Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 116 de 12/06/2008

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Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

NOTIFICACIÓN de 21 de mayo de 2008, de la Delegación Provincial de Huelva, de acuerdo de inicio de los procedimientos para la constitución de acogimiento familiar permanente, núm. 373-2008-00000113-2, expediente núm. 352-2005 -21000189-1.

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De conformidad con el art. 59.4. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pública, y del Procedimiento Administrativo Común y el art. 29 del Decreto 42/2002 de 12 de febrero de Desamparo, Tutela y Guarda Administrativa y habida cuenta de que no ha sido posible la notificación, al desconocerse el paradero de la madre doña Saida Lakriti, se publica este anuncio, por el que se notifica, Resolución de la Comisión Provincial de Medidas de Protección de fecha 21.5.08, adoptada en el expediente núm. 352-2005-21000189-1, procedimiento núm. 373-2008-00000113-2 , relativo a la menor, D.L., por el que se acuerda:

1. Mantener lo acordado en la Resolución de fecha 24 de enero de 2006, en lo relativo a la situación legal de desamparo de la menor: D.L., asi como la asunción de su tutela ex lege por esta Entidad Pública.

2. Cesar el acogimiento familiar simple del menor con sus abuelos.

3. Acordar su acogimiento familiar permanente en el seno de la familia seleccionada a tal fin, sus abuelos maternos, don Amor Lakriti y doña Naima Ben Dahhane.

4. Elevar en este acto dicha Resolución provisional a Resolución definitiva, habida cuenta la edad que ostenta el menor.

5. Proceder a recabar los preceptivos consentimientos de la familia acogedora y biológica en el plazo legal estipulado para ello, diez y quince días respectivamente a contar desde la recepción de la presente, para que una vez sean otorgados se proceda a su formalización, mediante la suscripción de las condiciones reguladoras de dicho acogimiento.

Contra la presente Resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Huelva por los trámites que establecen los arts. 779 y ss. de la LEC, sin que sea necesario formular Reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el art. 780 de la citada Ley Procesal.

Huelva, 21 de mayo de 2008.- La Presidenta de la Comisión Provincial de Medidas de Protección de Menores, Carmen Lloret Miserachs.

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