Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 154 de 04/08/2008

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Universidades

Resolución de 18 de julio de 2008, de la Universidad de Almería, por la que se convoca a concurso plazas de personal docente e investigador en régimen de contratación laboral, para el curso académico 2008/2009.

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Este Rectorado, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 20 de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma, así como en los artículos 40 y 51 de los Estatutos de la Universidad de Almería (aprobados por Decreto 343/2003, de 9 de diciembre), ha resuelto convocar a concurso público las plazas de personal docente e investigador que se citan en el Anexo I, mediante contrato laboral especial, con sujeción a las siguientes bases de la convocatoria:

1. Normas generales.

1.1. Dichos concursos se regirán por lo dispuesto en el Capítulo I del Título IX de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; en el Capítulo II del Título III de los Estatutos de la Universidad de Almería, el Real Decreto 898/1985, de 30 de abril, sobre Régimen del Profesorado Universitario, el Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en lo no previsto por la mencionada Ley Orgánica de Universidades, con exclusión del régimen de dedicación, que será según determine cada contrato laboral que se concierte y los preceptos relativos a la calificación administrativa de los contratos, así como de aquellos otros que se opongan o resulten incompatibles con las determinaciones de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, de Universidades, por los Acuerdos del Consejo de Gobierno aplicables, particularmente por los acuerdos adoptados por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Almería en sesión extraordinaria de fecha 10 de julio de 2007 en relación con la contratación de profesorado que se realice con posterioridad a 10 de julio de 2007 y demás normativa de general aplicación.

1.2. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso público, en virtud del cual las Comisiones valorarán muy especialmente la especificidad del currículum de los aspirantes en relación con la actividad docente y con el área de conocimiento a la que pertenece la plaza convocada.

1.3. Los candidatos propuestos para ocupar las plazas deberán respetar los horarios establecidos por los Centros y las actividades docentes asignadas por los Departamentos.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. El cumplimiento de los requisitos para concursar a cada una de las figuras de personal docente e investigador contratado laboral, relacionados en el apartado 2.2 siguiente, deberá estar referido siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el período de contratación del respectivo concurso.

2.2. Podrán participar en la presente convocatoria quienes teniendo plena capacidad de obrar, reúnan los requisitos específicos de cada figura:

a) Plazas de Profesor Asociado: Ser especialista de reconocida competencia y acreditar estar ejerciendo su actividad profesional fuera del ámbito académico universitario, y que mantengan el ejercicio de dicha actividad durante la totalidad de su período de contratación.

2.3. No podrá seleccionarse a aquellas personas que hayan sido inhabilitadas para el ejercicio de funciones públicas o ejerzan cargos o funciones declarados incompatibles con la docencia. Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normas de desarrollo, en materia de incompatibilidades.

3. Solicitudes.

3.1. Los interesados presentarán solicitud dirigida al Excmo. Sr. Rector de la Universidad de Almería preferentemente, en el Registro de la Universidad de Almería, sito en Carretera de Sacramento, s/n, la Cañada de San Urbano (04120-Almería), o por cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante instancia-currículum debidamente cumplimentada, según modelo oficial, que será facilitado en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de Almería y que estará disponible en la página web del Servicio de Gestión de Personal: http://www.ual.es/ (Epígrafe: Servicios Generales > Servicio de Gestión Personal).

3.2. El plazo de presentación de instancias será de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3.3. A dicha solicitud los interesados adjuntarán obligatoriamente la documentación que a continuación se detalla:

3.3.1. Por cada concurso en los que participe:

a) Fotocopia, en su caso, del título académico exigido, que de haberse obtenido en el extranjero, deberá haber sido homologado en España. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar que les ha sido concedido el reconocimiento del título exigido, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, de reconocimiento de los títulos de Enseñanza Superior de los Estados miembros de la Unión Europea (BOE núm. 280, de 22 de noviembre) y demás normas aplicables.

b) Certificación académica o fotocopia de la misma, en su caso, en la que consten las calificaciones obtenidas en la carrera universitaria.

c) Memoria relativa a los contenidos de la materia a impartir; en ella se incluirá, con carácter mínimo, un programa de teoría y prácticas, una exposición de la metodología que consideren adecuada para la impartición de la materia y una relación de fuentes bibliográficas. El aspirante podrá incluir una exposición sobre líneas de investigación en las que esté interesado. Esta memoria se entregará junto con el resto de la documentación; si bien habrá de presentarse en un formato independiente del resto.

d) Justificantes de cada uno de los méritos detallados en el currículum que deberán ser aportados íntegramente.

e) De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 de las Normas Administrativas del Presupuesto de la Universidad de Almería para el ejercicio 2005, resguardo de haber abonado la cantidad de 24,52 €, mediante ingreso o transferencia bancaria en la cuenta corriente 3058.0130.18.2731007006, abierta al efecto en Cajamar, con el título de «Universidad de Almería, Concursos y Oposiciones», especificando el nombre y apellidos, DNI, y número del concurso.

f) Una fotocopia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte.

3.3.2. Para las figuras a continuación indicadas, además:

a) Plazas de Profesor Asociado: Informe de vida laboral actualizado correspondiente a la actividad profesional remunerada que ejerza fuera del ámbito académico universitario.

3.4. Los interesados deberán presentar la instanciacurrículum oficial y la documentación indicada en la base anterior por cada concurso en el que desee participar. En ningún caso, el pago en el Banco supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el Rector.

3.5. Serán excluidos aquellos aspirantes que no presenten los documentos señalados en la base 3.3 de esta convocatoria, con la excepción de lo preceptuado en la base 3.3.2, apartado b.2, así como aquellos que presenten la solicitud fuera de plazo, o sin firmar. En ningún caso, será subsanable el no haber efectuado el pago de las tasas para poder participar.

4. Relación de admitidos y excluidos.

4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, mediante Resolución del Rector se hará pública la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación en este último caso de la causa de exclusión, en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de Almería, que servirá de notificación a los interesados, de acuerdo con el artículo 59.5.b) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.2. Los aspirantes excluidos u omitidos tendrán un plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la anterior lista, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión de la relación de admitidos y excluidos, entendiéndose decaído el derecho a la presentación de nueva documentación de no presentarse en dicho plazo. La presentación de nueva documentación fuera del plazo anteriormente establecido implicará su no consideración por parte de la Comisión. En ningún caso se podrá presentar documentación justificativa de méritos no alegados en la instancia.

4.3. Transcurrido el plazo citado se hará pública, por el procedimiento indicado anteriormente, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que servirá de notificación a los interesados, según el artículo 59.5.b) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.4. En el caso de que todos los aspirantes estuvieran admitidos en la relación provisional, ésta devendrá en definitiva, pudiendo interponerse contra la misma recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de dicha resolución, según dispone los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio); pudiendo ser recurrido potestativamente en reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.5. Aquellos que resulten excluidos en la relación definitiva podrán solicitar el reintegro de las tasas mediante instancia dirigida al Rector de la Universidad de Almería, en la que harán constar los datos de tipo bancario en donde se hará efectiva la transferencia.

5. Resolución del concurso.

5.1. Las Comisiones encargadas de examinar y valorar las instancias presentadas por los aspirantes admitidos a los concursos convocados por esta Resolución, serán las que se contemplan en la normativa de aplicación a dichos concursos, y que serán nombradas en cada caso por el Rector de acuerdo con lo establecido en el art. 112.2 de los Estatutos de la Universidad de Almería y publicadas en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Personal.

5.2. Las Comisiones, en el desarrollo de sus actuaciones, podrán concertar entrevistas personales con los aspirantes cuando así lo estimen oportuno.

5.3. Los Baremos aplicables serán los aprobados por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Almería, figurando como Anexo II de la presente convocatoria. Las Comisiones encargadas de examinar y valorar las instancias serán competentes para resolver cuantas dudas de interpretación o criterios resulten de aplicación al baremo.

5.4. Las Comisiones, en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes, remitirán un listado que contendrá la puntuación obtenida por los aspirantes en cada apartado del baremo así como la correspondiente propuesta de adjudicación, que podrá contener hasta un máximo de cinco aspirantes seleccionados por orden de prelación, y toda la documentación del expediente administrativo al Servicio de Gestión de Personal. Dicho listado será publicado en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de Almería, y servirá de notificación a los participantes en el concurso, de acuerdo con el artículo 59.5.b) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La indicación de la puntuación obtenida en cada punto del baremo se considera motivación suficiente, conforme al artículo 54.2 de la citada Ley.

5.5. Las Comisiones de valoración podrán resolver los respectivos concursos con la no provisión de plazas.

5.6. Contra la anterior propuesta de adjudicación se podrá presentar reclamación ante la Comisión juzgadora en el plazo de tres días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Personal. Dicha reclamación será resuelta por la Comisión en un plazo no superior a cinco días hábiles desde la interposición de la misma.

5.7. Contra la resolución de la reclamación anterior, podrá interponerse recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Personal, de conformidad con los arts. 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.8. Resueltas las posibles reclamaciones o transcurrido el plazo establecido al efecto sin que se hayan producido, se elevará la propuesta de adjudicación definitiva al Rector, que dictará Resolución aprobando, en su caso, dichas propuestas y adjudicando los contratos de las plazas en cuestión, adjudicación que se hará pública en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Personal. Dicha publicación tendrá el carácter de notificación a los adjudicatarios de las plazas, de acuerdo con el artículo 59.5.b) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las plazas así cubiertas deberán ser convocadas nuevamente de forma ordinaria, si subsisten necesidades docentes, en el siguiente curso académico, excepto en el caso de que los contratados acrediten los requisitos citados antes de la finalización de sus respectivos contratos.

5.10. Finalizado y firme el proceso del concurso, los candidatos podrán solicitar en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de Almería la devolución de la documentación aportada por los mismos. En todo caso, transcurrido un año desde que el proceso devino firme, sin que los interesados hayan solicitado la devolución de la documentación, se procederá a su destrucción, previa publicación de la relación de plazas a destruir en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de Almería, que servirá de notificación a los interesados, de acuerdo con el artículo 59.5.b) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6. Formalización de los contratos.

6.1. En el supuesto de que un concursante figure simultáneamente en primer lugar en orden de prelación en más de una propuesta de adjudicación, se procederá por parte del Servicio de Gestión de Personal a contactar con el referido candidato a efectos de que opte por una de dichas plazas, tramitando la correspondiente renuncia en los restantes concursos.

6.2. Los aspirantes propuestos para su contratación dispondrán de un plazo de cinco días hábiles contados a partir de la publicación de la Resolución citada en la base 5.8 anterior, para presentar la siguiente documentación en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad, así como formalizar el contrato conforme a las normas contenidas en esta convocatoria y las disposiciones que regulan la contratación del profesorado:

a) 2 Fotocopias del DNI.

b) 1 Fotocopia Compulsada del título académico.

c) Certificado Médico Oficial.

d) Cartilla de la Seguridad Social, en su caso.

e) Número de c/c o libreta de Banco o Caja de Ahorros.

f) 2 fotografías.

g) Una etiqueta fiscal.

6.3. En el supuesto de que en el plazo señalado los aspirantes propuestos para su contratación no presentaran la documentación citada en la base anterior o no formalizaran el contrato, se entenderá que renuncian a la firma del mismo.

6.4. Aquellas personas que obtengan alguna de las plazas objeto de convocatoria y estén desempeñando otra actividad pública o privada de las incluidas en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, deberán tramitar la correspondiente solicitud de compatibilidad en el acto de firma del contrato. La denegación de la misma por el órgano competente supondrá el cese automático en la plaza en la que hubiese sido contratado.

7. Duración de los contratos.

7.1. Los contratos serán suscritos para el curso académico 2008/2009, excepto cuando el Anexo I indique otro período concreto de contratación, pudiendo prorrogarse por cursos académicos de acuerdo con las necesidades docentes de esta Universidad y la legislación vigente.

8. Norma final.

8.1. la presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación de la Comisión de Valoración, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999.

8.2. Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones de la Comisión de Valoración, conforme a lo previsto en la mencionada Ley y en sus Estatutos.

8.3. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa en virtud de los artículos 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y 62 de los Estatutos de la Universidad de Almería, podrán los interesados interponer, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de este escrito, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio); o con carácter potestativo recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Almería, 18 de julio de 2008.- El Rector, Pedro Roque Molina García.

PLAZAS DE PROFESOR ASOCIADO

Código de la plaza: 11/08/AS.

Área de Conocimiento: Fisioterapia.

Departamento: Enfermería y Fisioterapia.

Actividad docente: Propias del Área.

Dedicación: Tiempo parcial (5 horas).

Dotación: 1.

Observaciones: Turno de docencia: Mañana y tarde.

Código de la plaza: 12/08/AS.

Área de Conocimiento: Economía Aplicada.

Departamento: Economía Aplicada.

Actividad docente: Propias del Área.

Dedicación: Tiempo parcial (3 horas).

Dotación: 1.

Observaciones: Turno de docencia: Mañana y tarde.

BAREMO PARA LA CONTRATACIóN DE PROFESORES ASOCIADOS LOU

(Aprobado por el Consejo de Gobierno en su sesión de fecha 31 de enero de 2003)

1. Formación Académica (máximo de 40 puntos).

1.1. Expediente Académico1.

Hasta un máximo de 20 puntos por la nota media del expediente académico obtenida de las asignaturas cursada:

Matrícula de honor: 4 puntos.

Sobresaliente: 3 puntos.

Notable: 2 puntos.

Aprobado: 1 punto.

Si está relacionado con el Área de Conocimiento por la que se convoca la plaza (x 5)2.

1.2. Grado de Doctor relacionado con el Área de Conocimiento por la que se convoca la plaza2.

Apto cum laude, por unanimidad/Sobresaliente cum laude: 20 puntos.

Apto cum Laude, por mayoría/Sobresaliente: 16 puntos.

Notable: 12 puntos.

Apto/Aprobado: 10 puntos.

1.3. En caso de no ser Doctor, Diploma de Estudios Avanzados o Certificado de la Suficiencia Investigadora: Máximo 4 puntos.

1.4. En caso de no poseer Diploma de Estudios Avanzados o Certificado de la Suficiencia Investigadora, por acreditar períodos de docencia de 3er. ciclo o tener cursados créditos de un programa de doctorado: Máximo 2 puntos.

2. Publicaciones en el Área de Conocimiento por el que se convoca la plaza (máximo de 24 puntos) suficientemente acreditados.

Por cada libro publicado3:

Con impacto internacional: 5 puntos.

Editorial con impacto nacional: 3 puntos.

Por cada capítulo de libro con impacto internacional: 2 puntos.

Por cada capítulo de libro con impacto nacional: 1 punto.

Por cada artículo publicado en revistas con impacto4.

Internacional: 2 puntos.

Nacional: 1 punto.

Por cada comunicación o resumen a Congresos (máximo hasta 5 puntos):

Internacional: 0,5 puntos.

Nacional: 0,25 puntos.

Por cada patente:

Internacional: 2 puntos.

Nacional: 1 punto.

Por cada conferencia plenaria en Congresos: 1,5 puntos.

3. Currículum profesional.

3.1. Por acreditar docencia universitaria reglada (máximo 4 años)5:

En el Área de Conocimiento por el que se convoca la plaza (4 puntos por año acreditado): Máximo 16 puntos.

En Áreas de Conocimiento relacionadas con el área por el que se convoca la plaza (2 puntos por año acreditado): Máximo 8 puntos.

En otras Áreas de Conocimiento (1 punto por año acreditado ): Máximo 4 puntos.

3.2. Becario FPDU o Becario de Investigación del Plan General del MEC, Junta de Andalucía, Plan Propio de la Universidad de Almería o beca homologada de la Universidad de Almería, en el Área de Conocimiento por el que se convoca la plaza (hasta 2 puntos por año): Máximo 6 puntos.

3.3. Por colaboración acreditada en el Área de Conocimiento, con Departamentos o con Grupos de Investigación de la Universidad de Almería (hasta 1 punto por año): Máximo 4 puntos.

3.4. Experiencia profesional relacionada con el perfil de la plaza convocada (hasta 2 puntos por año): Máximo 14 puntos.

3.5. Actividad investigadora en el Área de Conocimiento por el que se convoca la plaza y realizada en otros centros de investigación diferentes de la Universidad en la que desarrolle su actividad principal (hasta 0,20 puntos por mes): Máximo 2 puntos.

4. Proyecto Docente (Obligatorio): Hasta 8 puntos.

5. Posibilidad de defensa Oral del Proyecto Docente (en caso de quedar entre los 5 primeros): Hasta 5 puntos.

1. En aquellas plazas cuya docencia sea exclusivamente de Diplomatura, se computará indistintamente el expediente académico de Diplomatura y/o Licenciatura.

2. Son áreas relacionadas aquellas que están vinculadas a las materias troncales, según las Directrices propias de los Planes de Estudio que afectan al perfil de las plazas convocadas a concurso.

3. Para la valoración del «impacto» se tendrá especial consideración al carácter universitario de la publicación.

4. Con especial consideración a su sometimiento a procesos de revisión.

5. Se entiende por años, cursos académicos.

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