Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 28/01/2008

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería de Obras Públicas y Transportes.

Anuncio de 16 de enero de 2008, de la Delegación Provincial de Cádiz, por el que se hace pública la Resolución de 15 de enero de 2008, por la que se aprueba inicialmente el Plan Especial para la construcción de centro hospitalario en La Línea de la Concepción.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Con fecha 11 de enero de 2007 el Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, en Cádiz, dicta Acuerdo de Formulación del Plan Especial para la construcción de un nuevo centro hospitalario en el término municipal de La Linea de la Concepción, promovido por la Consejería de Salud.

El objeto del Plan Especial consiste en la habilitación urbanística de unos terrenos situados en el municipio de la Linea de la Concepción, para el establecimiento de las infraestructuras y servicios necesarios para la implantación de un centro hospitalario, cubriendo las demandas de las poblaciones de La Linea, Jimena, San Roque y Castellar, prestando de este modo un servicio supramunicipal.

Con la implantación del centro hospitalario se pretende mejorar el acceso de los habitantes de La Línea, Jimena, San Roque y Castellar, a la atención especializada y urgente, adaptando los medios y recursos disponibles a sus expectativas y prioridades, consiguiéndose el acercamiento al ciudadano de la atención especializada y evitando, de este modo, desplazamientos innecesarios a otros centros, siendo, por tanto, claro y evidente la incidencia y el interés supramunicipal de la actuación propuesta por el presente Plan Especial.

Los suelos sobre los que se pretende ubicar las instalaciones se encuentran clasificados, por el Plan General, actualmente vigente en el municipio de la Linea, como Suelo Urbanizable No Sectorizado. No obstante, en cumplimiento de lo regulado por el artículo 53.2 de la LOUA, que establece que "Sobre la clase de suelo urbanizable no sectorizado podrán autorizarse actuaciones de interés público cuando concurran los supuestos de utilidad pública e interés social. En este caso se estará a lo dispuesto en los artículos 42 y 43 de esta ley para el desarrollo de estas actuaciones en suelo no urbanizable", y al concurrir los supuestos de Utilidad Pública e Interés Social en la actuación propuesta se considera justificada la implantación del Centro Hospitalario en los terrenos del Suelo Urbanizable No Sectorizado.

En consecuencia, según lo establecido por el artículo 42.4.b) de la LOUA el instrumento de planeamiento a través del cual se desarrollará la actuación será un Plan Especial, al tratarse de una actividad cuyo objeto tiene una trascendencia e interés supramunicipal, ya que, como se ha expuesto atneriormente, mediante la implantación del nuevo centro hospitalario no sólo se prestaría servicio al municipio de La Línea, en el cual, se pretenden ubicar las infraestructuras, sino a otros municipios tales como, Castellar, San Roque y Jimena, otorgando de este modo, el carácter de supramunicipal al Plan Especial.

Por todo ello, y en virtud de lo preceptuado por el articulo 31.2.A.a) de la LOUA, y por el artículo 14.2.e, del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y al tratarse de una actuación que no llega a afectar a la totalidad de la provincia de Cádiz, será el titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, en Cádiz, el órgano competente para la tramitación del Plan Especial para la construcción del centro hospitalario de La Línea de la Concepción.

A tenor de lo anteriormente expuesto, y vistos los informes técnico y jurídico de 14 de enero de 2008, emitidos por el Servicio de Urbanismo de esta Delegación Provincial, se resuelve:

Primero. Aprobar Inicialmente el Plan Especial para la construcción del centro hospitalario de La Línea de la Concepción, en Cádiz. No obstante, y previamente a la aprobación provisional del documento, deberán corregirse las referencias efectuadas en el apartado 2.7 objeto, finalidad y tramitación del proyecto, respecto al procedimiento de tramitación contenido en el mismo.

Segundo. Someter a información pública por periodo de un mes el documento del Plan Especial para la construcción del centro hospitalario de La Línea de la Concepción, así como el expediente tramitado mediante la correspondiente publicación de anuncios en el Boletín Oficial correspondiente, que en este caso, y según lo dispuesto en el apartado Cuarto de la Disposición Adicional Tercera del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, será el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía; en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia; y en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos afectados, en este caso del Excmo. Ayuntamiento de La Línea de la Concepción, Jimena, San Roque y Castellar, de conformidad con lo establecido por el artículo 39 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Durante el referido periodo quedarán, tanto el documento técnico como el expediente administrativo a disposición de cualquier persona que quiera examinarlo y presentar, en su caso, las alegaciones que estimasen pertinentes.

Tercero. Conceder audiencia a los Ayuntamientos de La Línea de la Concepción, Jimena, San Roque y Castellar, como municipios afectados por la tramitación del presente Plan Especial, para que, tal y como se establece en el articulo 32 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en relación con el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, en el plazo de 10 días, si así lo estiman conveniente, puedan comparecer en el procedimiento y hacer valer las exigencias que deriven de los intereses que representan.

Cuarto. Notificar este acuerdo a la Consejería de Salud, como orgáno que promueve la actuación, así como, a aquellas Administraciones gestoras de intereses públicos que pudieran verse afectadas en sus competencias por la tramitación del Plan Especial para la construcción del centro hospitalario de La Línea de la Concepción para que aporten los informes sectoriales que deben ser emitidos en esta fase de tramitación, tal y como se regula por el artículo 32.1.2° de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Al mismo tiempo se deberá practicar, también, de forma simultánea, la comunicación a los restantes órganos y entidades administrativas gestores de intereses públicos con relevancia o incidencia territorial, para que si así lo estimasen pertinente comparezcan, y valoren las exigencias que deriven de dichos intereses.

Cádiz, 16 de enero de 2008.- El Delegado, Pablo Lorenzo Rubio.

Descargar PDF