Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 212 de 24/10/2008

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Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio

Anuncio de 3 de octubre de 2008, de la Delegación Provincial de Córdoba, de Certificación del Acuerdo de la Subsanación de Deficiencias de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística, relativa a Nuevo Sector de SUS Residencial «Huertos de Infante», en el municipio de Montalbán (Expediente P-98/05), por la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, en sesión celebrada el día 9 de abril de 2007.

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EXPEDIENTE DE SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS DE LA MODIFICACIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA, RELATIVA A NUEVO SECTOR DE SUS RESIDENCIAL «HUERTOS DE INFANTE» EN EL MUNICIPIO DE MONTALBÁN

PUBLICACIÓN DE CERTIFICACIÓN DEL ACUERDO

Certificación, emitida en los términos previstos en el art. 27.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, del acuerdo adoptado por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, en sesión celebrada el día 9 de abril de 2007, en relación con el siguiente expediente:

P-98/05

Formulado y tramitado por el Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba, a instancias de Urbanizaciones Todovillas, S.L., representada por don Fco. Rodríguez del Pozo, para la solicitud de la aprobación definitiva de la subsanación de deficiencias de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de dicho municipio, en el ámbito del nuevo sector de SUS Residencial «Huertos de Infante» y actuación aislada A-A-1, en virtud de lo dispuesto en los artículos 31.2.B.a y 36.2.c.1.ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante LOUA).

ANTECEDENTES DE HECHO

1.º El día 14 de diciembre de 2006 tiene entrada en la Delegación Provincial en Córdoba, de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, oficio del Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba, al que se adjunta el expediente administrativo y la documentación técnica que integra la referida subsanación.

2.º De la documentación remitida se desprende que la presente subsanación de deficiencias de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística, redactada por don A. González Martínez, don J. Millán García y don B. Muñoz Pozo, es aprobada por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de diciembre de 2006, acordando su remisión a la CPOT y U, de Córdoba, para su aprobación definitiva.

3.º Emitido informe por el Servicio de Urbanismo, en el que se contiene la descripción detallada, el análisis y valoración de la documentación, tramitación, y determinaciones del expediente, el mismo fue objeto de propuesta de resolución por la Delegación Provincial, en el sentido de aprobarlo definitivamente, con determinadas valoraciones y consideraciones que, hechas suyas por la Comisión, después se detallarán.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo es competente para resolver el presente expediente de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.2.a del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en relación con los artículos 31.2.B.a y 36.2.c.1.ª de la LOUA, y ello, por la afección de la Subsanación de Deficiencias de la Modificación a la ordenación estructural del referido Plan General de Ordenación Urbanística, y tratarse de un municipio que no supera los 100.000 habitantes.

Segundo. La tramitación del presente expediente se ajusta, en general, a lo previsto en los artículos 32, 36 y 39 de la LOUA, en cuanto a procedimiento (36.1 y 2.c.1.ª; 32.1.1.ªa; 32.1.3.ª y 4.ª; 32.4; y 33) e información pública y participación (32.1.2.ª, párrafos 1 y 2; y 39.1 y 3), siendo este el procedimiento señalado por la CPOT y U de Córdoba para subsanar las deficiencias que motivaron el acuerdo de aprobación definitiva parcial con suspensiones de la modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de Montalbán de Córdoba, en el ámbito del nuevo sector de SUS Residencial «Huertos de Infante» y actuación aislada A-A-1, de fecha 8 de junio de 2006.

Tercero. La documentación del presente expediente, con las rectificaciones introducidas, se adecuan básicamente a lo establecido en los artículos 36.1 y 2.b, 19.1.a, b y c, 19.2; 3; 9; 10.1.A; y 36.2.a, de la LOUA, teniendo en cuenta su concreto alcance y finalidad.

Y en lo que se refiere a las Determinaciones, cabe entender se vienen a subsanar adecuadamente, en general, las deficiencias señaladas en el antes referido acuerdo de la CPOT y U, de Córdoba, reiterándose las consideraciones y valoraciones contenidas en el mismo.

Vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación se acuerda:

Aprobar definitivamente la subsanación de deficiencias de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de Montalbán de Córdoba, en el ámbito del nuevo sector de SUS Residencial «Huertos de Infante» y actuación aislada A-A-1, con las valoraciones y consideraciones contenidas en el tercer fundamento de derecho de la presente resolución.

Con carácter previo a la publicación de la presente resolución, deberá procederse a realizar el depósito del instrumento de planeamiento en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, en la Unidad Registral de esta Delegación Provincial, de conformidad con el art. 40 de LOUA y art. 8 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico.

La presente Resolución se publicará, junto con el contenido articulado de las Normas Urbanísticas del instrumento de planeamiento objeto de la misma, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el art. 41 de la LOUA, y se notificará al Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba y a demás interesados.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, según se prevé en el art. 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y con cumplimiento de los requisitos previstos en la misma, así como en el art. 24.3 del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre.

Córdoba, 9 de abril de 2007.- V.º B.º el Vicepresidente 2.º de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, Francisco García Delgado; el Secretario de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, Pedro Jesús López Mata.

publicación de las normas urbanísticas

Normativa urbanística modificada

A continuación se incluyen los artículos modificados de las Normas:

Artículo 148. Fichas de Ordenación.

(Nueva Ficha para la AA-1) Zona: AA-1.

Denominación: Nuevo viario en calle Espejo.

Clase de suelo: Urbano.

Instrumento de desarrollo: No precisa

Superficie: 193,00 m².

Iniciativa de desarrollo: Pública.

Sistema de actuación: Expropiación.

Plazo de ejecución: 4 años.

Condiciones de desarrollo del Área AA-1.

Denominación: Nuevo viario en calle Espejo.

Delimitación: Según plano.

Instrumento de desarrollo: No precisa.

Objetivos: Apertura de viario para conexión del Sector Sudeste aledaño.

Calificación: Viario.

Aprovechamiento: Según ordenanzas.

Artículo 154. Delimitación de Áreas de Reparto.

Todos los terrenos clasificados como suelo apto para urbanizar quedan incluidos en áreas de reparto, de conformidad con lo establecido en los artículos 94.2 y 94.3.d TRLS´92.

Artículo 155. Aprovechamiento tipo de las áreas de reparto.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 17.1.2.ªa de la LOUA´02, el cálculo del aprovechamiento resulta:

Sector 1 (Área de reparto 1).

Superficie Sector: 117.368 m².

Aprovechamiento planeamiento: 58.684 m².

Coeficiente de ponderación: 1.

Aprovechamiento lucrativo 58.684 m².

Aprovechamiento medio: 0,50.

Sector Sudeste (Área de reparto «Sudeste»).

Superficie Sector: 34.625 m².

Aprovechamiento planeamiento: 22.506 m².

Coeficiente de ponderación: 1.

Aprovechamiento lucrativo: 22.506 m².

Aprovechamiento medio: 0,65.

Los terrenos destinados por el planeamiento urbanístico a edificaciones de uso o servicio público tendrán carácter dotacional, por lo que no han sido tenidos en cuenta a efectos del cálculo del aprovechamiento lucrativo.

Fichas de Ordenación anexas al Capítulo II «División en Sectores» (Título VI).

Se exponen a continuación la ficha de ordenación establecida en estas Normas para el sector previsto, donde de forma particularizada se recogen junto con los objetivos, los parámetros urbanísticos fundamentales que han de regir su ordenación.

(Se adjuntan solo las fichas del nuevo sector, los demás no sufren alteración alguna).

Zona: Sector Sudeste.

Denominación: «Huertos de Infante».

Delimitación: Según plano.

Instrumento de desarrollo: Plan Parcial.

Zona: Sector Sudeste.

Denominación: «Huertos de Infante».

Delimitación: Según plano.

Clase de suelo: Urbanizable.

Instrumento de desarrollo: Plan Parcial.

Superficie: 34.625 m².

Iniciativa de planeamiento: Privada.

Sistema de actuación: Compensación.

Plazo de ejecución: 1 año para la formulación del plan parcial, 3 años para la urbanización y 6 años para la edificación. (referidos todos a la aprobación definitiva de esta modificación).

Objetivos: Disponer de un suelo de crecimiento para satisfacer la demanda actual.

Uso: Residencial y Dotaciones, según calificación.

Tipología: Edificación entre medianeras.

Altura máxima: 2 plantas.

Edificabilidad bruta: 0,65 m²t/m²s.

Densidad máxima: 50 viv/ha.

Dotaciones: Según LOUA´02 y Reglamentos vigentes.

Área de reparto: Sudeste.

Aprovechamiento medio: 0,65 m²t/m²s de uso y tipología característicos.

Otras determinaciones:

- El trazado de los viarios garantizará la conexión con el previsto en la UA-8, C/ Espejo y carretera de Montilla.

- Al menos el 20% del número total de viviendas se destinará a Viviendas acogidas a algún régimen de Protección Pública (VPO o similar).

Castro del Río, noviembre de 2006. Fdo.: Joaquín Millán García y Arturo González Martínez.

Córdoba, 3 de octubre de 2008.- El Delegado, Francisco García Delgado.

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