Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 132 de 04/07/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Resolución de 19 de junio de 2008, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la inscripción, depósito y publicación de la Revisión Salarial de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la Empresa Damas, S.A. (Cód. 7100022).

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Visto el texto de la Revisión Salarial de la Comisión Negociadora del Convenio de la Empresa Damas, S.A. (Cód. 7100022), recibido en esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Social en fecha 3 de abril de 2008, suscrito por la representación de la empresa y la de los trabajadores con fecha 21 de junio de 2005, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias, y Decreto del Presidente 10/2008, de 19 de abril, de las Vicepresidencias y sobre reestructuración de Consejerías, Decreto del Presidente 13/2008, de 19 de abril, por el que se designan los Consejeros y Consejeras de la Junta de Andalucía, esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Social

RESUELVE

Primero. Ordenar la inscripción de la Revisión Salarial de la Comisión Negociadora del Convenio en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de ámbito interprovincial con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo. Remitir un ejemplar de la mencionada Revisión Salarial al Consejo Andaluz de Relaciones Laborales para su depósito.

Tercero. Disponer la publicación de dicha Revisión Salarial en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 19 de junio de 2008.- El Director General, Juan Márquez Contreras.

ACTA DE REVISIóN SALARIAL DE LA COMISIóN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO INTERPROVINCIAL DE LA EMPRESA DAMAS Y SUS TRABAJADORES

Por parte de la Empresa:

Don José María Rodríguez Flórez.

Don Pedro Santos Delgado.

Doña M.ª Dolores Camacho Santos.

Por parte del Personal:

Don Manuel Caraballo Martín.

Don Miguel Manuel Romero Martín.

Don Luis Carlos Jiménez Albéndiz.

Don José Capilla Anacleto.

Don Ricardo Montiel de la Rosa.

Don José María Rosa Pérez.

Don José Antonio González Peña.

Don Joaquín Martín Pérez.

Don José María Gómez Ruiz.

En la ciudad de Huelva, siendo las 10,30 horas del día 12 de marzo de 2008, se reúnen en la Sala de Juntas de las oficinas que Damas, S.A., posee, en la Avda. Doctor Rubio, s/n (Estación de Autobuses), la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Interprovincial de Damas, S.A., para proceder a revisar los conceptos económicos pactados en dicho Convenio. Concurren los representantes del personal como miembros de la Comisión Negociadora del Convenio en su momento, aunque algunos de ellos no son en la actualidad representantes legales de los trabajadores.

Verificado el número de asistentes se declara abierto el acto:

Los conceptos económicos pactados en 2007 se corrigen por desviación del IPC, siguiendo lo establecido en la cláusula de Revisión Salarial del Convenio Colectivo de Empresa, aprobándose la tabla que se adjunta a este acta como Tabla Salarial Año 2007 IPC Real.

En lo expuesto se ratifican y, en prueba de ello, lo firman por sextuplicado ejemplar en el lugar y fecha antes reseñados.

TABLA SALARIAL 2007 (IPC REAL + INCREMENTO 1% = 5,2%)
GRUPO I: PERSONAL SUPERIOR
Categoría Salario Base Pto. Trabajo
Ingenieros y licenciados 1.004,35 589,36
Jefe de personal 1.004,35 589,36
GRUPO II: PERSONAL ADMINISTRATIVO
Categoría Salario Base Pto. Trabajo
Jefe administrativo 664,74 399,32
Oficial 1.ª administrativo 606,22 343,36
Oficial 2.ª administrativo 580,92 235,46
Auxiliar/grabador/secretaria 572,98 201,05
GRUPO III: PERSONAL DE MOVIMIENTO
Categoría Salario Base Pto. Trabajo
Jefe Estación 607,33 307,08
Jefe Tráfico 609,83 261,61
Jefe Administración 607,33 268,06
Taquillero/Factor 574,43 226,81
Mozo 18,72 213,44
Mozo mitad jornada 9,36 106,74
Inspector 20,66 318,21
Conductor-perceptor 20,72 430,31
Conductor 20,16 274,02
Cobrador-Taquillero 19,15 215,22
GRUPO IV: PERSONAL DE TALLER
Categoría Salario Base Pto. Trabajo
Ofic. 1.ª almacén 606,22 343,54
Jefe taller 667,98 422,74
Jefe mantenimiento 667,98 422,74
Jefe equipo 20,77 414,00
Oficial 1.ª 20,31 279,94
Oficial 2.ª 19,56 243,10
Mozo-lavacoches-engrasador 18,72 213,44
GRUPO V: APARCAMIENTOS Y ESTACIONES
Categoría Salario Base Pto. Trabajo
Controlador 580,92 235,46
Telefonista-Información 584,55 201,86
OTROS CONCEPTOS ECONÓMICOS
Art. 10 D. Gratificaciones Extraordinarias: 558,36
Art. 10 E. Incentivos:
* Por los primeros 20 billetes expendidos 0,00
* De 21 a 40 billetes 0,08
* De 41 a 60 billetes 0,07
* De 61 a 70 billetes 0,05
* 0,03
Art. 10 F. Plus Transporte
* Personal de Peguerillas 2,85
* Conductor-Perceptor 1,32
* Resto del Personal 0,77
Art. 10 G. Plus Convenio: 71,25
Art. 11. Precio Horas de Presencia 5,75
Art. 13. Dietas:
* Todos los Servicios Regulares y Talleres 27,00
Almuerzo 9,46
Cena 9,46
Alojamiento y Desayuno 8,11
* Servicios discrecionales provinciales y comarcales 35,49
Almuerzo 12,42
Cena 12,42
Alojamiento y Desayuno 10,65
* Servicios discrecionales nacionales y paso a Portugal 39,59
Almuerzo 13,85
Cena 13,85
Alojamiento y Desayuno 11,89
* Sevicios discrecionales internacionales (excepto Portugal) 72,83
Almuerzo 25,49
Cena 25,49
Alojamiento y Desayuno 21,87
Art. 16. Precio Horas Festivas 9,67
Art. 18. Horario de comida: Compensación dineraria 7,45
Art. 20. Precio Horas Extraordinarias 8,49
Art. 25. Premio de Jubilación 22,52
Art. 26. Ayuda por matrimonio 58,74
Art. 27. Ayuda por natalidad 29,25
Art. 29. Ayuda por fallecimiento 2.233,57
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