Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 176 de 04/09/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

Resolución de 12 de agosto de 2008, de la Dirección General de Calidad, Innovación y Perspectiva Turística, por la que se adjudican las ayudas para la realización de tesis doctorales en materia de turismo, reguladas en la Orden de 20 de septiembre de 2007 y convocadas por Resolución de 4 de febrero de 2008.

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Al amparo de la Orden de 20 de septiembre de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas por la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, se convocaron un máximo de 5 becas para la realización de tesis doctorales que versasen sobre temas turísticos, mediante Resolución de 4 de febrero de 2008.

Reunida la Comisión de Selección prevista en la Orden citada, el día 9 de junio de 2008, se procedió a evaluar y a relacionar por orden de puntuación los expedientes personales de los solicitantes, conforme a los criterios establecidos en el artículo 14 de la Orden mencionada.

Vistas y analizadas las dos solicitudes presentadas, de acuerdo con lo contemplado en el artículo 15 de la Orden, la Comisión de Selección realizó la propuesta de resolución el 11 de junio de 2008.

A propuesta de la Comisión de Selección, y en uso de las atribuciones que la normativa le confieren, esta Dirección General de Calidad, Innovación y Prospectiva Turística

HA RESUELTO

Primero. Adjudicar dos becas para la realización de tesis doctorales en materia de turismo, con la dotación que igualmente se indica y con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.15.00.01.00.481.00.75D a los siguientes adjudicatarios:

- Don Arsenio Villar Lama, con DNI núm. 14.316.623-C, con una dotación de 6.010,12 euros.

- Don Germán Ortega Palomo, con DNI núm. 75955569-R, con una dotación de 12.000 euros.

Segundo. El abono de las ayudas se realizará en tres pagos, con las correspondientes retenciones fiscales y con las condiciones previstas en la Orden y la Resolución de convocatoria:

1. El primer pago correspondiente al 40% del total de la beca, se realizará tras la aceptación de la beca por el beneficiario.

2. El segundo pago correspondiente al 35% del importe total, se ordenará a los seis meses de la aceptación, previa presentación de una memoria de actividades realizadas hasta la fecha, con el visto bueno de la persona responsable de la Dirección de la tesis.

3. El tercer y último pago, correspondiente al 25% restante, se ordenará tras la finalización de la tesis, y tras la acreditación de su presentación en el Registro General de la Universidad correspondiente, tras la conformidad de la dirección facultativa, una vez entregado el trabajo en lengua castellana y soporte de papel e informático a la Dirección General de Calidad, Innovación y Prospectiva Turística de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, y presentada la documentación justificativa de los gastos.

Tercero. Los adjudicatarios de las becas se comprometen a las condiciones de disfrute y obligaciones previstas en los artículos 18 y 19 de la Orden de 20 de septiembre de 2007, sin perjuicio de las obligaciones previstas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en las letras a) a d) del artículo 105 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuarto. Las tesis se desarrollarán en el centro administrativo universitario o de investigación que se proponga en cada proyecto, pudiéndose cambiar previa autorización de la Dirección facultativa del mismo.

El plazo de finalización de la tesis será de dieciocho meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la adjudicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y hasta el de su presentación en el Registro General de la Universidad correspondiente. Excepcionalmente, mediante solicitud de la persona becada a la Dirección General de Calidad, Innovación y Prospectiva Turística e informe positivo de la dirección de la tesis, con una antelación, al menos, de treinta días al plazo de finalización y en atención a la entidad y dificultades del trabajo, podrá obtenerse una prórroga de otros seis meses para su finalización, con la cuantía y condiciones de pago que se acuerden en el documento de prórroga, nunca superiores, teniendo en cuenta las cantidades ya concedidas, a las máximas que determina la Orden para cada convocatoria.

Quinto. Los adjudicatarios deberán proceder a la aceptación de la beca en el plazo de diez días hábiles desde la publicación de esta Resolución. De no producirse la aceptación, se les tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá dictarse en los términos previstos en el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Sexto. En el plazo de un mes desde la finalización de la actividad, los beneficiarios presentarán una memoria de las actividades realizadas, así como los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos. La justificación se realizará mediante la presentación de una cuenta justificativa, con el siguiente contenido mínimo:

a) Declaración de las actividades realizadas que han sido financiadas con la beca y su coste.

b) Desglose de los gastos incurridos.

c) Documentos justificativos del gasto tales como facturas u otros documentos de valor probatorio equivalente, que una vez cotejados y sellados serán devueltos al beneficiario.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 12 de agosto de 2008.- La Directora General, M.ª Francisca Montiel Torres.

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