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De conformidad con lo establecido en la disposición adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Sevilla, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del citado Decreto 266/1988, de 2 de agosto,
RESUELVO
Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Concepto Tarifas autorizadas
IVA incluido
Tarifa 1
Bajada de bandera 1,06 euros
Por cada km recorrido 0,69 euros
Hora de parada o espera 15,39 euros
Carrera mínima 3,09 euros
Tarifa 2
Bajada de bandera 1,36 euros
Por cada km recorrido 0,86 euros
Hora de parada o espera 19,70 euros
Carrera mínima 3,88 euros
La tarifa 2 se aplicará en los supuestos siguientes:
a) Servicios realizados en sábados, domingos y festivos, de 0,00 a 24,00 horas.
b) Servicios realizados en días laborables, en horas nocturnas de 21,00 a 7,00 horas.
c) Servicios realizados durante los días de Feria.
d) Servicios realizados durante los días de Semana Santa.
e) Servicios realizados los días 5 de enero, 24 y 31 de diciembre.
Tarifa 3 (nocturno) Semana Santa y Feria, de 22,00 a 10 horas
Bajada de bandera 1,70 euros
Por cada km recorrido 1,03 euros
Hora de parada o espera 23,76 euros
Carrera mínima 4,85 euros
Suplementos
No aplicables a los servicios interurbanos:
- Por cada maleta o bulto de más de 60 cm 0,41 euros
- Servicios en viernes, sábados y vísperas de
festivos, de 22,00 a 06,00 horas 1,90 euros
Suplementos especiales sobre lo marcado en el taxímetro
1.º De Utrera a urbanizaciones que disten
menos de 6 km desde el centro urbano 3,19 euros
2.º De Utrera a urbanizaciones que disten más
de 6 km desde el centro urbano 4,12 euros
Esta Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 17 de julio de 2008.- La Viceconsejera, Carmen Martínez Aguayo.
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