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NIG: 4109142C20070044663.
Procedimiento: Juicio Verbal 1426/2007. Negociado: 4A.
De: Ramagel, S.L.
Procurador: Sr. Ángel Díaz de la Serna y Aguilar8.
Contra: Factory Hobby, S.L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento J. Verbal (N) 1426/07 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Veintiuno de Sevilla a instancia de Ramagel, S.L., contra Factory Hobby, S.L., sobre Desahucio del local sito en la C/ Asunción, núm. 39, local derecha, Sevilla, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA
El Sr. don Francisco Escobar Gallego, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintiuno de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal 1426/2007 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Ramagel, S.L., con Procurador don Ángel Díaz de la Serna y Aguilar, y de otra como demandado Factory Hobby, S.L., sobre desahucio y reclamación de cantidad, y,
FALLO
Se estima la demanda presentada por la representación de Ramagel, S.L., y se declara resuelto el contrato de arrendamiento que tiene con la demandada Factory Hobby, S.L., del local sito en la C/ Asunción, núm. 39, local derecha; y se acuerda el desahucio de la misma, requiriéndola para que abandone el local en el plazo local o caso contrario se procederá a su lanzamiento.
Asimismo se condena a la demandada a que abone a la actora la cantidad de 10.366,86 euros, más las rentas que se devenguen durante la tramitación de este procedimiento.
Se condena a la demandada a las costas de esta primera instancia.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de 5 días.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Factory Hobby, S.L., que se encuentra en ignorado paradero, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a 16 de septiembre de 2008.- El Secretario Judicial.
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