Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 16/01/2008

3. Otras disposiciones

Universidades.

Resolución de 14 de diciembre de 2007, de la Universidad de Jaén, por la que se modifica la de 4 de junio de 2007, por la que se aprueba la delegación de funciones en los distintos Vicerrectores y en el Gerente de esta Universidad.

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La Resolución de 4 de junio de 2007, publicada en el BOJA número 122 de 21 de junio, aprobó una delegación de funciones del Rector de la Universidad de Jaén en los distintos Vicerrectores y en el Gerente de dicha Universidad. Esta se dictó con objeto de alcanzar una mayor eficacia en la gestión de los órganos universitarios, al tiempo de evitar una sobrecarga y acumulación de funciones en la persona del Rector, sin merma todo ello de las garantías jurídicas de los particulares.

En una de sus cláusulas establece un importe máximo para la delegación de determinadas competencias en el Gerente, el cual es coincidente con la cantidad establecida en las normas generales de ejecución presupuestaria de esta Universidad. Teniendo en cuenta que dichas normas son aprobadas anualmente, junto con el documento presupuestario, por el Consejo Social, tal y como establece el artículo 33 f) de los Estatutos de esta Institución, parece procedente que sean dichas normas de ejecución presupuestaria la que señalen el importe concreto citado sin tener que acudir a modificar, anualmente, la Resolución de delegación de funciones.

Por todo lo expuesto, en virtud de lo preceptuado en los artículos 53, 54 y 61 del citado texto legal, resuelvo:

Que se modifique la cláusula undécima de la Resolución arriba expuesta en el sentido que a continuación se detalla.

"Undécima. Se delegan en el/la Gerente las funciones que el Ordenamiento Jurídico atribuye al Rector en materia de contratación administrativa y, especialmente, la adjudicación, modificación, interpretación y resolución de los contratos que celebre la Universidad de Jaén. Asimismo, se delegan en el/la Gerente las facultades relativas a la aprobación de los expedientes de gastos y autorizaciones de pago, firmando los documentos necesarios públicos o privados, con relación a cualquier persona o entidad pública o privada, y la firma de documentos de giro y tráfico propios de la Universidad de Jaén. Todo lo anterior hasta el importe máximo establecido anualmente en las normas generales de ejecución presupuestaria de esta Institución. En materia de Personal de Administración y Servicios se delegan las competencias para nombrar a los funcionarios y suscribir los contratos del PAS que haya de prestar servicios en la Universidad, así como resolver las cuestiones relativas a las situaciones administrativas para los funcionarios de Administración y Servicios de la Universidad, con la excepción de la separación del servicio, que será acordada por el órgano competente según la legislación de funcionarios. Igualmente se delega la competencia para el ejercicio de la jefatura superior del PAS que preste servicios en la Universidad."

Jaén, 14 de diciembre de 2007.- El Rector, Manuel Parras Rosa.

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