Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 186 de 18/09/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

edicto de 1 de septiembre de 2008, del Juzgado de Primera Instancia Núm. Dos de Málaga, dimanante del procedimiento verbal núm. 14/2008. (PD. 3360/2008).

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NIG: 2906742C20070036321.

Procedimiento: Juicio Verbal (desahucio falta de pago) 14/2008. Negociado: EF.

De: Comunidad de Propietarios calle Góngora, 28.

Procuradora: Sra. Labanda Ruiz, Concepción.

Letrado: Sr. Fernández Baena, Manuel.

Contra: Don Antonio José Román Nieto.

Procuradora: Sra.

Letrada: Sr/a.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (desahucio falta de pago) 14/2008 seguido en el Juzgado de Primera InstanciaNúm. Dos de Málaga, a instancia de Comunidad de Propietarios calle Góngora, 28, contra Antonio José Román Nieto, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA. NÚM 153/08

En la ciudad de Málaga, 25 de julio de 2008.

Vistos y examinados por mí, don Manuel S. Ramos Víllalta, Magistrado-Juez de Primera Instancia Núm. Dos de Málaga y su partido, los presentes autos de Juicio Verbal seguidos en este Juzgado bajo el núm 14/08, a instancia de la Comunidad de Propietarios calle Góngora 28, representado por la Procuradora Sra. Labanda Ruiz y asistido el Letrado Sr. Fernández Baena, contra don Antonio José Roman Nieto; sobre desa-hucio por falta de pago de rentas.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la representación de la parte actora, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que tiene como objeto la vivienda portería Sieta en planta ático de las que integran el edificio sito en el número 28, de la calle Góngora de Málaga, así mismo declaro haber lugar al desahucio de don Antonio José Román Nieto, condenándolo a que la deje libre, vacía y expedita y a disposición del actor, bajo apercibimiento de ser lanzado si no se verifica en el plazo legal, ello con expresa condena de las costas a la parte demandada.

Notifíquese a los interesados, mediante entrega de copia de la presente resolución, haciéndoles saber que esta sentencia devendrá firme si contra ella, en este Juzgado y para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, no se prepara recurso de apelación en el plazo de cinco días.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos de que dimana, definitivamente firmando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

E/

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Antonio José Román Nieto, extiendo y firmo la presente en Málaga a uno de septiembre de dos mil ocho.- El/La Secretario.

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