Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 29/01/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública.

Resolución de 14 de enero de 2008, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se elevan a definitivos los listados provisionales de excluidos de las ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, modalidad "Médica, protésica y odontológica", para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía cuyos centros de trabajo radican en esta provincia, correspondientes a las solicitudes presentadas en el período de 1 de diciembre de 2005 a 31 de mayo de 2007.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Examinadas las alegaciones presentadas por el mencionado personal relativas a las ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, modalidad "Médica, Protésica y Odontológica", referidas al período comprendido entre el 1 de diciembre de 2005 al 31 de mayo de 2007, ambos inclusive, conforme señala la Orden de 18 de abril de 2001 (BOJA núm. 53, del día 10 de mayo) mediante la que se aprueba el Reglamento de las citadas Ayudas, actualizado con las modificaciones realizadas por las Ordenes de 26 de junio de 2003 y 9 de junio de 2004, por la que se establece la competencia de la Dirección General para conocer y resolver en este asunto, tienen lugar los siguientes

HECHOS

Primero. Se ha comprobado que el personal que mediante esta Resolución figura en el listado definitivo complementario de beneficiarios reúne todos los requisitos fijados reglamentariamente para su concesión.

Segundo. Asimismo, aquellas relaciones provisionales de excluidos que fueron publicadas durante el período reseñado, se elevan a definitivas, con excepción del personal que figura en el listado reseñado en el apartado anterior.

A tales Hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I. La Disposición adicional segunda de la Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública de 18 de abril de 2001 (BOJA núm. 53, de 10 de mayo), por la que se aprueba el Reglamento de Ayudas de Acción Social para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, delega todas las actuaciones de procedimiento de gestión y resolución de la Ayuda Médica, Protésica y Odontológica en los Delegados Provinciales de Justicia y Administración Pública, respecto del personal destinado en su ámbito provincial.

II. El artículo 13 y siguientes del referido Reglamento que regula, en relación con el artículo 11 del mismo texto, el procedimiento de resolución de las Ayudas "Médica, Protésica y Odontológica".

III. Las correspondientes Resoluciones publicadas en las que se determinan para los ejercicios del período de referencia las cuantías a abonar para este tipo de ayudas, en relación con el artículo 8 del Reglamento.

Vistos los Hechos y Fundamentos de Derecho expuestos, y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial

RESUELVE

Primero. Publicar listado definitivo complementario de ayudas concedidas al personal al servicio de la Junta de Andalucía, con cargo al Fondo de Acción Social, modalidad Médica, Protésica y Odontológica, y presentadas entre el 1 de diciembre de 2005 y el 31 de mayo de 2007, ambos inclusive, al que se le estimó las alegaciones presentadas en plazo.

Segundo. Elevar a definitivos los listados provisionales de ayudas excluidas al personal al servicio de Administración de la Junta de Andalucía, con cargo al Fondo de Acción Social, modalidad Médica, Protésica y Odontológica, y presentadas entre el 1 de diciembre de 2005 y el 31 de mayo de 2007.

A tales efectos el listado complementario definitivo de adjudicatarios quedará expuesto en la Delegación Provincial de la Consejería de Justicia y Administración Pública en Granada y su consulta podrá realizarse, a su vez, a través de la web de la Junta de Andalucía.

Contra los listados definitivos hechos públicos con la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos:

a) El personal funcionario y no laboral puede interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

b) El personal laboral podrá interponer reclamación previa a la vía judicial laboral, conforme a lo dispuesto en los artículos 120 y siguientes de la citada Ley 30/1992, y 69 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.

Granada, 14 de enero de 2008.- La Delegada, Begoña

Alvarez Civantos.

Descargar PDF