Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 126 de 26/06/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 4 de junio de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Sevilla, dimanante de Juicio Verbal núm. 1185/2007. (PD. 2672/2008).

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NIG: 4109142C20070038027.

Procedimiento: Juicio Verbal 1185/2007. Negociado: 1B.

Sobre: Resolución de contrato y reclamación de cantidad.

De: Unión Financiera Asturiana E.F.C., S.A.

Procurador: Sr. Francisco Javier Macarro Sánchez del Corral.

Contra: Doña María Dolores Figueras Morales y Domingo Serrano Morales.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal 1185/2007, seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Nueve de Sevilla, a instancia de Unión Financiera Asturiana E.F.C., S.A. contra María Dolores Figueras Morales y Domingo Serrano Morales sobre resolución de contrato y reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 90/2008

Juez que la dicta: Don Manuel J. Hermosilla Sierra.

Lugar: Sevilla.

Fecha: Dieciocho de abril de dos mil ocho.

Parte demandante: Unión Financiera Asturiana E.F.C., S.A.

Abogado: Alfredo Prieto Valiente.

Procurador: Francisco Javier Macarro Sánchez del Corral.

Parte demandada: María Dolores Figueras Morales y Domingo Serrano Morales.

Abogado:

Procurador:

Objeto del juicio: Resolución de contrato y reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador Sr. Macarro Sánchez del Corral, en nombre y representación de Unión Financiera Asturiana E.F.C., S.A. contra María Dolores Figueras Morales y Domingo Serrano Morales, declaro resuelto el contrato de préstamo mercantil suscrito en Oviedo, el día 19 de febrero de 2004, por la actora, como financiadora, y por los demandados, como prestatarios, siendo el nominal de dicho préstamo 3.418,00 euros y condeno a los demandados a abonar a la actora la suma de dos mil doscientos quince euros con setenta y dos céntimos (2.215,72 euros), más los intereses pactados de dicha suma desde la fecha del emplazamiento (citación a juicio), todo ello con expresa condena en costas procesales a la parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 de la LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LEC).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados María Dolores Figueras Morales y Domingo Serrano Morales, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a cuatro de junio de dos mil ocho.- El/La Secretario.

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