Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 200 de 07/10/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

Resolución de 18 de septiembre de 2008, de la Delegación del Gobierno de Jaén, mediante la que se conceden subvenciones a entidades de voluntariado sin ánimo de lucro en el área de actuación regulada en el artículo 1, apartado 2.2 de la Orden de 26 de febrero de 2008 (BOJA núm. 48, de 10.3.2008).

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Vistas las solicitudes presentadas por las entidades de voluntariado sin ánimo de lucro se constatan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 10 de marzo del presente año se publicó la Orden de 26 de febrero de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades de voluntariado sin ánimo de lucro y se efectúa su convocatoria para el año 2008, habiéndose recibido un total de setenta y una solicitudes de entidades de voluntariado en el área de actuación del artículo 1, apartado 2.2, de la citada Orden, para la adaptación a las nuevas tecnologías mediante la adquisición de uno o varios de los siguientes elementos: PC fijo, PC portátil, periféricos (de salida, de entrada, de almacenamiento y de comunicación), cañón de proyección de vídeos y fotocopiadora.

Segundo. Para el área de adaptación a las nuevas tecnologías, mediante la adquisición de equipamiento informático, art.1, apartado 2.2 de la Orden de convocatoria, se han presentado un total de 71 solicitudes de las cuales 40 han sido admitidas a trámite, para el procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.

Tercero. Examinadas las citadas 40 solicitudes y la documentación que acompaña a las mismas, se comprueba que reúnen todos los requisitos exigidos en la Orden de 26 de febrero de 2008, constando dichas solicitudes de proyectos de inversión destinados a la adquisición de equipamiento informático en el área de actuación del artículo 1, apartado 2.2. de la citada Orden de convocatoria.

Cuarto. Valoradas las solicitudes presentadas de conformidad con los criterios establecidos en la Orden de convocatoria, se concede subvención a aquellas entidades sin ánimo de lucro cuya puntuación sea, al menos, de ocho puntos, hasta el límite presupuestario existente en el área del apartado 2.2 del artículo 1 de la convocatoria, referido a la mejora de la gestión u organización de las entidades de voluntariado y su adaptación a las nuevas tecnologías, a través de la adquisición de equipamiento informático: PC fijo, PC portátil, periféricos (de salida, de entrada, de almacenamiento y de comunicación), cañón de proyección de vídeos y fotocopiadora.

La relación de entidades de voluntariado sin ánimo de lucro beneficiarias se consigna en el Anexo a la presente Resolución.

Quinto. Existe dotación presupuestaria para atender las solicitudes de subvención valoradas favorablemente.

Sexto. En virtud de lo dispuesto en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y del artículo 29.1 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, y teniendo en cuenta la naturaleza de las subvenciones a las que se refiere la Orden de 26 de febrero de 2008, las entidades sin ánimo de lucro beneficiarias de las subvenciones quedan exceptuadas de la prohibición para sus beneficiarios consistente en no hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como por cualquier otro ingreso de Derecho Público de la Comunidad Autónoma de Andalucía, todo ello por así disponerlo el artículo 2.6 de la mencionada Orden de 26 de febrero de 2008.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero. De conformidad con el Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías, se atribuye a la Consejería de Gobernación, en su artículo 13, las competencias de voluntariado. Estas han sido desarrolladas por el Decreto 199/2004, de 11 de mayo, que deroga parcialmente el Decreto 320/2000, de 13 de junio, modificado por el Decreto 248/2001, de 13 de noviembre, y asigna a la Agencia Andaluza del Voluntariado la promoción, la reglamentación general y la planificación del voluntariado, la coordinación de la Administración Autonómica, los servicios de información, documentación y asesoramiento a las organizaciones, así como el apoyo de las iniciativas que estas desarrollen en el territorio de nuestra Comunidad Autónoma.

Segundo. La citada Orden de la Consejería de Gobernación de 26 de febrero de 2008, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de voluntariado a entidades sin ánimo de lucro y se efectúa su convocatoria para el año 2008, establece en su art. 8.1 que se creará una Comisión de Valoración encargada de tramitar y elevar una propuesta de resolución a la Delegada/o del Gobierno de la Junta de Andalucía en la respectiva provincia.

Tercero. Asimismo, el art. 8.2 de la mencionada Orden de convocatoria dispone que la competencia para resolver los procedimientos de concesión de subvenciones a las entidades de voluntariado sin ánimo de lucro será, en el ámbito provincial, de los titulares de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, por delegación del titular de la Consejería de Gobernación.

Cuarto. De acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico, y el art. 1.1 de la Orden de 26 de febrero de 2008, de convocatoria, el presente procedimiento se ha realizado en régimen de concurrencia competitiva.

Quinto. En base al art. 1.4 de la mencionada Orden de convocatoria, la financiación de las subvenciones se efectuará con cargo a los créditos presupuestarios destinados a este fin en el programa presupuestario 31H, estando limitada a aquellas que para los correspondientes programas figuren en el presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2008. Para ello ha sido necesario proceder a la ordenación de las solicitudes, atendiendo a los criterios establecidos en el art. 7, con el fin de conceder subvenciones a las solicitudes que hayan obtenido mayor valoración.

Una vez valoradas todas las solicitudes en el área mencionada en el antecedente de hecho segundo, y reuniendo los requisitos exigidos en la citada convocatoria, la calificación mínima necesaria para obtener subvención es la indicada en el antecedente de hecho cuarto.

Sexto. Examinadas las solicitudes relacionadas en el Anexo a la presente Resolución, se aprecia que han obtenido una calificación igual o superior a ocho puntos y, por tanto, deben ser valoradas favorablemente para la obtención de las subvenciones en el área que se menciona anteriormente. El resto de las solicitudes no incluidas en dicho Anexo han obtenido una puntuación menor a la exigida y deben entenderse desestimadas.

En base a lo anterior,

RESUELVO

Primero. Que se conceda a las entidades de voluntariado sin ánimo de lucro, que se relacionan en el Anexo a la presente resolución, las subvenciones que se especifican para cada una de ellas, con indicación del porcentaje de ayuda respecto al presupuesto aceptado, resultando un importe total de 43.950,50 euros, para los proyectos incluidos en el apartado 2.2 del artículo 1 de la Orden de convocatoria.

Segundo. Que se desestimen las solicitudes no incluidas en el Anexo a la presente Resolución y que no han sido valoradas favorablemente.

Tercero. Que se abonen las subvenciones mediante un primer pago correspondiente al 75% de su importe, librándose el 25% restante una vez haya sido justificado el libramiento anterior en la forma que se establece en el artículo 12 de la Orden de convocatoria, excepto en los supuestos en que el importe de aquellas sea igual o inferior a 6.050 euros, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras. El pago de la subvención se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta que se haya indicado en la solicitud y con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.09.00.02.23.781.00.31H.0.

Cuarto. Que el plazo de ejecución de la adquisición de los equipos informáticos sea de un mes, contado a partir de la fecha de transferencia bancaria del pago total o parcial de la subvención concedida.

Quinto. Que las subvenciones concedidas serán justificadas en el plazo máximo de dos meses, a contar desde la fecha de finalización del plazo de ejecución o desde el día del abono de la subvención si este es posterior, mediante la presentación de los documentos a que se refiere el artículo 15 de la Orden de convocatoria, siendo la cantidad a justificar la totalidad del importe del presupuesto aceptado que aparece en el Anexo a la presente Resolución, lo cual supone justificar la subvención concedida más la aportación de la propia entidad y otras aportaciones que se realicen al proyecto.

Sexto. Que las entidades beneficiarias quedan obligadas al cumplimiento de lo establecido en el artículo 3 de la Orden de convocatoria.

Séptimo. Que en caso de incumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la subvención se proceda al reintegro, total o parcial, de las cantidades percibidas y a la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención, en la cuantía fijada en el artículo 112 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el artículo 33 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, así como en los restantes supuestos contemplados en el artículo 16 de la Orden de convocatoria.

Octavo. Que siempre que se haya alcanzado el objetivo o finalidad perseguidos, si no se justificara debidamente el total de la actividad o la inversión subvencionada, se deberá reducir el importe de la subvención concedida aplicando el porcentaje de financiación sobre la cuantía correspondiente a los justificantes no presentados o no aceptados.

Noveno. Que independientemente de la publicación de las subvenciones concedidas, de acuerdo con las previsiones contenidas en el artículo 13 de la Orden de convocatoria, y en el artículo 13 del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, esta Resolución se publicará en el tablón de anuncios de esta Delegación del Gobierno, con indicación de la estimación, desestimación o exclusión de cada una de las solicitudes y de las causas que fundamenten cada una de las decisiones adoptadas.

Décimo. Que en todo lo demás, referente a publicidad, modificación de la resolución, régimen sancionador y abono de las subvenciones, se estará lo preceptuado en la Orden de 26 de febrero de 2008, de convocatoria, y demás disposiciones de pertinente aplicación.

Contra la presente Resolución que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad, con lo dispuesto en los artículos 10, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, o potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Gobernación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Jaén, 18 de septiembre de 2008.- La Delegada del Gobierno, María Teresa Vega Valdivia.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN DE LA DELEGADA DEL GOBIERNO EN JAÉN, DE FECHA 18 DE SEPTIEMBRE DE 2008, MEDIANTE LA QUE SE CONCEDEN SUBVENCIONES A ENTIDADES DE VOLUNTARIADO SIN ÁNIMO DE LUCRO EN EL ÁREA DE ACTUACIÓN REGULADA EN EL ARTÍCULO 1, APARTADO 2.2 DE LA ORDEN DE 26 DE FEBRERO DE 2008 (BOJA nÚm. 48, de 10 de marzo de 2008)
NÚM.
EXPEDIENTE
ENTIDAD
BENEFICIARIA
C.I.F. PRESUPUESTO TOTAL
ACEPTADO
SUBVENCIÓN PROPUESTA APORTACIÓN DE LA ENTIDAD % OBJETO SUBVENCIÓN
16/2008 Asociación de Ludópatas Jiennenses en Rehabilitación ALUJER G23326283 1.509,90 1.000,00 509,90 66,23% Adquisición de equipamiento informático.
17/2008 Grupo de Espeleología LEMUS G23352032 1.000,00 1.000,00 0 100% Adquisición de equipamiento informático.
22/2008 Asociación de Alcohólicos Liberados de Jaén y Mágina ALJAMA G23065733 1.000,00 1.000,00 0 100% Adquisición de equipamiento informático.
24/2008 Asociación Aresar G23463631 1.016,84 1.000,00 16,84 98,34% Adquisición de equipamiento informático.
27/2008 Asociación Madres y Padres de Alumnos ACUARELA G23234875 1.021,00 1.000,00 21,00 97,94% Adquisición de equipamiento informático.
28/2008 Asociación Provincial Linarense de Jugadores en Rehabilitación APLIJER G23280498 1.474,36 1.000,00 474,36 67,83% Adquisición de equipamiento informático.
29/2008 Asociación Provincial de Personas Sordas de Jaén APROSOJA G23020084 1.081,00 1.000,00 81,00 92,51% Adquisición de equipamiento informático.
31/2008 Asociación de Padres del Colegio Público Arturo del Moral G23026719 1.122,00 1.000,00 122,00 89,13% Adquisición de equipamiento informático.
32/2008 Asociación Promoción Social “28 DE FEBRERO” G23447071 1.465,99 1.400,00 65,99 95,50% Adquisición de equipamiento informático.
33/2008 Asociación para la Promoción y Atención a Personas con Discapacidad Física y Orgánica ASPRAMIF G23218357 1.097,69 1.000,00 97,69 91,10% Adquisición de equipamiento informático.
35/2008 Asociación de Alcohólicos VOLVER A NACER G23459043 1.570,12 1.000,00 570,12 63,69% Adquisición de equipamiento informático.
39/2008 Asociación Jiennense de Espondilitis Anquilosante G23431885 1.070,01 1.000,00 70,01 93,46% Adquisición de equipamiento informático.
43/2008 Camino a la Puerta de la Integración G23587181 1.026,86 1.000,00 26,86 97,38% Adquisición de equipamiento informático.
44/2008 Asociación ANDÚJAR CONTRA LA DROGA G23245780 1.000,00 1.000,00 0 100% Adquisición de equipamiento informático.
45/2008 Asociación de Mayores TORRES OSCURAS G23348113 1.000,00 1.000,00 0 100% Adquisición de equipamiento informático.
46/2008 Asociación de Mujeres Gitanas PARAJ G23447584 1.000,00 1.000,00 0 100% Adquisición de equipamiento informático.
47/2008 Asociación Jiennense de Emigrantes Retornados AJIER G23530942 1.002,00 1.000,00 2,00 99,80% Adquisición de equipamiento informático.
48/2008 Asociación Peña Flamenca LA SOLEÁ, Amigos del Cante Grande G23035124 1.000,00 1.000,00 0 100% Adquisición de equipamiento informático.
59/2008 Asociación Juvenil PUERTA ABIERTA G23273774 1.020,00 1.020,00 0 100% Adquisición de equipamiento informático.
60/2008 Asociación Giennense de Lupus ALUJA G23446784 1.000,00 1.000,00 0 100% Adquisición de equipamiento informático.
62/2008 ONGD QUESADA SOLIDARIA G23485162 1.010,00 1.000,00 10,00 99,01% Adquisición de equipamiento informático.
64/2008 Asociación para la Defensa de los Animales CIUDAD DE LA PEÑA G23454697 1.274,00 1.000,00 274,00 78,45% Adquisición de equipamiento informático.
66/2008 Asociación de Discapacitados Físicos SIERRA MÁGINA G23533490 1.004,83 1.004,83 0 100% Adquisición de equipamiento informático.
82/2008 Asociación para el Desarrollo y la Integración de Culturas y los/as ciudadanos/as ÁNADE G23610249 1.003,20 1.000,00 3,20 99,68% Adquisición de equipamiento informático.
88/2008 Asociación AFADAM SOLUXION VIDA G23521156 2.207,00 2.206,51 0,49 99,99% Adquisición de equipamiento informático.
92/2008 Fundación ADRA Agencia Adventista para el Desarrollo y Recursos Asistenciales G82262932 1.000,01 1.000,00 0,01 99,99% Adquisición de equipamiento informático.
96/2008 APA Colegio Público Miguel Hernández G23254295 2.540,35 1.000,00 1.540,35 39,36% Adquisición de equipamiento informático.
97/2008 AMPA del C.P. Nuestra Señora del Rosario G23242795 1.018,00 1.000,00 18,00 98,23% Adquisición de equipamiento informático.
99/2008 Asociación Juvenil de Animadores Socioculturales TASANIMA G23622871 1.099,99 1.000,00 99,99 90,91% Adquisición de equipamiento informático.
101/2008 Asociación Comarcal de Discapacitados ACODIS G23278609 2.192,86 2.192,86 0 100% Adquisición de equipamiento informático.
108/2008 Asociación de Jubilados y Pensionistas “DEL PISAR” G23356710 1.316,99 1.000,00 316,99 61,84% Adquisición de equipamiento informático.
109/2008 HERMANDAD DE DONANTES DE SANGRE de Úbeda G23019524 1.027,70 1.027,70 0 100% Adquisición de equipamiento informático.
110/2008 Asociación Juvenil BAJO CERO G23616196 1.000,00 1.000,00 0 100% Adquisición de equipamiento informático.
111/2008 Asociación Juvenil de CORRESPONSALES JUVENILES G23469711 1.000,00 1.000,00 0 100% Adquisición de equipamiento informático.
114/2008 Asociación Juvenil LAS SOMBRAS DEL 2001 G23467673 1.041,10 1.000,00 41,10 96,05% Adquisición de equipamiento informático.
116/2008 Asociación SÍNDROME PRADER WILLI ANDALUCÍA G91163741 1.023,00 1.023,00 0 100% Adquisición de equipamiento informático.
118/2008 C.D. ATLETISMO PEGALAJAR G23552037 1.003,77 1.000,00 3,77 99,62% Adquisición de equipamiento informático.
129/2008 AMPA MONTIJAR del C.P. Real Mentesa G23283534 1.000,00 1.000,00 0 100% Adquisición de equipamiento informático.
136/2008 Asociación Juvenil CONTAMOS CONTIGO de Jódar G23622145 2.028,99 2.000,00 28,99 98,57% Adquisición de equipamiento informático.
139/2008 Fundación PROYECTO DON BOSCO G14522171 1.065,61 1.065,60 0,01 99,99% Adquisición de equipamiento informático.
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