Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 135 de 08/07/2008

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Universidades

Resolución de 26 de junio de 2008, de la Universidad de Huelva, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Auxiliar Administrativa por el sistema de concurso-oposición.

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En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley del Parlamento de Andalucía 4/1993, de 1 de julio, de creación de la Universidad de Huelva, el Decreto 299/2003, de 21 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Huelva, aprobados por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de 21 de octubre de 2003 (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 6 de noviembre de 2003), de lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, y de lo dispuesto en la Ley Orgánica 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; y con el fin de atender las necesidades de Personal de Administración y Servicios de la Escala Auxiliar Administrativa del Grupo de Clasificación Profesional C2.

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 75.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, modificada por Real Decreto Ley 9/2005, de 6 de junio y por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril y en atención a lo dispuesto en el artículo 34.o) de los Estatutos de la Universidad de Huelva, ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Auxiliares Administrativos de la Universidad de Huelva con sujeción a las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales

1.1. Número de plazas convocadas. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 17 plazas de funcionarios de la Escala Auxiliar Administrativa de esta Universidad, por el sistema general de acceso libre.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público, se reserva una plaza para ser cubierta entre personas cuya discapacidad sea de grado igual o superior al 33% y así lo indique en el apartado correspondiente de la solicitud. Si la plaza del cupo de reserva para personas con discapacidad no se cubre, se incorporará automáticamente al sistema general de acceso libre.

1.2. Disposiciones aplicables. A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por Ley 23/1988, de 28 de julio y por Ley 42/1994, de 30 de diciembre; el Real Decreto 364/95, de 10 de marzo; la Ley Orgánica 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, los Estatutos de la Universidad de Huelva y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3. El procedimiento de selección será el de concurso-oposición, que constará de las siguientes fases: fase de oposición y fase de concurso, con las pruebas, puntuaciones y méritos que se especifican en las bases de la presente Resolución.

1.4. El programa de materias que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo I de esta convocatoria.

1.5. Superarán el proceso selectivo aquellos aspirantes que, sumadas las puntuaciones de las fases de oposición y de concurso, hayan obtenido mayor puntuación, sin que su número pueda ser superior al de plazas convocadas.

1.6. Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado serán nombrados funcionarios de la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Huelva.

1.7. El primer ejercicio de la fase de oposición no se realizará antes del 15 de enero de 2009. La fecha, hora y lugar del mismo, se fijarán en la Resolución del Rectorado de la Universidad de Huelva que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» por la que se aprueben las listas de admitidos y excluidos.

1.8. Con antelación a la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de oposición, se hará pública la lista de los aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso, a la que se podrán formular las reclamaciones en el plazo de cinco días. Dichas listas deberán ponerse de manifiesto, en todo caso, en los tablones de anuncio del Rectorado y en «Noticias» de la página web de la Universidad http://www.uhu.es/personal_administración_servicios/.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Requisitos generales. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular los siguientes:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) Hallarse en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria, Técnico de Grado Medio de Formación Profesional, Técnico Auxiliar, Graduado Escolar o equivalente. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

e) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

2.2. Requisitos particulares para participantes turno de minusvalía. Dichos participantes deberán tener reconocido por los Organismos competentes al momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes un grado de discapacidad o minusvalía igual o superior al 33%. La no posesión de dicho reconocimiento en el mencionado plazo implicaría la imposibilidad de participar en el turno de minusvalía.

2.3. Todos los requisitos enumerados en los apartados anteriores deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión de la escala a la que se aspira.

3. Solicitudes.

3.1. Modelos de solicitud. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo que se acompaña como Anexo II a esta convocatoria y que será facilitado gratuitamente en el Registro General de la Universidad de Huelva (Rectorado, C/ Doctor Cantero Cuadrado, núm. 6, 21071 Huelva).

3.2. Recepción de solicitudes. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de esta Universidad, o en las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y se dirigirán al Excmo. y Mgfco. Sr. Rector de la Universidad de Huelva. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

A la solicitud se unirá fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar, deberán adjuntar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tenga dicho vínculo. Asimismo, deberán acreditar mediante declaración jurada o promesa debidamente traducida al castellano, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la Función Pública.

Los aspirantes que aleguen méritos para la fase de concurso y presten servicios en la Universidad de Huelva con nombramiento en vigor, quedan exentos de presentar acreditación de los extremos que constan en su expediente.

3.3. Vinculación a los datos. Los aspirantes quedan vinculados a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro del plazo de los diez días siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

3.4. Discapacidades y adaptaciones. Los aspirantes con discapacidad y grado reconocido por minusvalía igual o superior al 33% que deseen participar en las pruebas selectivas por el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el recuadro correspondiente de la solicitud y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en el que esta adaptación sea necesaria, utilizando para ello el apartado correspondiente de la solicitud.

3.5. Derechos de examen. Los derechos de examen serán de 24 euros, y se ingresarán en la oficina principal o en algunas de las sucursales de la entidad Cajasol, en la cuenta corriente número 2098-0068-17-0106383307, a nombre de la Universidad de Huelva indicando «proceso selectivo de ingreso en la Escala Auxiliar Administrativa». En la solicitud deberá figurar el sello de la entidad bancaria, acreditativo del pago de los derechos, y cuya falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

Quedan exentos del abono de la tasa de derecho de examen aquellos aspirantes que acrediten tener un grado de minusvalía igual o superior al 33%, conforme a lo dispuesto en el art. 15 del Decreto 93/2006, de 9 de mayo.

3.6. Subsanación de solicitudes. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Relación de admitidos y excluidos. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Huelva dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», y en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos se recogerá el lugar y fecha de celebración del primer ejercicio, así como la relación de los aspirantes excluidos, con mención expresa, en todo caso, de los apellidos, nombre, número de documento nacional de identidad y motivo de la causa de exclusión.

En dicha Resolución se indicará donde se encuentran expuestas al público las listas completas de admitidos y excluidos, en este último caso, con el motivo que la produce.

A efectos de computo del plazo establecido en esta base, se declara inhábil el periodo comprendido entre el 1 al 31 de agosto.

4.2. Plazo de subsanación. Los aspirantes excluidos o que no figuren en la relación de admitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o la omisión. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas. A estos efectos, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos sino, además, que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos. Transcurrido el plazo de subsanación de errores, la lista quedará elevada definitivamente, publicándose en el tablón de anuncios del Rectorado y en «Noticias» de la página web de la Universidad http://www.uhu.es/personal_administración_servicios/.

4.3. Contra la resolución que eleve a definitivas las listas de admitidos y excluidos podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, previa comunicación al Rectorado de la Universidad de Huelva, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

4.4. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de la tasa por derechos de examen cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.

5. Tribunal calificador.

5.1. Composición. Conforme a lo dispuesto al art. 167 de los Estatutos de la Universidad de Huelva y en base a los principios rectores a que alude el artículo 55 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público el Tribunal calificador de estas pruebas se publicará junto con las listas de admitidos y excluidos.

5.2. Abstención y recusación. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Huelva cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en dicho artículo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de dichas circunstancias.

5.3. Cambio de la composición. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante dictará Resolución, por la que se nombre, de entre los suplentes, a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2. La nueva composición se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», en los tablones de anuncio del Rectorado y en «Noticias» de la página web de la Universidad http://www.uhu.es/personal_administración_servicios/.

5.4. Constitución. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia obligada de Presidente y Secretario y de la mitad, al menos, de sus miembros. En la sesión constitutiva, que se celebrará con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo (concurso-oposición).

5.5. Sesiones. A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones el Tribunal para actuar válidamente requerirá la misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6. Actuaciones del Tribunal durante el proceso. El Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de esta norma, acordando las medidas necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.7. Asesores. El Tribunal podrá disponer de la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Huelva. Asimismo, el Tribunal podrá nombrar ayudantes para tareas internas de organización y vigilancia.

5.8. Información a los aspirantes. A efecto de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Huelva. El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.9. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas necesarias para que cada una de las partes de que consta el ejercicio de la Fase de oposición se realice de forma conjunta y coordinada. Asimismo, el Presidente adoptará las medidas oportunas para garantizar que cada una de las partes de que consta el ejercicio de la Fase de oposición, sean corregidas sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

5.10. Declaración de aprobados. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6.1. Sistema de selección. El sistema de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición.

6.2. Fase de oposición.

La fase de oposición, que se realizará de conformidad con lo dispuesto en la base 1.7 de la presente convocatoria, estará integrada por los dos ejercicios que a continuación se indican, siendo de carácter eliminatorio cada uno de ellos:

Primer ejercicio. De carácter teórico y escrito, consistirá en contestar un cuestionario-test sobre materias del programa que se publica como Anexo I. Constará de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas de las cuales solo una de ellas es correcta. Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán de 90 minutos como mínimo y será valorará de 0 a 10 puntos. El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la superación de este ejercicio.

No se podrán utilizar apuntes, libros o documento alguno para la realización del ejercicio. Las contestaciones erróneas se penalizarán de acuerdo con la aplicación de la fórmula siguiente:

 E 

N = A – d–1   x 10

n

N = Nota resultante.

A = Núm. de aciertos.

E = Núm. de errores.

d = Núm. de opciones para cada pregunta.

n = Núm. total de preguntas.

Segundo ejercicio. De carácter práctico o teórico-práctico y escrito. Consistirá en el desarrollo de una prueba práctica o teórico-práctica que versará sobre los conocimientos informáticos del candidato y las aplicaciones Access 2003, Excel 2003 y Word 2003 (Microsoft Office). Este ejercicio será calificado como «apto» o «no apto». La duración de este ejercicio será determinada por el Tribunal que a su vez queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la superación de esta prueba práctica. No se podrán utilizar apuntes, libros o documento alguno para la realización del ejercicio.

Todas las materias incluidas en el Anexo I han de entenderse referenciadas al régimen jurídico aplicable al momento de publicación de la presente convocatoria.

En la celebración de los ejercicios de oposición se establecerán para las personas con discapacidad que así lo hayan expresado en su solicitud de participación, las adaptaciones necesarias de tiempos y medios para su realización.

6.3. Fase de concurso.

Se valorarán exclusivamente los servicios prestados por los aspirantes como funcionarios interinos en la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Huelva o superior, en los Centros, Departamentos y Servicios que integran la Universidad. La valoración se realizará otorgando 0,04 puntos por mes completo de servicios prestados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, sin que esta puntuación pueda superar el treinta y cinco por ciento del total máximo que corresponda a la fase de oposición.

Los puntos de la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la oposición a efectos de establecer el orden definitivo de aspirantes aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar la fase de oposición.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición.

7. Desarrollo de los ejercicios.

7.1. Publicación de fechas. La fecha de celebración del primer ejercicio se realizará en la forma prevista en las bases 1.8 y 4.1 de la presente convocatoria.

7.2. Acreditación de la identidad. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad e identidad.

7.3. Llamamiento único. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

7.4. Orden de actuación. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra que corresponda, al día de la publicación de la presente convocatoria, atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Secretaría de Estado para la Administración Pública y de conformidad con lo establecido en la correspondiente Resolución.

7.5. Exclusión de participantes. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Huelva comunicándole asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

8. Relación de aprobados.

8.1. Una vez realizados los ejercicio de la Fase de oposición, el Tribunal hará pública en el Rectorado y en aquellos otros lugares que estime oportuno, la relación de aspirantes que hayan aprobado los mismos y, por consiguiente, la fase de oposición, ordenados por orden de puntuación y con indicación, en todo caso, del Documento Nacional de Identidad.

8.2. Igualmente, una vez finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública, en los lugares establecidos en la base anterior, la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes que superaron la fase de oposición, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de valoración.

Dicha relación será remitida al Rector de la Universidad de Huelva, para su conformidad, remitiéndose para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

8.3. La calificación final de las pruebas selectivas a efectos de declarar aprobados, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición más la fase de concurso. En caso de empate, éste se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición, en caso de persistir el empate, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.

8.4. La motivación de la relación de aspirantes aprobados, en cuanto al acto administrativo emanado de la discrecionalidad técnica e independencia del Tribunal y que pone fin al proceso selectivo, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.

8.5. El número de aprobados en las pruebas selectivas no podrá ser superior al de plazas convocadas.

9. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios de carrera.

9.1. Documentación a presentar. En el plazo de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente a aquél en que se hicieran públicas las listas de aprobados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, los opositores aprobados deberán presentar en la Unidad de Gestión del PAS del Servicio de Personal de Administración y Servicios, Retribuciones y Seguridad Social de la Universidad de Huelva, la documentación necesaria para proceder al nombramiento como funcionario de la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Huelva, entre ellos los siguientes:

a) Fotocopia debidamente compulsada del título de Graduado Escolar, o titulación equivalente.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes.

d) Fotocopia compulsada del DNI.

e) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con minusvalías, deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que acredite tal condición, e igualmente deberán `presentar certificado de la Administración sanitaria acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

9.2. Anulación de las actuaciones. Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud de participación en las pruebas.

9.3. Nombramientos. Concluido el proceso selectivo y, comprobados los requisitos de los apartados anteriores, los aspirantes que lo hubieran superado (cuyo número no podrá exceder en ningún caso al de plazas convocadas), serán nombrados funcionarios de carrera de la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Huelva. Cualquier resolución que contravenga lo anteriormente establecido, será nula de pleno derecho. Los nombramientos deberán publicarse en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

9.4. Destinos. A los aspirantes aprobados se les adjudicará como primer destino un puesto de trabajo que tenga adjudicado el nivel mínimo de la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Huelva.

9.5. Nombramientos. Por la autoridad convocante, vista la propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera, mediante Resolución que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», con indicación de los destinos adjudicados.

9.6. Toma de posesión. La toma de posesión de los aspirantes nombrados funcionarios de carrera deberá efectuarse en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

10. Normas finales.

10.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver dudas que se presenten en todo lo no previsto en estas bases, así como para la adopción de los acuerdos y medidas necesarias en aras a preservar el buen orden de las pruebas selectivas.

10.2. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados, en los casos y en las formas establecidas por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 14 de enero y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

10.3. Asimismo, la Universidad de Huelva podrá, en su caso, proceder a la revisión de la Resolución del Tribunal calificador de las pruebas conforme a lo establecido en la citada normativa.

Huelva, 26 de junio de 2008.- El Rector, Francisco José Martínez López.

ANEXO I

1. Organización del Estado, Administraciones Públicas y procedimiento administrativo

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Poder Judicial. Economía y Hacienda.

Tema 2. La constitución Española de 1978: El Tribunal Constitucional. La Reforma Constitucional. La Organización Territorial del Estado. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Estructura y contenido .Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de las fuentes. La Constitución. La Ley. Disposiciones normativas con fuerza de Ley. El Reglamento.

Tema 3. Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común: Ámbito de Aplicación y Principios Generales. Las Administraciones Públicas y sus Relaciones. Órganos de las Administraciones Públicas: Principios Generales y Competencias. Órganos Colegiados. Abstención y recusación. Los Interesados. La actividad de las Administraciones Públicas: Normas generales. Términos y plazos.

Tema 4. Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Las disposiciones y los actos administrativos: disposiciones administrativas. Requisitos. Eficacia. Nulidad y anulabilidad. Las disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos: Iniciación. Ordenación. Instrucción. Finalización. Ejecución.

Tema 5. Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: La revisión de los actos en vía administrativa: Revisión de oficio. Recursos administrativos. La potestad sancionadora. La responsabilidad de las administraciones públicas y sus autoridades y demás personal a su servicio.

Tema 6. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Objeto y ámbito de aplicación. El principio de Igualdad y la tutela contra la discriminación. El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades: Igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral. Igualdad y conciliación. El principio de igualdad en el empleo público: criterios de actuación de las administraciones públicas. El principio de presencia equilibrada. Medidas de igualdad en el empleo. La Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía: estructura y disposiciones generales.

Tema 7. Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

2. Organización y gestión universitaria

Tema 8. Ley Orgánica de Universidades. Estructura y contenido. Funciones y autonomía de las Universidades. Naturaleza, creación y reconocimiento de Universidades. Estructura de las Universidades. Gobierno y Representación de las Universidades. Coordinación Universitaria.

Tema 9. Ley Orgánica de Universidades. La evaluación y acreditación. Enseñanzas y títulos. La Investigación en la Universidad y la transferencia del conocimiento. Los estudiantes. El profesorado.

Tema 10. Ley Orgánica de Universidades. El personal de administración y servicios de las universidades públicas. El régimen económico y financiero de las Universidades. El espacio europeo de enseñanza superior.

Tema 11. Ley Andaluza de Universidades. Estructura y contenido. Disposiciones generales. La institución universitaria. La coordinación universitaria. La calidad universitaria. Régimen Económico y financiero de las universidades.

Tema 12. Los Estatutos de la Universidad de Huelva. Estructura y contenido. Concepto, naturaleza, fines, funciones, autonomía, capacidad, denominación, ámbito y normas reguladoras. Órganos generales de gobierno y representación de la Universidad. La docencia y la investigación en la Universidad.

Tema 13 Los Estatutos de la Universidad de Huelva. Las unidades básicas para la docencia y la investigación. Los miembros de la comunidad universitaria. La administración y los servicios universitarios. Régimen económico y financiero de la Universidad. La calidad universitaria. El defensor universitario. La reforma de los estatutos.

Tema 14. Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

Tema 15. Normas de matricula e ingreso en la Universidad de Huelva para el curso 2007/2008. Del Ingreso en los centros de la Universidad de Huelva. De la Matricula en los centros de la Universidad de Huelva. Normas para la ejecución del presupuesto de la Universidad de Huelva.

Tema 16. El Plan Estratégico de la Universidad de Huelva: misión, visión y ejes estratégicos. Objetivos estratégicos y Líneas estratégicas. Especial referencia a las acciones que afectan al PAS. Calidad Total. La calidad en los servicios de gestión de la Universidad de Huelva. Las Cartas de Servicios. Los Planes de Mejora. Planes de Calidad: Planificación, organización y evaluación/control. La Evaluación de Servicios Universitarios: Modelo EFQM de Excelencia versus Norma ISO 9001:2000. La gestión por competencias. Evaluación de competencias.

3. Recursos humanos

Tema 17. El Estatuto Básico del Empleado Público. Estructura y contenido. Objeto y ámbito de aplicación. Clases de personal al servicio de las administraciones públicas. Derechos y Deberes. Código de Conducta de los Empleados Públicos. Adquisición y pérdida de la relación de servicio.

Tema 18. El Estatuto Básico del Empleado Público. Ordenación de la actividad profesional. Situaciones administrativas y régimen disciplinario. Resolución de 21 de junio de 2007, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se publican las Instrucciones para la aplicación del EBEP. Instrucción 3/2007, de la Secretaría General para la Administración Pública sobre la aplicación del EBEP en el ámbito de la Administración General de la Junta de Andalucía.

Tema 19. La Ley 53/1984 de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Ámbito de aplicación. Actividades públicas. Actividades privadas. Actividades exceptuadas del régimen de incompatibilidades.

Tema 20. El VI Convenio Colectivo del personal laboral de las universidades andaluzas. El I Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador con contrato laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.

Tema 21. Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Tema 22. Real Decreto 365/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Tema 23. Acuerdos en materia de jornadas, vacaciones, permisos y licencias del personal de administración y servicios funcionario de las universidades públicas andaluzas. Procedimientos para la obtención de permisos por el PAS. Acuerdos sobre Medidas de Conciliación de la vida personal, familiar y laboral en las Universidades Andaluzas.

4. Informática y nuevas tecnologías

Tema 24. El microordenador. Generalidades. «Hardware» y «Software». Unidad Central de Procesos. Soportes de información. Unidades de entrada y salida de información. Registros y archivos. Sistema operativo Windows XP y Vista.

Tema 25. Microsoft-office 2003 (Access/Excel/Word). Internet y correo electrónico. Estructura y contenido de la web de la Universidad de Huelva. Accesibilidad. Web mail. Principales aplicaciones en servicios de gestión de la Universidad de Huelva: Recursos Humanos, Gestión Económica, Gestión Académica. Conceptos básicos y funcionalidades.

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