Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 183 de 15/09/2008

3. Otras disposiciones

Consejo Audiovisual de Andalucía

Resolución de 4 de septiembre de 2008, por la que se adjudican becas de formacion e investigación para el año 2008.

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Visto el expediente relativo a las becas de las distintas áreas y vista la Propuesta de Resolución de la Presidenta de la Comisión de 28 de mayo de 2008, por la que eleva al Pleno la relación definitiva de las becas, resultan los siguientes hechos y fundamentos de Derecho:

ANTECEDENTES DE HECHO

l.º Por Resolución de 16 de enero de 2008, se convocaron becas conjuntas de formación e investigación por el Consejo Audiovisual de Andalucía para el ejercicio 2008 (BOJA núm. 22, de 31 de enero).

2.º Las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos del proceso estuvieron expuestas al público en la sede del Consejo Audiovisual de Andalucía, sito en Avda. República Argentina, 24, 1.ª planta, de Sevilla y en la página web del Consejo Audiovisual de Andalucía, desde el 14 de marzo de 2008, siendo el plazo de subsanación desde el lunes 17 de marzo, hasta el sábado 29 de marzo del presente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Resolución de 12 de abril de 2007, por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas conjuntas de formación e investigación del Consejo Audiovisual de Andalucía (BOJA núm. 92, de 10 de mayo).

3.º Dentro del plazo concedido para subsanar, a los solicitantes que no realizaron dicha subsanación se les tuvo por desistidos de su petición, en los términos previstos en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4º. En el Acta de 14 de abril de 2008, de la Comisión de Selección, se recogió el acuerdo por el que se aprueba la relación definitiva de admitidos por orden de puntuación y se procedió a elaborar la lista de candidaturas que habían superado las fases de baremación para proceder a su entrevista, de acuerdo con lo establecido en el art. 11 de la Resolución de 12 de abril de 2007, por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas conjuntas de formación e investigación del Consejo Audiovisual de Andalucía. La Comisión de Selección se reunió a estos efectos los días dieciséis y diecisiete de abril, efectuando las entrevistas y determinando el listado de candidaturas propuestas para la adjudicación de las becas.

5.º En el Acta de los días 16 y 17 de abril de 2008, de la Comisión de Selección, se recogió el acuerdo por el que se elaboró una relación ordenada de las candidaturas seleccionadas para cada una de las becas y, de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 12.2 de la Resolución de 12 de abril de 2007, por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas conjuntas de formación e investigación del Consejo Audiovisual de Andalucía, se obtiene la relación definitiva de aspirantes, elaborándose Propuesta de Resolución de la Presidenta de la Comisión de Selección, que eleva al Pleno al objeto de que por este se proceda a dictar la Resolución de adjudicación.

6.º En el Pleno del Consejo Audiovisual de Andalucía, de 24 de julio de 2008, se acuerda dictar Resolución de adjudicación con base en los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. En virtud de lo establecido en el párrafo segundo del articulo 12.2 de la Resolución de 12 de abril de 2007, la competencia para dictar la presente Resolución corresponde al Pleno del Consejo Audiovisual de Andalucía.

Segundo. El articulo 71.1, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al igual que el artículo 9 de la Resolución de 12 de abril de 2007, establece que se requerirá a las personas interesadas para que, en un plazo de diez días, subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su petición, previa Resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el articulo 42 de la referida Ley.

Tercero. Efectuada la valoración de los méritos conforme al artículo 11.1.2 de la Resolución de 12 de abril de 2007, según el acuerdo de la Comisión de Selección, recogido en el Acta de 14 de abril de 2008, se aprueba el listado de las personas que acceden a la fase de entrevistas para los días dieciséis y diecisiete de abril.

Cuarto. De conformidad con el artículo 12.1 de la citada Resolución de 12 de abril de 2007, la Comisión de Selección, en su reunión del 17 de abril del 2008, acordó elaborar una relación de las personas candidatas seleccionadas por orden de puntuación y distribuidas por áreas, una vez concluido el proceso de selección.

Quinto. Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 12.2, segundo párrafo, de la citada Resolución, y a la vista de la relación definitiva, la Presidenta de la Comisión de Selección, con fecha 28 de mayo de 2008, elevó al Pleno Propuesta de Resolución de adjudicación de becas a los candidatos seleccionados, por orden de puntuación y área, la cual se incorpora como Anexo a dicha propuesta de adjudicación.

Sexto. Una vez cumplimentada toda la tramitación procedimental y de conformidad con el artículo 12.2 de la Resolución de 12 de abril de 2007, se hace procedente otorgar la concesión de las becas de acuerdo con los siguientes extremos:

a) Identificación de las personas beneficiadas:

- Área de programación y publicidad en los contenidos radiofónicos: *Irene Toscano Lería.

- Área de técnicas de investigación estadística aplicada al estudio de los medios audiovisuales: *José Antonio Mesa Báñez.

- Área de derechos de la infancia en los medios audiovisuales, aplicación y estudio: *Pablo Flores Rodríguez.

- Área de análisis del discurso publicitario: *Miguel Vidal Pérez.

Suplentes. *Juan Pablo Sánchez Prenda, *M.ª Paz Díaz Domínguez, *Francisco Collado Campaña, *Rubén Domínguez Delgado, *Natalia Vargas Moreno, *Rafael Alcoba Sánchez, *Ana M.ª Rodríguez Aguayo.

- Área de derecho público y derecho comunitario y su aplicación al ámbito audiovisual: *Ana Ortega González

Suplentes.*Esperanza Guzmán Jiménez, *Angela Fernández Román.

b) Trámites que cumplimentar.

Las personas seleccionadas deberán comunicar su aceptación en el plazo de siete días hábiles siguientes a la fecha de su notificación, de conformidad con el artículo 12.5 de la Resolución de 12 de abril de 2007.

c) Plazos de ejecución de las becas.

La duración inicial máxima de las becas será de doce meses, iniciándose su ejecución el día 16 de septiembre de 2008, incorporándose a la sede del Consejo Audiovisual de Andalucía.

d) Cuantía y aplicación presupuestaria.

Las becas serán abonadas por mensualidades vencidas, siendo el importe mensual de novecientos euros, a los que se les efectuará la correspondiente retención fiscal. El gasto derivado del abono de las becas se imputará durante 2008 al crédito presupuestario previsto en la aplicación presupuestaria 0.1.06.00.01.00.480.01.11H.0.

e) Obligaciones de las personas beneficiarias.

Las personas beneficiarias de las becas habrán de cumplir las obligaciones establecidas en los artículos 14.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, 29.2 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarías, Administrativas y Financieras, y 105 y 108 de la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y, en particular, estarán obligadas a:

- Realizar las actividades que determine el/la director/a del trabajo o tutor/a.

- Acreditar con periodicidad mensual la ejecución del programa de formación o investigación.

- Presentar en el último mes de la duración de la beca, una memoria justificativa de las actividades realizadas.

- El sometimiento a las actuaciones de comprobación a efectuar por la entidad concedente y las de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Junta de Andalucía, así mismo, a facilitar cuanta información le sea requerida por los órganos citados anteriormente.

- Comunicar al órgano concedente la obtención de otras becas o subvenciones para la misma finalidad.

- Comunicar al órgano concedente de la beca todos aquellos cambios de domicilio a efectos de notificaciones.

- Hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de la actividad u objeto de la beca, que la misma está subvencionada por el Consejo Audiovisual de Andalucía.

- Aquellas otras que disponga la ley del presupuesto de la Comunidad Autónoma u otra disposición de aplicación.

Séptimo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.5, último párrafo, de dicha Orden, en los supuestos en los que quede sin efecto la adjudicación de la beca, se resolverá la misma a favor de la persona candidata siguiente a la beneficiaria que figure en la relación ordenada que aparece como Anexo en la Propuesta de Resolución de la Presidenta de la Comisión, de 28 de mayo de 2008, por la que se adjudican becas de formación e investigación.

Vistos el expediente de las becas de cada área, así como la Propuesta de Resolución de la Presidenta de la Comisión de Selección, de 28 de mayo de 2008, la Resolución de 12 de abril de 2007, el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y demás normas de general y pertinente aplicación, el Pleno del Consejo Audiovisual de Andalucía

RESUELVE

Primero. Adjudicar las becas correspondientes a las personas beneficiarias y con los demás extremos y condiciones que se indican en el fundamento de derecho sexto.

Segundo. Designar como suplentes aquellas personas candidatas, por orden de puntuación, siguientes a la persona beneficiaria, correspondientes a cada una de las áreas, relacionadas en el Anexo de la Propuesta de Resolución de la Presidenta de la Comisión, 28 de mayo de 2008, de conformidad con el apartado 2 del artículo 15, de la Resolución de 12 de abril de 2007, por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas conjuntas de formación e investigación por el Consejo Audiovisual de Andalucía y se convocan becas para el ejercicio 2007.

Tercero. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y, simultáneamente, el texto íntegro de la misma en la página web y en el tablón de anuncios de la sede del Consejo Audiovisual de Andalucía, conforme a lo dispuesto en el art. 12.2 de la Resolución de 12 de abril de 2007.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Pleno del Consejo Audiovisual de Andalucía en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con el art. 117, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien recurso contencioso-administrativo ante los órganos judiciales competentes en este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el art. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 4 de septiembre de 2008.- El Presidente, Juan Montabes Pereira.

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