Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 212 de 24/10/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

Resolución de 9 de julio de 2008, de la Delegación Provincial de Almería, por la que se autorizan las tarifas del Área Territorial de Prestación Conjunta del taxi en la mancomunidad de municipios del Bajo Andarax. (PP. 3401/2008).

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Visto el acuerdo del Pleno de la mancomunidad de municipios del Bajo Andarax, en sesión celebrada el 24 de marzo de 2008, por el que se aprueban las tarifas correspondientes al Área Territorial de Prestación Conjunta del Servicio del taxi del Bajo Andarax, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por la disposición adicional única de la Orden de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de 4 de octubre de 2006, por la que se autoriza el establecimiento del Área Territorial de Prestación Conjunta del Servicio del taxi del Bajo Andarax,

RESUELVO

Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

ÁREA TERRITORIAL DE PRESTACIÓN CONJUNTA DEL SERVICIO DE TAXI DEL BAJO ANDARAX

Para la gestión del servicio del taxi dentro del Área Territorial de Prestación Conjunta del Bajo Andarax se establecen las siguientes tarifas:

TARIFA 1

Será de aplicación los días laborables de 6,00 a 22,00 en trayectos entre municipios integrados dentro del Área Territorial de Prestación Conjunta del Servicio del taxi del Bajo Andarax y para trayectos con origen en algún municipio integrado en el área y destino a Almería capital.

TARIFAS AUTORIZADAS,

CONCEPTO IVA INCLUIDO  

Bajada de bandera 1,19 €

Kilómetro recorrido 0,62 €

Hora de parada o espera 16,21 €

Carrera mínima 3,10 €

TARIFA 2

Será de aplicación en trayectos entre municipios integrados dentro del Área de Prestación Conjunta del Servicio del Taxi del Bajo Andarax y para trayectos con origen en algún municipio integrado en el área y destino en Almería capital, en los supuestos siguientes:

a) Servicios nocturnos realizados en días laborales, de 22,00 horas a 6,00 horas.

b) Servicios realizados sábados, domingos y festivos de 00,00 horas a 24,00 horas.

c) Servicios realizados en días de fiesta de las 00,00 horas del primer día hasta las 24,00 horas del último día.

d) Servicios realizados en Navidad y Año Nuevo de 00,00 horas del día 24 de diciembre a las 24,00 horas del día 6 de enero.

TARIFAS AUTORIZADAS,

CONCEPTO IVA INCLUIDO  

Bajada de bandera 1,74 €

Kilómetro recorrido 0,80 €

Hora de parada o espera 20,24 €

Carrera mínima 3,86 €

SUPLEMENTOS

A) Por cada maleta, bulto o conjuntos de bultos de más de 60 cm de añadirán 0,52 €.

Nota: Para trayectos con destino a municipios fuera del Área Territorial de Prestación Conjunta del Servicio del Taxi del Bajo Andarax (excepto a Almería capital), se aplicarán las tarifas máximas oficiales para servicios interurbanos de transporte discrecional de viajeros en vehículos de turismo autorizadas por la Consejería de Obras Públicas y Transportes, por Resolución de 28 de julio de 2008, de conformidad con lo dispuesto en la disposición final primera de la Orden de 28 de abril de 2004 y Orden del Ministerio de Fomento de 22 de julio de 2008.

Contra esta autorización, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de un mes desde la notificación de la misma, recurso de alzada de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la Dirección General de Transportes de la Junta de Andalucía, sita en Avda. Diego Martínez Barrios, 10, de Sevilla, C.P. 41071.

Almería, 8 de septiembre de 2008.- La Delegada, Alejandra María Rueda Cruz.

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