Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 161 de 13/08/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

Resolución de 17 de julio de 2008, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de taxis de Utrera (Sevilla). (PP. 2940/2008).

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De conformidad con lo establecido en la disposición adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Sevilla, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del citado Decreto 266/1988, de 2 de agosto,

RESUELVO

Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Concepto Tarifas autorizadas

IVA incluido

Tarifa 1

Bajada de bandera 1,06 euros

Por cada km recorrido 0,69 euros

Hora de parada o espera 15,39 euros

Carrera mínima 3,09 euros

Tarifa 2

Bajada de bandera 1,36 euros

Por cada km recorrido 0,86 euros

Hora de parada o espera 19,70 euros

Carrera mínima 3,88 euros

La tarifa 2 se aplicará en los supuestos siguientes:

a) Servicios realizados en sábados, domingos y festivos, de 0,00 a 24,00 horas.

b) Servicios realizados en días laborables, en horas nocturnas de 21,00 a 7,00 horas.

c) Servicios realizados durante los días de Feria.

d) Servicios realizados durante los días de Semana Santa.

e) Servicios realizados los días 5 de enero, 24 y 31 de diciembre.

Tarifa 3 (nocturno) Semana Santa y Feria, de 22,00 a 10 horas

Bajada de bandera 1,70 euros

Por cada km recorrido 1,03 euros

Hora de parada o espera 23,76 euros

Carrera mínima 4,85 euros

Suplementos

No aplicables a los servicios interurbanos:

- Por cada maleta o bulto de más de 60 cm 0,41 euros

- Servicios en viernes, sábados y vísperas de

festivos, de 22,00 a 06,00 horas 1,90 euros

Suplementos especiales sobre lo marcado en el taxímetro

1.º De Utrera a urbanizaciones que disten

menos de 6 km desde el centro urbano 3,19 euros

2.º De Utrera a urbanizaciones que disten más

de 6 km desde el centro urbano 4,12 euros

Esta Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 17 de julio de 2008.- La Viceconsejera, Carmen Martínez Aguayo.

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