Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 117 de 13/06/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio.

Orden de 5 de junio de 2008, por la que se delega, transitoriamente, en la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en Málaga competencias en materia de Ordenación del Territorio, Urbanismo, Arquitectura y Vivienda.

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El Decreto del Presidente 10/2008, de 19 de abril, de las Vicepresidencias y sobre reestructuración de Consejerías, supuso la creación de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, a la que le corresponden las competencias que en materia de ordenación del territorio, urbanismo, arquitectura y vivienda venía ejerciendo, hasta ese momento, la Consejería de Obras Públicas y Transportes, estableciendo su disposición transitoria única que en tanto se aprobase la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, la Consejería de Obras Públicas y Transportes continuaría prestando los servicios administrativos necesarios para el funcionamiento de aquélla en las competencias que tenía atribuidas hasta el citado Decreto.

Consecuencia de ello, se dictó la Orden de 24 de abril de 2008, de esta Consejería, delegando transitoriamente en las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Transportes el ejercicio de cuantas competencias en materia de ordenación del territorio, urbanismo, arquitectura y vivienda venían siendo ejercidas por las mismas con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto 10/2008, de 19 de abril, y estableciendo que dicha delegación quedaría sin efecto desde el nombramiento de las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio.

Tras realizarse dichos nombramientos, se ha producido la vacante de la persona titular de la Delegación Provincial de esta Consejería en Málaga, lo que obliga, al no contar aún con la correspondiente relación de puestos de trabajo, a determinar el órgano que haya de ejercer, de forma transitoria, sus competencias para asegurar la continuidad y eficacia de la actuación administrativa, pareciendo oportuno delegar el ejercicio de las mismas en la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en Málaga, y ello con carácter transitorio, hasta tanto se proceda al nombramiento de la persona titular de la Delegación Provincial de esta Consejería en Málaga.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

DISPONGO

Artículo 1. Delegación de competencias.

Se delega en la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en Málaga el ejercicio de cuantas competencias y funciones le están atribuidas al titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio en Málaga por el artículo 2.2 del Decreto 239/2008, de 13 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de esta Consejería.

Artículo 2. Alcance temporal de la delegación.

La referida delegación quedará sin efecto desde el momento en que se produzca el nombramiento de la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio en Málaga.

Artículo 3. Constancia de la delegación.

En los actos o resoluciones que se adopten en el ejercicio de las competencias delegadas en la presente Orden deberá constar expresamente tal circunstancia.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 5 de junio de 2008

JUAN ESPADAS CEJAS

Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio

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