Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 151 de 30/07/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Corrección de errores del Decreto 16/2008, de 29 de enero, por el que se aprueba la modificación del Estatuto de la Universidad de Sevilla, aprobado por Decreto 324/2003, de 25 de noviembre (BOJA núm. 22, de 31.1.2008).

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Advertidos errores en el Decreto 16/2008, de 29 de enero, por el que se aprueba la modificación del Estatuto de la Universidad de Sevilla, aprobado por Decreto 324/2003, de 25 de noviembre (BOJA núm. 22, de 31 de enero de 2008), se procede mediante la presente corrección a las subsanaciones oportunas.

1. En el artículo único, apartado tres, del Decreto 16/2008, página 39.

Donde dice: «Los apartados a) y j) del artículo 11 quedan redactados en los siguientes términos:».

Debe decir: «Se introduce un apartado a) en el artículo 11, pasando los apartados a) hasta o) a ser, respectivamente, los apartados b) hasta p), y se da nueva redacción al apartado k), anteriormente j), en los siguientes términos:».

2. En el artículo único, apartado tres, del Decreto 16/2008, página 39.

Donde dice: «j) Aprobar el informe anual de gobierno una vez finalizado cada curso académico, en los términos que establezca su reglamento de funcionamiento. (...).»

Debe decir: «k) Aprobar el informe anual de gobierno una vez finalizado cada curso académico, en los términos que establezca su reglamento de funcionamiento.»

3. En el artículo único, apartado siete, del Decreto 16/2008, página 40.

Donde dice: «Conferencia de Decanos y Directores de Escuela: composición y competencias».

Debe decir: «La Conferencia de Decanos y Directores de Escuela: composición y competencias».

4. En el artículo único, apartado once, del Decreto 16/2008, página 40.

Donde dice: «Los apartados 4 y 8 del artículo 19 quedan sin contenido y los apartados 1, 2 y 6 del citado precepto quedan redactados de la forma siguiente:».

Debe decir: «Los apartados 3 y 4 del artículo 19 quedan sin contenido, pasando los apartados 5, 6, 7 y 8 a ser, respectivamente, los apartados 3, 4, 5 y 6. Asimismo, los apartados 1, 2 y 6 del citado precepto, anteriormente apartados 1, 2 y 8, quedan redactados de la forma siguiente:».

5. En el artículo único, apartado dieciséis, del Decreto 16/2008, página 41.

Donde dice: «El artículo 29 queda redactado del siguiente modo:».

Debe decir: «El título del artículo 29 queda redactado del siguiente modo: “Decanos de Facultad y Directores de Escuela”. Asimismo se suprime el apartado 5 del citado precepto, pasando el apartado 6 a ser 5 y sus apartados del 1 al 4 quedan redactados del siguiente modo:».

6. En el artículo único, apartado veintidós, del Decreto 16/2008, página 41.

Donde dice: «El artículo 45 queda redactado del siguiente modo:».

Debe decir: «El título del artículo 45 queda redactado del siguiente modo: “Colegios Mayores y Residencias Universitarias”. El artículo 45 queda redactado del siguiente modo:».

7. En el artículo único, apartado veintisiete, del Decreto 16/2008, página 42.

Donde dice: «Se modifican los párrafos a), d), e) y f) del apartado 2 del artículo 64, quedando redactados dichos apartados de la siguiente forma:».

Debe decir: «Se modifican los párrafos a), d) y e) del apartado 2 del artículo 64, y se añade un nuevo apartado f), pasando los actuales apartados f), g) y h) a ser, respectivamente, los apartados g), h) e i). Los párrafos a), d), e) y nuevo f) quedan redactados de la siguiente forma:».

8. En el artículo único, apartado treinta y uno, del Decreto 16/2008, página 43.

Donde dice: «2. (...)».

Debe decir: «2. En los concursos de acceso a plazas de catedrático de universidad, la comisión estará integrada por cinco catedráticos de universidad».

9. En el artículo único, apartado treinta y uno, del Decreto 16/2008, página 43.

Donde dice: «(…) y el correspondiente concierto. (…)».

Debe decir: «(…) y el correspondiente concierto».

10. En el artículo único, apartado treinta y tres, del Decreto 16/2008, página 43.

Donde dice: «4. Los candidatos habrán de presentar un programa de, al menos, una de las asignaturas incluidas en el perfil de la plaza y un breve proyecto en el que formulen sus planteamientos docentes e investigadores».

Debe decir: «4. Los candidatos habrán de presentar un programa de, al menos, una de las asignaturas troncales u obligatorias incluidas en el perfil de la plaza y un breve proyecto en el que formulen sus planteamientos docentes e investigadores».

11. En el artículo único, apartado treinta y ocho, del Decreto 16/2008, página 44.

Donde dice: «z) A una atención que facilite compaginar los estudios con la actividad laboral.»

Debe decir: «x) A una atención que facilite compaginar los estudios con la actividad laboral».

12. En el artículo único, apartado treinta y nueve, del Decreto 16/2008, página 44.

Donde dice: «El apartado 2 del artículo 145 pasa a ser el 3 y se introduce un nuevo apartado 2, en dicho precepto, quedando redactados del siguiente modo:».

Debe decir: «Los apartados 3 a 6 del artículo 145 pasan a ser los apartados 4 a 7. Asimismo, el apartado 2 del artículo 145 pasa a ser el 3 y se introduce un nuevo apartado 2, en dicho precepto, quedando redactados del siguiente modo:».

13. En el artículo único, apartado cuarenta y uno, del Decreto 16/2008, página 44.

Donde dice: «Se añade una nueva Disposición Adicional novena con la siguiente redacción:».

Debe decir: «Se añade una nueva Disposición Transitoria novena con la siguiente redacción:».

14. En el artículo único, apartado cuarenta y dos, del Decreto 16/2008, página 44.

Donde dice: «Se añade una nueva Disposición Adicional décima con la siguiente redacción:».

Debe decir: «Se añade una nueva Disposición Transitoria décima con la siguiente redacción:».

Sevilla, 27 de mayo de 2008

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