Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 145 de 22/07/2008

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Consejería de Justicia y Administración Pública

Resolución de 18 de julio de 2008, de la Dirección General de Función Pública, por la que se abre plazo para que los aspirantes que han superado la fase de oposición para ingreso en opciones del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio y en el Cuerpo de Gestión Administrativa, especialidad Gestión Financiera, presente el autobaremo de sus méritos y aporten la documentación acreditativa de los mismos.

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Publicados los listados de opositores que han superado el ejercicio de la fase de oposición, por las Comisiones de Selección de las pruebas selectivas por el sistema de acceso libre para ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, opciones Arquitectura Técnica (A2.2001), Ingeniería Técnica Agrícola (A2.2002), Ingeniería Técnica de Obras Públicas (A2.2003), Ingeniería Técnica Industrial (A2.2004), Ingeniería Técnica de Minas (A2.2005), Ingeniería Técnica Forestal (A2.2006), ATS/DUE (A2.2007), Pesca (A2.2008), Estadística (A2.2011), Ayudantes de Archivo (A2.2013), Ayudantes de Biblioteca (A2.2014), Ayudantes de Museos (A2.2015), Ayudantes de Patrimonio (A2.2016), y Turismo (A2.2017), y en el Cuerpo de Gestión Administrativa, especialidad Gestión Financiera (A2.1200), convocadas por Órdenes de esta Consejería de 31 de enero de 2008, procede dar cumplimiento a la base séptima de dichas Órdenes.

En su virtud esta Dirección General de Función Pública ha resuelto:

Primero. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición disponen de un plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para presentar el autobaremo de sus méritos y el/los separador/es de documentos en los modelos que figuran como Anexo de la presente, así como la documentación acreditativa de los méritos conforme al baremo establecido en el apartado 3 de la base tercera de las Órdenes de 31 de enero de 2008.

Segundo. Los méritos habrán de ir referidos al día de publicación en el BOJA de las Órdenes referidas en el punto anterior, debiendo consistir la documentación acreditativa de los mismos, en fotocopias debidamente compulsadas. Aquellos participantes que aleguen méritos que se encuentren inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía, quedarán exentos de la justificación documental de estos, pero tendrán que presentar, debidamente cumplimentado, tanto el Anexo de autobaremo como el/los separador/es de documentos que se publican como Anexos de la presente Resolución.

Aquellos participantes que aleguen méritos cuya acreditación documental haya sido aportada en algún proceso selectivo para ingreso en Cuerpos de la Administración General de la Junta de Andalucía, a partir de la Oferta de Empleo Público de 2006, quedarán exentos de la justificación documental de los mismos pero tendrán que presentar, debidamente cumplimentado, tanto el Anexo de autobaremo como el/los separador/es de documento/s incluyendo en el apartado R.D.T. del/los separador/es la Referencia del Documento Telemático obtenido a través de la Web del Empleado Público.

La documentación acreditativa de los méritos deberá ir grapada, ordenada y numerada según el orden en que se citen en el/los separador/es de documento/s.

Tercero. A los efectos de la presentación de los méritos, los aspirantes habrán de cumplimentar los siguientes documentos:

Anexo de autobaremo.

Separador/es de documentos asociado a cada uno de los méritos, que deben preceder a la documentación acreditativa de los mismos.

Cuarto. Los méritos a valorar por la Comisión de Selección a efectos de determinar la puntuación en la fase de concurso, serán los alegados, acreditados documentalmente y autobaremados por los aspirantes durante el plazo establecido en la presente Resolución.

A tales efectos:

Se entenderán autobaremados aquellos méritos debidamente puntuados en el Anexo de autobaremo.

Sólo se entenderán alegados aquellos méritos asociados al correspondiente apartado del baremo en el/los separador/es de documento/s.

Se entenderán acreditados aquellos méritos justificados con un documento aportado que aparezca debidamente numerado y relacionado en el/los separador/es de documento/s, salvo en los casos reseñados en el apartado segundo de la presente Resolución.

En la Web del Empleado Público www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica/empleadopublico, aparecerán ejemplos para facilitar la presentación del autobaremo y se podrá acceder tanto al Anexo de autobaremo, como al/los separador/es de documento/s para su cumplimentación.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 18 de julio de 2008.- El Director General, Manuel de la Plata Rodríguez.

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