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De conformidad con los arts. 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimientos Administrativo Común, y habida cuenta de que han sido intentadas las notificaciones sin que hayan surtido efecto, se notifican por medio de su anuncio haciendo saber a los interesados que, conforme al art. 44 del Decreto 282/2002, los padres biológicos del menor podrán comparecer en un plazo de quince días en este organismo, sito en C/ Ancha de Gracia, núm. 6, de Granada, desde la notificación de esta resolución, a fin de poder presentar las alegaciones y documentos que estimen convenientes y conocer el contenido íntegro del procedimiento.
Exptes.: 74, 75 y 76/08. Que con fecha 12 de junio de 2008, se ha dictado Resolución de Desamparo, Acuerdo de Inicio de Acogimiento Familiar Permanente y Acogimiento Temporal en Familia Extensa, respecto del/la/los menor/es: E.P. y A.G.G. nacidos el día 8.4.1993, 31.12.1995 y 6.4.1997, respectivamente, hijos de Antonio González Rodríguez y de Purificación Guzmán Costela, pudiendo formular reclamación ante el Juzgado de Primera Instancia-Familia de esta capital.
Granada, 17 de junio de 2008.- El Secretario General, Sergio García Megías.
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