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Resolución de fecha 4 de agosto de 2008, de la Delegada Provincial en Cádiz de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, por la que se ordena la notificación del acogimiento familiar permanente por edicto a doña Milagrosa Estrella Company Guerrero, al estar en ignorado paradero en los expedientes incoados.
En virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al intentarse notificación y no poderse practicar, podrá comparecer, ante el Servicio de Protección de Menores, sito en Cádiz, Pza. Asdrúbal, 6, Edificio Junta Andalucía, para la notificación del contenido íntegro del Acuerdo de Inicio del procedimiento de acogimiento familiar permanente del menor E.C.G.
Se le significa que contra la misma podrá interponerse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de esta Capital, conforme a la disposición transitoria décima de la Ley 11/81, de 13 de mayo, por los trámites de Jurisdicción Voluntaria de conformidad con la disposición adicional primera de la L.O. 1/96, de 15 de enero, de Protección Jurídica de Menores.
Cádiz, 26 de agosto de 2008.- La Delegada, Manuela Guntiñas López.
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