Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 153 de 01/08/2008

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 22 de julio de 2008, por la que se deroga la de 4 de abril de 2005, por la que se establecen normas para la asignación de cantidades de bromuro de metilo autorizadas para su uso crítico en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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PREÁMBULO

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 3.2.i.d) y 4.2.i.d) del Reglamento (CE) 2037/2000 del Consejo, de 29 de junio de 2000, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono, se prohíbe la producción e importación de bromuro de metilo para todos los usos a partir del 31 de diciembre de 2004, excepto para casos de cuarentena y preembarque, así como para usos críticos o de laboratorio, que serán establecidos, anualmente, mediante Decisión de la Comisión.

Con fecha 19 de abril de 2008 se ha publicado la Decisión de la Comisión, de 25 de marzo de 2008, por la que se determinan las cantidades de bromuro de metilo que se podrán autorizar para usos críticos en la Comunidad desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2008, de conformidad con el referido Reglamento (CE) núm. 2037/2000 y que para el Reino de España concede, en su artículo 1, el uso crítico de bromuro de metilo exclusivamente para estolones de fresa (cultivados a gran altura), y para investigación los usos en flores de corte, fresa y pimiento, y por tanto, queda excluido el uso crítico de dicho producto en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La Orden de 4 de abril de 2005 establece normas para la asignación de cantidades de bromuro de metilo autorizadas para su uso crítico en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en su artículo 2 regula los usos y cantidades de dicho producto, cuya derogación se pretende con la presente Orden, al autorizar la Decisión de la Comisión de 25 de marzo de 2008, cantidades de bromuro de metilo para usos distintos a los que aquella se refiere.

DISPONGO

Artículo único. Derogación de la Orden de 4 de abril de 2005.

Se deroga la Orden de 4 de abril de 2005, por la que se establecen normas para la asignación de cantidades de bromuro de metilo autorizadas para su uso crítico en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 22 de julio de 2008

MARTÍN SOLER MÁRQUEZ

Consejero de Agricultura y Pesca

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