Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 191 de 24/09/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

orden de 2 de septiembre de 2008, por la que se modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de la Vivienda y Ordenación del Territorio y al Instituto Andaluz de la Juventud.

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En aras de un mejor aprovechamiento de los recursos humanos de la Administración General de la Junta de Andalucía, se hace necesario modificar la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio y del Instituto Andaluz de la Juventud, para encuadrar un puesto de trabajo, actualmente, dependiente del Instituto Andaluz de la Juventud, en la Dirección General del Instituto de Cartografía de Andalucía de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, lo que procede en coherencia con las características funcionales del mencionado puesto de trabajo.

Según lo previsto en el artículo 37 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General.

En su virtud, y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10.1.c) del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo,

DISPONGO

Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio y al Instituto Andaluz de la Juventud.

La Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio y al Instituto Andaluz de la Juventud queda modificada en los términos indicados en el Anexo de la presente Orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos administrativos y económicos derivados de su aprobación se producirán a partir del día uno del mes siguiente al de su publicación.

Sevilla, 2 de septiembre de 2008

EVANGELINA NARANJO MÁRQUEZ

Consejera de Justicia y Administración Pública

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