Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 10/06/2008

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Ayuntamientos

Resolución de 6 de mayo de 2008, del Ayuntamiento de San Fernando, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo, P. Abreviado 140/2008, interpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Cádiz, y se emplaza a los interesados en el mismo. (PP. 2389/2008).

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Ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Cádiz, se ha interpuesto por don Francisco Javier Carracedo Díez en representación del Sindicato de Policía Local Independiente de San Fernando, recurso que se sigue en Procedimiento Abreviado 140/2008, contra la Resolución de fecha 31.1.2007, de la Alcaldía Presidencia por la que se aprueban las bases que regirán los procedimientos selectivos para el personal Funcionario de Carrera, relativos a la Oferta de Empleo Público del año dos mil siete.

En cumplimiento de lo requerido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo y a tenor de lo dispuesto en el articulo 48 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,

HE RESUELTO

Primero. Remitir el expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo núm. 140/2008, interpuesto por don Francisco Javier Carracedo Díez en representación del Sindicato de Policía Local Independiente de San Fernando, contra la Resolución de fecha 31.1.2007, de la Alcaldía Presidencia por la que se aprueban las bases que regirán los procedimientos selectivos para el personal Funcionario de Carrera, relativos a la Oferta de Empleo Público del año dos mil siete.

Segundo. Publicar la presente Resolución en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial, en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz (BOP) y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

Tercero. Emplazar a todos aquellos a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma para que comparezcan y se personen en autos ante el referido órgano jurisdiccional en el plazo de nueve días, mediante Abogado y Procurador, o sólo con Abogado con poder al efecto, haciéndoles saber que de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación alguna.

San Fernando, 6 de mayo de 2008.- La Secretaria 
General, María Dolores Larrán Oya.

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