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El Decreto 434/2000, de 20 de noviembre, sobre el Deporte Andaluz de Alto Rendimiento, que desarrolla el artículo 35 de la Ley 6/1998, de 14 de diciembre, del Deporte, y cuyos Anexos fueron modificados por la Orden de 6 de mayo de 2002, regula el acceso a la condición de deportistas, técnicos o entrenadores y jueces o árbitros de alto rendimiento, los criterios para la elaboración de las relaciones anuales de los mismos y los efectos y beneficios de la declaración como tales.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5, apartados 3 y 4, del citado Decreto, mediante Resolución de 15 de abril de 2008, de la Secretaría General para el Deporte, se aprobó la relación de deportistas, entrenadores o técnicos y jueces o árbitros andaluces de alto rendimiento, correspondiente al año 2008.
En su virtud, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5.3 y 4 del Decreto 434/2000, de 20 de noviembre, ha resuelto determinar la modificación de la Resolución de 15 de abril de 2008, publicada en el BOJA de 8 de mayo de 2008, a los efectos de incluir a los siguientes deportistas:
Deporte | Apellidos | Nombre |
HÍPICA | GÓMEZ MARTÍNEZ | IRENE |
HÍPICA | SÁNCHEZ HIDALGO | LUIS MIGUEL |
Sevilla, 6 de octubre de 2008.- El Secretario General, Manuel Jiménez Barrios.
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