Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 157 de 07/08/2008

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Universidades

Resolución de 24 de julio de 2008, de la Universidad de Almería, por la que se convoca a concurso público un contrato laboral de investigación financiado con los fondos de contratos, grupos o proyectos.

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La Universidad de Almería convoca a concurso público un contrato laboral de investigación financiado con los fondos de contratos, grupos o proyectos.

Solicitantes: Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o extranjero residente en España en el momento de solicitar el contrato. El resto de requisitos se establecen en el Anexo I.

Salario bruto de la beca: Ver el Anexo I. En el importe indicado está incluido el prorrateo de pagas extraordinarias. A este importe se le adicionará la cuota patronal y los días por indemnización. En el caso de que el contrato se homologara tendrá derecho a la exención de las tasas académicas de los cursos de su programa de doctorado realizados en la Universidad de Almería, sólo para los dos primeros años de contrato y un máximo de 32 créditos.

Solicitudes: Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado cuyo modelo se encuentra en la Unidad Gestión de Investigación de la Universidad de Almería y se acompañarán de la siguiente documentación:

- Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residente del solicitante.

- Título o resguardo de haberlo solicitado y certificación académica oficial, en original o fotocopia compulsada, en la que figuren, de forma detallada, las calificaciones obtenidas, fechas de las mismas y constancia expresa de que las materias constituyen el programa completo de la titulación correspondiente.

- Currículum vitae. Se deberá acreditar que se posee la experiencia y/o el conocimiento requerido en el perfil de la beca. (No se valorará aquello que no esté debidamente acreditado.)

Las solicitudes dirigidas al Vicerrector de Investigación y Desarrollo Tecnológico podrán presentarse en el Registro General de la Universidad, o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Plazo de presentación de solicitudes: Diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOJA. Si el último día de presentación de solicitudes coincidiera con el sábado, el plazo se prorrogaría automáticamente al siguiente día hábil.

Criterios de selección: La resolución de la presente convocatoria la realizará la Comisión Evaluadora de Solicitudes que estará compuesta por:

- Vicerrector de Investigación, Desarrollo e Innovación o persona en quien delegue, que actuará como Presidente.

- El director del contrato.

- Dos miembros de la Comisión de Investigación a propuesta de ésta.

- La Jefa de la Unidad Gestión de Investigación, que actuará como Secretaria.

La Comisión seleccionará y valorará prioritariamente la preparación académica y experiencia de los candidatos, siguiendo el baremo que figura como Anexo a esta convocatoria, pudiendo citar a los candidatos a una entrevista personal. La resolución del contrato se publicará en el citado tablón de anuncios y se notificará conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las plazas podrán quedar desiertas si a juicio de la Comisión Evaluadora de Solicitudes los admitidos no reuniesen los requisitos necesarios para poder desarrollar el trabajo de investigación objeto de la convocatoria de este contrato.

Si se produjera la vacante o renuncia del contrato se podrá sustituir por el correspondiente suplente según el orden de prelación establecido en la Comisión Evaluadora de Solicitudes.

Obligaciones del contratado:

1. La aceptación del contrato por parte del beneficiario/a implica la de las normas fijadas en esta convocatoria y las determinadas por el responsable del proyecto, quien fijará el horario, el lugar de desarrollo de su formación y demás circunstancias de su trabajo, dentro de la normativa vigente en la Universidad de Almería y resoluciones emanadas de los órganos de gobierno de esta.

2. Será obligación del contratado/a solicitar autorización del Vicerrector de Investigación y Desarrollo Tecnológico para cualquier cambio de centro, director, proyecto de investigación o interrupción razonada del contrato, previo informe del responsable del proyecto, así como informar de la renuncia del mismo.

3. La no observancia de estas normas supondrá la anulación del contrato.

La presente Resolución agota la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24.12.2001) y contra la misma podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Rectorado en el plazo de un mes a partir de la recepción de esta Resolución según establece el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27.11.1992) en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14.1.1999), o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería en el plazo de dos meses a partir igualmente de la recepción de esta Resolución. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14.7.1998).

Almería, 24 de julio de 2008.- El Rector, Pedro Molina García.

ANEXO I

Un contrato financiado con los fondos del proyecto de investigación titulado «Determinación estructural de módulos de reconocimiento de secuencias ricas en prolina y sus complejos con ligandos peptidicos» con referencia BIO2006-15517-C02-02.

Perfil del contrato:

- Titulación requerida: Licenciados en Ciencias Químicas, especialidad Bioquímica.

- Se requiere:

• Experiencia demostrada en el campo de la química física de macromoléculas biológicas, especialmente en proteínas.

• Experiencia demostrada en purificación y cristalización de proteínas.

• Disponibilidad para viajar.

- Se valorará:

• Los conocimientos de inglés acreditados mediante cursos.

• Los conocimientos en análisis químico.

• La experiencia profesional como técnico de laboratorio.

Salario bruto del contrato: 1.100 €/mes, incluido el prorrateo de pagas extraordinarias.

Duración: 6 meses (sin prórroga automática).

Dedicación: tiempo completo.

Directora: Dra. doña Ana Cámara Artigas.

BAREMO

1. Expediente académico: (1-4) x 7.

2. Becas: (0-0,6).

2.1. Si ha disfrutado de una beca de investigación del MEC, Junta u homologada: 0,4.

2.2 Si ha disfrutado de una beca de colaboración del MEC: 0,2.

3. Programa de doctorado (máximo 32 créditos computables): (0 - 0,59).

3.1. Por crédito ordinario realizado: 0,01.

3.2. Por crédito convalidado por trabajo de investigación o tesina: 0,04.

4. Estancias de investigación en otros centros¹: (0-0,6).

4.1. En España: 0,2 x mes.

4.2. En el extranjero: 0,3 x mes.

5. Actividad investigadora: (0-4,2).

5.1. Libros publicados² de carácter internacional: hasta 2 puntos por cada uno.

5.2. Libros publicados² de carácter nacional: hasta 1 punto por cada uno.

5.3. Libros publicados² de carácter regional: hasta 0,4 puntos por cada uno.

5.4. Capítulos de libros y artículos² de carácter internacional: hasta 1 punto por cada uno.

5.5. Capítulos de libros y artículos² de carácter nacional: hasta 0,5 puntos por cada uno.

5.6. Capítulos de libros y artículos² de carácter regional: hasta 0,2 puntos por cada uno.

5.7. Actas de congresos internacionales: hasta 0,6 puntos por cada uno.

5.8. Actas de congresos nacionales: hasta 0,3 puntos por cada uno

5.9. Actas de congresos regionales: hasta 0,12 puntos por cada uno.

5.10. Comunicaciones a congresos internacionales: hasta 0,2 puntos por cada uno.

5.11. Comunicaciones a congresos nacionales: hasta 0,1 puntos por cada uno.

5.12. Comunicaciones a congresos regionales: hasta 0,04 puntos por cada uno.

6. Experiencia relacionada con los requisitos de la convocatoria: (0-6).

¹Realizadas en todo caso tras la obtención de la titulación académica superior.

²Se excluyen publicaciones docentes y de divulgación y también aquellas que no realicen procesos de revisión por expertos.

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