Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 184 de 16/09/2008

2. Autoridades y personal2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Justicia y Administración Pública

Orden de 1 de septiembre de 2008, por la que se eleva a definitiva la relación de seleccionados, con expresión de los destinos adjudicados, correspondiente al concurso de acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales de Fisioterapeuta (2030), Logopeda (2050), Restaurador (2080) y Técnico de Empresas y Actividades Turísticas (2110) correspondiente al proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso-oposición, en las categorías profesionales del Grupo II, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de 2003, 2005 y 2006.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Aprobados los listados definitivos de Fisioterapeuta (2030), Logopeda (2050), Restaurador (2080) y Técnico en Empresas y Actividades Turísticas (2110) por Resolución de 12 de junio de 2008, de conformidad con lo establecido en la base décima, de la Orden de 30 de abril de 2007, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso oposición, en las categorías profesionales del Grupo II, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de 2003, 2005 y 2006 (BOJA núm. 105, de 29 de mayo), y en uso de la competencia que le confiere el art. 5.3 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, y el art. 2.2 del Decreto 255/1987, de 28 de octubre, esta Consejería de Justicia y Administración Pública

HA RESUELTO

Primero. Elevar a definitiva la relación de seleccionados/as, con expresión de los destinos adjudicados con adscripción definitiva al mismo, del concurso de acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales de Fisioterapeuta (2030), Logopeda (2050), Restaurador (2080) y Técnico en Empresas y Actividades Turísticas (2110), convocado por Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública de 30 de abril de 2007, y que figuran en el Anexo I de esta Orden.

Segundo. Los/as aspirantes seleccionados/as comparecerán ante las Secretarías Generales Técnicas de las Consejerías y Secretarías Generales de los Organismos Autónomos para los destinos en los Servicios Centrales, y ante las Secretarías Generales de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías, Direcciones Provinciales y Gerencias Provinciales de los Organismos Autónomos, para los destinos en dichos Centros Directivos, a fin de formalizar el contrato laboral de carácter fijo e iniciar los demás trámites necesarios, en el plazo de 10 días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden.

Dicho contrato será conformado informáticamente por la Secretaría General para la Administración Pública, en virtud del art. 3.b) de la Orden de 17 de septiembre de 2004 (BOJA núm. 193, de 1 de octubre de 2004).

Tercero. Los Centros Directivos en los que se encuentra adscrita la plaza adjudicada a cada seleccionado/a promoverán ante el Registro General de Personal, a través de la aplicación informática SIRhUS, las inscripciones registrales derivadas de la presente Orden, conforme señala el art. 14 de su Reglamento regulador, para su correspondiente inscripción.

Cuarto. La no comparecencia del/de la candidato/a seleccionado/a dentro del plazo previsto, sin causa que lo justifique, supondrá el desistimiento del trabajador a la formalización de su contrato con la Junta de Andalucía, así como a los derechos que de su participación en el concurso de acceso pudieran corresponderle.

Quinto. En todos los casos, los efectos del contrato se iniciarán con fecha del día 29 de septiembre de 2008.

Sexto. En el contrato se hará constar un período de prueba de un mes, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía, durante el cual tendrá los derechos y obligaciones correspondientes a su categoría profesional y al puesto de trabajo que desempeñe.

No se exigirá el período de prueba antes referido cuando el/la trabajador/a haya desempeñado las mismas funciones en el ámbito del Convenio Colectivo, cualquiera que sea la modalidad de contratación laboral u ocupación, por un período equivalente, al menos, al del período de prueba.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la titular de la Consejería de Justicia y Administración Pública, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la LRJAP y PAC, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, computados desde el día siguiente al de su publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

Sevilla, 1 de septiembre de 2008

Evangelina Naranjo Márquez

Consejera de Justicia y Administración Pública

Descargar PDF