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A los efectos previstos en el art. 5, punto 6, 2.º, de la Orden de 9 de noviembre de 2006, modificada por la Orden de 27 de noviembre de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de turismo –Modalidad 3 PPY–, esta Delegación Provincial hace público lo siguiente:
Primero. Que en el tablón de anuncios de esta Delegación Provincial, sita en Avda. de la Aurora, núm. 47, 9.ª planta, de Málaga, a partir del mismo día de la publicación de la presente notificación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se halla expuesto el contenido íntegro de esta notificación.
Segundo. Que de un examen preliminar de las solicitudes y documentación, y sujeto al resultado final derivado de una verificación detallada, se manifiesta que el proyecto de inversión planteado por los solicitantes incluidos en relación expuesta en el referido tablón de anuncios cumple las condiciones establecidas en la presente convocatoria para ser considerado Incentivable. Por consiguiente, a partir de esta declaración se podrán iniciar las inversiones sin necesidad de esperar a la Resolución final que se adopte sobre la solicitud una vez que se haya procedido a un estudio detallado de la memoria del proyecto y de cualquier otra documentación que figure en el expediente.
Tercero. La presente comunicación se emite exclusivamente a los efectos previstos en el punto 38 de las Directrices sobre Ayudas del Estado de Finalidad Regional para el período 2007-2013, DOUE C 54, de 4 de marzo de 2006, y en el artículo 5.1 de Reglamento de la Comisión CE, núm. 1628/2006, DOUE L 302, de 24 de octubre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas regionales a la inversión, que establecen que para toda solicitud de ayuda regional que haya comenzado los trabajos del proyecto con anterioridad a la presente confirmación, la totalidad del proyecto no podrá obtener ayuda regional y en relación, todo ello, con lo previsto en el artículo 5.6.c.2 de la Orden de 9 de noviembre de 2006, en su redacción dada por la Orden 27 de noviembre de 2007, ya citadas.
Cuarto. La presente notificación no prejuzga en absoluto el sentido de la Resolución final que se adopte sobre su solicitud una vez que se haya procedido a su estudio detallado, sino únicamente que inicialmente cumple las condiciones para poder concurrir con los restantes proyectos turísticos presentados a la convocatoria y que se encuentren en las mismas circunstancias.
Málaga, 16 de junio de 2008.- El Delegado, José Cosme Martín Jiménez.
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