Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 205 de 15/10/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 30 de noviembre de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Almería (antiguo Mixto núm. Dos), dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 875/2006. (PD. 3602/2008).

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NIG: 0401342C20060006210.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 875/2006. Negociado: JF.

Sobre: Acción declarativa del dominio de la parte actora sobre la parcela 57 del Polígono 216 de Níjar-Almería y para la inscripción de la misma en el Registro de la Propiedad.

De: Don Miguel Milla García.

Procurador: Sr. Ramos Hernández, Diego.

Letrada: Sra. Segura Lores, Antonia.

Contra: Cultivos Tempranos, S.A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 875/2006 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Almería (antiguo Mixto núm. Dos) a instancia de don Miguel Milla García contra Cultivos Tempranos, S.A., sobre acción declarativa del dominio de la parte actora sobre la parcela 57 del Polígono 216 de Níjar-Almería y para la inscripción de la misma en el Registro de la Propiedad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM.

En la ciudad de Almería, a cinco de noviembre de dos mil siete.

La Ilma. Sra. doña Esther Marruecos Rumí, Magistrada-Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia número Dos de Almería y su Partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 875/06, seguidos a instancia de don Miguel Milla García, representado por el Procurador Sr. Ramos Hernández y asistido por la Letrada doña Antonia Segura Lores y frente a la entidad Cultivos Tempranos, S.A, sobre acción declarativa de dominio e impugnación de inscripciones contradictorias.

FALLO

Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por don Miguel Milla García, representada por el Procurador don Diego Ramos Hernández contra la entidad Cultivos Tempranos, S.A., debo absolver y absuelvo al demandado de los pedimentos en su contra deducidos, con expresa imposición de costas a la parte actora.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante la llma. Audiencia Provincial de Almería, que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.

Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando, la pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada que ha sido la anterior Sentencia por la llma. Sra. Magistrada-Juez que suscribe, estando celebrando Audiencia Pública en el mismo día de su fecha; de lo que doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Cultivos Tempranos, S.A., extiendo y firmo la presente en Almería, a treinta de noviembre de dos mil siete.- El/La Secretario.

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