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La Resolución de 30 de Julio de 2007 de la Dirección General de Recursos Humanos y Medicina Legal, por la que se aprueba la convocatoria de Ayudas de Acción Social, ejercicio 2007, del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece en la base 5ª.3 que, transcurrido el plazo de 10 días concedido para la subsanación de los motivos de exclusión de los listados provisionales, por el Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Administración de Justicia se procederá al examen de la documentación presentada a fin de elevar a definitivo el listado de admitidos y excluidos en el procedimiento de concesión de las ayudas mediante Resolución, en la que se expresará que, contra la misma, cabe interponer recurso potestativo de reposición o, en su caso, contencioso-administrativo ante dicho orden jurisdiccional.
En virtud de las competencias que tiene atribuida esta Dirección General en el art. 8 del Decreto 305/2008, de 20 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, esta Dirección General de Recursos Humanos y Medicina Legal
RESUELVE
Primero. Aprobar y publicar el listado definitivo de admitidos y excluidos de Ayudas de Acción Social del personal al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía. La inclusión en las listas definitivas de admitidos no implicará la concesión de las ayudas, la cual estará condicionada al procedimiento de adjudicación descrito en la base Sexta de la Resolución de 30 de Julio de 2007, de la Dirección General de Recursos Humanos y Medicina Legal.
Segundo. Los listados a que hace referencia el apartado anterior se encuentran expuestos en los tablones de anuncios del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de las Audiencias Provinciales, de los Decanatos y de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Justicia y Administración Pública. Así mismo, podrán ser consultados a través de la página web de la citada Consejería: www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica/(Portal Adriano).
Tercero. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante esta Consejería en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente en el plazo de dos meses. Ambos plazos empezarán a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la citada Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en los arts.116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el art.46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.
Sevilla, 1 de septiembre de 2008.- La Directora General, Isabel María Cumbrera Guil.
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