Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 28/01/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente.

Resolución de 19 de diciembre de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria "Cordel ce Cotorrios, Tramo desde las proximidades de Cotorrios hasta el Aguadero de las Grajas y Aguadero y Descansadero de los Llanos de Arance", en el término municipal de Santiago-Pontones, en la provincia de Jaén.

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Examinado el Expediente de Deslinde de la Vía Pecuaria "Cordel de Cotorrios, Tramo desde las proximidades de Cotorrios hasta el Aguadero de las Grajas y Aguadero y Descansadero de los Llanos de Arance", en el término municipal de Santiago-Pontones, en la provincia de Jaén, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La Vía Pecuaria antes citada, sita en el término municipal de Santiago-Pontones fue clasificada por Resolución de la Secretaria General Técnica de la Consejeria de Medio Ambiente de fecha 11 de julio de 2001, publicada en el BOJA de fecha 29 de septiembre de 2001.

Segundo. El deslinde se inicia a propuesta de la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Jaén por Resolución del Viceconsejero de Medio Ambiente, de fecha 14 de julio de 2006, con relación a la Consultoría y Asistencia para el deslinde de Vías Pecuarias que conforman la Ruta Trashumante de Cazorla a Sierra Morena.

Tercero. Los trabajos materiales de Deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el día 15 de noviembre de 2006, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos con fecha de registro de salida de la Delegación Provincial de Jaén 14 de septiembre de 2006 y publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 234, de 9 de octubre de 2006.

En dicho acto no se formulan alegaciones por parte de los interesados.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 159 de fecha 12 de julio de 2007.

Quinto. Durante el período de exposición pública no se presentan alegaciones.

Sexto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, con fecha 8 de noviembre de 2007 emitió el preceptivo Informe.

A la vista de tales antecedentes, son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente Procedimiento de Deslinde en virtud de lo establecido en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 179/2000, de 23 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente procedimiento administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria antes citada, sita en el término municipal de Santiago-Pontones, en la provincia de Jaén, fue clasificada por Resolución citada, siendo esta Clasificación conforme al artículo 7 de la Ley de Vías Pecuarias y el artículo 12 del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía, respectivamente, "el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria", debiendo por tanto el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada Vía Pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación.

Considerando que el presente Deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada por Resolución ya citada, ajustado en todo momento al Procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, así como a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y en el Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable,

Vistos, la Propuesta de Deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén con fecha 21 de septiembre de 2007, y el Informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía de fecha 8 de noviembre de 2007,

R E S U E L V O

Aprobar el Deslinde de la Vía Pecuaria "Cordel de Cotorrios, Tramo desde las proximidades de Cotorrios hasta el Aguadero de las Grajas y Aguadero y Descansadero de los Llanos de Arance", en el término municipal de Santiago-Pontones, en la provincia de Jaén,, a tenor de la descripción que sigue, y en función a las coordenadas que se anexan a la presente Resolución.

Longitud: 4.666,76 metros lineales.

Anchura: 37,50 metros lineales.

Descripción Registral.

Finca rústica, de dominio público según establece la Ley 3/95 de Vías Pecuarias y el Decreto 155/98 por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinada a los fines y usos que estas normas estipulan, situada en el término municipal de Santiago-Pontones, provincia de Jaén, de forma alargada con una anchura de 37.50 metros, la longitud deslindada es de 4.666,76 metros (longitud del eje), 4677,14 metros (longitud media de los dos lados) que en adelante se conocerá como "Cordel de Cotorríos", tramo que va desde las proximidades de Cotorríos, hasta el Aguadero de las Grajas, que linda:

Descripcion registral del Lugar Asociado.

Finca rústica, de dominio público según establece la Ley 3/95 de Vías Pecuarias y el Decreto 155/98 por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinada a los fines y usos que estas normas estipulan, situada en el término municipal de Santiago-Pontones, provincia de Jaén, de forma irregular, con una superficie total deslindada de 123.624 m2, que en adelante se conocerá como "Aguadero y Descansadero de los Llanos de Arance" y que se encuentra asociada a la Vía Pecuaria "Cordel de Cotorríos

y que limita:

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 67)

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, a 19 de diciembre de 2007.- La Secretaria General Técnica, Asunción Vázquez Pérez.

Actuación Cofinanciada por Fondos Europeos.

ANEXO A LA RESOLUCION DE 19 DE DICIEMBRE DE 2007, DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE DE LA VIA PECUARIA "CORDEL CE COTORRIOS, TRAMO DESDE LAS PROXIMIDADES DE COTORRIOS HASTA EL AGUADERO DE LAS GRAJAS Y AGUADERO Y DESCANSADERO DE LOS LLANOS DE ARANCE", EN EL TERMINO MUNICIPAL DE SANTIAGO-PONTONES, EN LA PROVINCIA DE JAEN

Relación de Coordenadas UTM de la vía pecuaria

Puntos que delimitan la línea base derecha

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 68)

Debido a que el Lugar Asociado es atravesado por el Río Guadalquivir, el primero se divide en dos superficies que se extienden a ambos márgenes del Río. Los puntos comprendidos entre el L1 y L19 formarían la superficie al Sur del Río y los puntos restantes hasta el L37, la superficie al Norte.

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