Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 113 de 09/06/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 12 de mayo de 2008, por la que se concede la autorización para su apertura y funcionamiento al Centro docente privado extranjero «St. George´s British School of Roquetas de Mar», de Roquetas de Mar (Almería), autorizado conforme al Sistema Educativo Británico, para alumnado español y extranjero.

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Rafael Valverde de Diego como representante de la entidad British Education System, S.L., titular del centro docente privado extranjero «St. George’s British School of Roquetas de Mar», sito en Roquetas de Mar (Almería), C/ Alemania, s/n, solicitando la autorización de apertura y funcionamiento del mismo para impartir enseñanzas del Sistema Educativo Británico, desde Nursery (Educación Infantil) hasta Year 7 (Educación Primaria), con una capacidad de 200 puestos escolares, acogiéndose a lo dispuesto en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de centros docentes extranjeros en España.

Considerando que en el expediente han recaído informes favorables del British Council en España y del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Almería.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Vistas: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; y el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE de 23 de junio), sobre régimen de centros docentes extranjeros en España.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Conceder la autorización de apertura y funcionamiento, de acuerdo con el artículo 13 del Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, para las enseñanzas desde Nursery (Educación Infantil) hasta Year 7 (Educación Primaria), del Sistema Educativo Británico para alumnado español y extranjero, al centro docente privado extranjero «St. George’s British School of Roquetas de Mar», de Roquetas de Mar (Almería) y, como consecuencia de ello, establecer la configuración siguiente:

Denominación genérica: Centro docente privado extranjero.

Denominación Específica: «St. George’s British School of Roquetas de Mar».

Código del centro: 04009216.

Titular: British Education System, S.L.

Domicilio: C/ Alemania, s/n.

Localidad: Roquetas de Mar.

Municipio: Roquetas de Mar.

Provincia: Almería.

Enseñanzas a impartir: Desde Nursery (Educación Infantil) hasta Year 7 (Educación Primaria).

Puestos escolares autorizados: 200.

Segundo. El Centro docente privado extranjero «St. George’s British School of Roquetas de Mar», de Roquetas de Mar (Almería), deberá complementar las enseñanzas autorizadas con enseñanzas de Lengua y Cultura españolas.

Tercero. La enseñanza de Lengua española deberá impartirse con el mismo diseño y horario establecidos en los Decretos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por los que se establecen las enseñanzas correspondientes a Educación Infantil y a Educación Primaria.

Asimismo, la Cultura española deberá desarrollar los contenidos esenciales de las áreas de Conocimiento del entorno y de Conocimiento del medio natural, social y cultural, respectivamente, recogidos en los Decretos anteriormente citados.

Cuarto. La presente autorización, a propuesta del British Council, tendrá autorización temporal con validez hasta el 31 de junio de 2008.

Quinto. La presente modificación se inscribirá en el Registro de Centros Docentes, regulado por el Decreto 151/1997, de 27 de mayo.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Sevilla, 12 de mayo de 2008

Teresa Jiménez Vílchez

Consejera de Educación

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