Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 128 de 30/06/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 17 de junio de 2008, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Lucena, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 20/2008. (PD. 2693/2008).

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 20/2008. Negociado: TO.

De: Don Cristóbal Arjona Sánchez.

Procurador: Sr. don Francisco Javier Córdoba Aguilera.

Contra: Doña Francisca Espejo Gómez.

Procurador: Sr. don Pedro Ruiz de Castroviejo Aragón.

Contra: Herederos desconocidos de don Juan Manuel Pedrosa Vida (en rebeldía).

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el Procedimiento Ordinario núm. 20/2008 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Lucena, a instancia de Cristóbal Arjona Sánchez, contra Francisca Espejo Gómez y herederos desconocidos de don Juan Manuel Pedrosa Vida, ejercitando la acción declarativa de dominio, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

«SENTENCIA

En Lucena, a doce de junio de dos mil ocho.

Han sido vistos por doña Cristina Hurtado de Mendoza Navarro, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de Lucena, los autos de Juicio Ordinario seguidos en este Juzgado con el número 20/2008 a instancias de don Cristóbal Arjona Sánchez, representado por el procurador don Javier Córdoba Aguilera y con la asistencia letrada de don Ricardo Moreno Gómez, frente a doña Francisca Espejo Gómez y los herederos desconocidos de don Juan Manuel Pedrosa Vida, estando representada doña Francisca Espejo por el Procurador don Pedro Ruiz de Castroviejo y asistida del Letrado don José Ramón Flores Martínez.»

«FALLO

Se estima íntegramente la demanda interpuesta por don Cristóbal Arjona Sánchez, frente a doña Francisca Espejo Gómez y los herederos desconocidos de don Juan Manuel Pedrosa Vida con los siguientes pronunciamientos:

1. Se declara el dominio de don Cristóbal Arjona Sánchez, sobre la finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Lucena con el número 10.148, descrita en el antecedente de hecho primero de esta sentencia de la siguiente manera: “Urbana, Quince.- Plaza de aparcamiento, sita en sótano garaje, del edificio sito en la confluencia de las calles Damián Pérez y General Alamitos Chacón, de esta ciudad, marcado con el número veinticuatro de esta última calle, con acceso por medio de una rampa que arranca a nivel de la planta baja del edificio donde se abre la puerta de entrada a la calle Damián Pérez. Tiene una superficie de once metros cuadrados. Linda: al frente, pasillo de maniobra; derecha entrando, plaza número dieciséis; izquierda plaza número catorce; fondo, Calle General Alaminos. Cuota: Cero como cuarenta y nueve por ciento.” Aparece inscrita en el tomo 747, libro 664 de Lucena, folio 149, finca número 10.148.

2. Se ordena la inscripción del dominio declarado en la presente sentencia en el Registro de la Propiedad de Lucena a favor de don Cristóbal Arjona Sánchez y la cancelación de las inscripciones contradictorias.

3. No se hace expreso pronunciamiento en costas.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación que habrá de prepararse mediante escrito presentado dentro del plazo de cinco días contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución y en el que habrá de citarse la resolución que se apela y manifestarse la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y con el fin de que sirva de notifícación en forma a la parte demandada en rebeldía, herederos desconocidos de don Juan Manuel Pedrosa Vida, por hallarse en paradero desconocido, extiendo y firmo la presente en Lucena a diecisiete de junio de dos mil ocho.- La Secretaria Judicial, Olga Rodríguez Castillo.

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