Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 206 de 16/10/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 30 de septiembre de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Jerez de la Frontera (Antiguo Mixto núm. Seis), dimanante de procedimiento ordinario núm. 320/2008. (PD. 3613/2008).

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NIG: 1102042C20080001437.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 320/2008. Negociado: C.

De: Sega Inversiones, S.L., y Romero Vera Arquitectos, S.L.

Procuradora: Sra. Leticia Calderón Naval.

Contra: Medina Almagro, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 320/2008, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Jerez de la Frontera a instancia de Sega Inversiones, S.L., y Romero Vera Arquitectos, S.L., contra Medina Almagro, S.L., se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA Núm. 187

En Jerez de la Frontera, a uno de septiembre de dos mil ocho.

Doña M.ª Isabel Cadenas Basoa, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Jerez de la Frontera, ha visto los autos del juicio ordinario núm. 320/08, seguidos a instancia de la entidad Sega Inversiones, S.L., y Romero Vera Arquitectos, S.L., representadas por la Procuradora doña Leticia Calderón Naval y asistido del Letrado don Alberto Agabo Sánchez contra la entidad Medina Almagro, S.L., en rebeldía, sobre acción de cumplimiento de contrato.

FALLO

Que estimando la demanda presentada por la Procuradora doña Leticia Calderón Naval, en nombre y representación de Sega Inversiones, S.L., y Romero Vera Arquitectos, S.L., contra Medina Almagro, S.L., condeno a esta:

1.º A la elevación a escritura pública del contrato privado de compraventa de 25 de junio de 2007 con relación a la finca inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 1 de esta ciudad, registral núm. 42.876, en virtud del cual la mercantil transmitió la propiedad de la tercera parte pro indiviso de la misma y por iguales partes a Sega Inversiones, S.L., y Romero Vera Arquitectos, S.L. y

2.º Se declara que las terceras partes en por indiviso que constan en el Registro de la Propiedad núm. Uno de esta ciudad y que pertenecen a la entidad Medina Almagro, S.L., de las fincas resultantes de la declaración de obra nueva en construcción y división horizontal de la finca núm. 42.876 del RP núm. Uno de esta ciudad inscrita al tomo 1.635, folio 201 son propiedad exclusiva de Sega Inversiones, S.L., y Romero Vera Arquitectos, S.L., por mitades e iguales partes indivisas y que son las fincas inscritas en el Registro de la Propiedad núm. Uno de Jerez con la identificación que consta en la nota registral que a la presente sentencia se incorpora emitida por el Registro de la Propiedad núm. Uno de Jerez en fecha 10 de septiembre de 2007.

Todo ello con imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Medina Almagro, S.L., calle Los Remedios, número 5, de Jerez, extiendo y firmo la presente en Jerez de la Frontera, a treinta de septiembre de dos mil ocho.- El/La Secretario.

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