente identificados según se determine en el centro residencial, al objeto de asegurar su uso exclusivo.

7.º La persona usuaria, o su representante legal, deberá aportar aquella documentación que le sea requerida por parte del centro y sea exigible de acuerdo con la normativa que resulte de aplicación.

8.º Los objetos personales y bienes muebles que la persona usuaria lleve consigo en el momento del ingreso deberán ser inventariados, cumplimentando a tal efecto la declaración adjunta a este contrato. El centro sólo se hará responsable de aquellas pertenencias que hayan sido previamente inventariadas y depositadas en lugar destinado al efecto bajo la responsabilidad del centro. Dichas pertenencias podrán ser retiradas en cualquier momento por la persona usuaria mediante expedición del correspondiente recibo expedido por el centro, así como en el momento de la extinción del contrato.

9.º En caso de fallecimiento de la persona usuaria, sus pertenencias personales y otros bienes muebles de inferior valor, deberán ser retirados, en el plazo de una semana, por la persona que se concrete a los citados efectos en el documento contractual.

10.º El familiar, la persona de referencia que conste en este documento contractual y/o aquel que represente a la persona usuaria, deberá mantener el máximo contacto con la persona usuaria, a través de las visitas, llamadas telefónicas, encuentros en el ámbito familiar, acompañándole en visitas médicas, y especialmente en los ingresos hospitalarios que se pudieran producir.

11.º El familiar, la persona de referencia que conste en este documento contractual y/o aquel que represente a la persona usuaria, comunicará cualquier cambio de domicilio y pondrá a disposición del centro al menos un número para ser localizado en caso necesario.

Cuarta. El centro residencial tendrá derecho a:

1.º Organizar los servicios y horarios de la forma que crea más conveniente para la correcta prestación de los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de Régimen Interior y la normativa vigente de aplicación.

2.º A requerir a los familiares, a la persona de referencia que conste en el documento contractual y/o aquella que lo represente, a la colaboración en aquellas actividades o gestiones que no puedan realizar las personas usuarias por sí mismas y no sean de competencia expresa del centro. También podrá solicitársele su participación en los diferentes eventos organizados por el centro.

3.º A adoptar las medidas oportunas en caso de producirse una situación de urgencia, comunicándolo a los familiares, persona de referencia y/o representante legal a la mayor brevedad posible.

Quinta. La persona usuaria tendrá derecho a:

1.º La reserva de su plaza durante las ausencias por enfermedad o atención en centro Hospitalario, respetando el límite de cuarenta y cinco días anuales, salvo informe médico que justifique una estancia superior.

2.º En caso de que la persona usuaria, con motivo de circunstancias familiares u otras causas debidamente justificadas, deba ausentarse temporalmente del centro, lo comunicará con la mayor antelación posible a la Dirección del mismo.

3º. Recibir visitas todos los días en las zonas destinadas a tal efecto y en las horas establecidas. Se podrá acceder a las habitaciones, previa autorización de la dirección del centro o persona en quien delegue esta función, si bien habrá que salvaguardar la intimidad de las personas usuarias con las que el usuario comparta la habitación, así como el normal desarrollo del funcionamiento del centro residencial.

4.º Las personas usuarias podrán salir del centro, solas o acompañadas, siempre que sus condiciones físicas o psíquicas lo permitan. En caso contrario, mediante comunicación expresa al centro, podrán los familiares, persona de referencia o representante legal acompañarlos en sus salidas, siendo los mismos responsables, en su caso, de los daños y perjuicios por accidente o percance sufridos por la persona usuaria fuera del centro.

Las personas usuarias que salgan del centro deberán notificarlo al mismo, donde quedará constancia de la salida por escrito.

5.º Las personas usuarias podrán tener acceso a las comunicaciones de que disponga el centro, que se ubicarán en un lugar que permita la intimidad de las mismas. Asimismo, dispondrán, si fuera necesario, de ayuda de carácter personal para hacer efectivas las mismas. El coste de las llamadas será a cargo de la persona usuaria.

Sexta. En caso de fallecimiento de la persona usuaria el centro facilitará el servicio, propio o contratado, de velatorio, corriendo a cargo de la familia o representante legal, los trámites y gastos de traslado y entierro. Igualmente la familia o representante legal, se hará cargo del pago de los gastos o facturas pendientes en el momento del fallecimiento de la persona usuaria.

Cuando corresponda, asumirá el centro la realización de los trámites y/o gastos correspondientes en el caso de personas usuarias sin familia.

Séptima. En el supuesto de que la persona usuaria firme el contrato mediante estampación de huella dactilar, ésta deberá ser diligenciada mediante la firma de dos testigos que deberán ser personal trabajador del centro.

Octava. El presente contrato quedará extinguido por concurrencia de alguna de las siguientes causas:

a) Por fallecimiento de la persona usuaria.

b) Por voluntad unilateral de la persona usuaria, su tutor/a o representante legal.

c) Por traslado o permuta.

Cualquiera de estas circunstancias se pondrá en conocimiento de la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, a la mayor brevedad posible y, en todo caso, en los cinco días siguientes en los que se hubiesen producido.

Novena. Para todo lo no recogido en este documento contractual se estará a lo dispuesto en el Reglamento de Régimen Interior del centro.

Décima. Las partes se someten expresamente al fuero de los Juzgados y Tribunales del lugar donde esté ubicado el centro residencial, con renuncia de cualquier otro que pudiera corresponderle.

Y para que así conste, firman el presente en el lugar y fecha arriba indicado.

Persona usuaria. Fdo.; Representante (en su caso). Fdo.; Persona de referencia. Fdo.; Director/a del centro. Fdo.:

Protección de datos En cumplimiento de los dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social le informa que los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de este documento/impreso/formulario y demás que se adjuntan van a ser incorporados, para su tratamiento, en un fichero automatizado. Asimismo, se le informa que la recogida y tratamiento de dichos datos tienen como finalidad la liquidación de estancia. De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo un escrito a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, sita en Avda. de Hytasa núm. 14. 41071-Sevilla.

ANEXO II

Solicitud de domiciliación bancaria

Autorizo a la Dirección del centro para que realice el cargo correspondiente como aportación para la financiación de mi estancia en el mismo, en mi cuenta corriente/libreta de ahorro número.......................

, que mantengo en la entidad.............................................................., sita en la calle................

..................................., núm. ..............................., de ...............................

., código postal núm. .....

En..........

.........................., a ..................... de ...................................... de ............................

Persona usuaria Representante Persona de Referencia

(en su caso)

Fdo:

Fdo:

. Fdo:

ANEXO III

Declaración de pertenencias con las que ingresa la persona usuaria

a) Datos de la persona usuaria y del centro

Nombre y apellidos de la persona usuaria:

DNI:

Nombre y apellidos del representante legal (en su caso):

DNI:

Nombre y apellidos de la persona de referencia:

DNI:

Denominación del centro:

Domicilio:

2. Declaración sobre inventario de pertenencias.

Declara bajo su responsabilidad que las pertenencias de uso personal con las que ingresa en el centro residencial son las que a continuación se relacionan:

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 86)

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 86)

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 86)

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 86)

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 86)

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 86)

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 86)

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 86)

3. Declaración sobre destino de las pertenencias en caso de fallecimiento.

Declara bajo su responsabilidad que desea que todos los efectos personales (enseres, ropa, dinero en efectivo, joyas, etc.) que pertenezcan a quien comparece, y estuviesen en el interior del centro residencial, sean entregados a don/doña .................................................................................................................................................................................. con DNI: ............................................................, todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 806 y siguientes del Código Civil.

4. Lugar, fecha y firma.

En

a

. de

.. de

Persona usuaria Representante Persona de Referencia Vº Bº Director/a

(en su caso) centro

Fdo: Fdo: Fdo: Fdo:

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