Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 12 de 17/01/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura.

Resolución de 21 de diciembre de 2007, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se deja sin efecto la de 1 de junio de 2007, por la que se incoaba el procedimiento para la declaración como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, el Palacio de Orleáns y su Jardín, en Villamanrique de la Condesa (Sevilla).

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I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artícu-

lo 37.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre Protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el ar-

tículo 149.1.28.ª de la Constitución.

En el marco estatutario anterior, el artículo 6.a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como organismos competentes para la ejecución de la Ley los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico.

Asimismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 5.3 del citado Reglamento, el titular de la Dirección General de Bienes Culturales el órgano competente para incoar y tramitar los procedimientos de declaración de Bien de Interés Cultural, así como para dejar sin efecto los mismos.

II. Por Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 7 de marzo de 2007 se desestimó el recurso de casación interpuesto por la Junta de Andalucía contra la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 21 de febrero de 2001 que resolvió declarar la caducidad del procedimiento por el que mediante Decreto 98/1998, de 12 de mayo, se declaró Bien de Interés Cultural el Palacio de Villamanrique de la Condesa de París y su jardín en el municipio de Villamanrique de la Condesa (Sevilla). En su virtud se procedió a incoar nuevo procedimiento de declaración de dicho bien por Resolución de esta Dirección General de 1 de junio de 2007 (BOJA núm. 129, de 2 de julio), planteando la propiedad del inmueble Incidente de ejecución de sentencia que se materializó en los autos del recurso contencioso-administrativo núm. 1681/98 de la Sección Primera, sede de Sevilla, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA.

Por todo lo cual, a la vista de la propuesta de allanamiento al citado incidente formulada por el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía y consultada la Secretaría General Técnica de esta Consejería de Cultura y el Servicio de Protección del Patrimonio Histórico y de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y en el artículo 5.3 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante Decreto 4/1993, de 26 de enero,

RESUELVO

Primero. Dejar sin efecto la Resolución de 1 de junio de 2007 (BOJA núm. 129, de 2 de julio) por la que se incoaba el procedimiento para la declaración de Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, a favor del Palacio de Orleáns y su Jardín, en Villamanrique de la Condesa (Sevilla), cuya identificación, descripción y delimitación literal y gráfica figuraban en el Anexo de la citada Resolución.

Segundo. Proceder a la cancelación de la anotación preventiva de este Bien incoado de Interés Cultural en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz y así comunicarlo al Ministerio de Cultura a los efectos legales oportunos.

Tercero. Comunicar la presente Resolución a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Cultura, a la Delegación Provincial de Cultura en Sevilla, al Ayuntamiento de Villamanrique de la Condesa y a todos los propietarios, titulares de derechos y simples poseedores de los bienes afectados por la Resolución de 1 de junio de 2007.

Cuarto. Ordenar que la presente Resolución se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 21 de diciembre de 2007.- El Director General, Jesús Romero Benítez.

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