Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 215 de 29/10/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio

Acuerdo de 16 de septiembre de 2008, del Consejo de Gobierno, por el que la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales se incorporan al Sistema Cartográfico Nacional.

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La cartografía y los datos espaciales constituyen instrumentos de vital importancia para el conocimiento y la gestión del territorio, tanto por los poderes públicos como por los entes privados y la ciudadanía, todos los cuales requieren información suficiente y de calidad para sus actividades públicas y privadas.

La Junta de Andalucía ha venido dando gran importancia a esta disciplina, con el doble objetivo de ejercer con eficacia y rigor sus competencias de contenido territorial y de prestar a la ciudadanía un servicio público indispensable en la sociedad actual, donde la información y la movilidad conforman ejes vitales para la ciudadanía. Este empeño, surgido al comienzo de la autonomía andaluza, se ha venido manteniendo durante los últimos veinticinco años, desarrollándose numerosos proyectos conforme a los sucesivos avances tecnológicos y a la ampliación de competencias de incidencia territorial, así como al permanente compromiso de prestar a la sociedad el servicio de información espacial que venían demandando.

El Parlamento Europeo y el Consejo aprobaron la Directiva 2007/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de marzo de 2007, por la que se establece una infraestructura de información espacial en la Comunidad Europea (Inspire), la cual determina que las administraciones se coordinen para garantizar que la información cartográfica y geográfica se produzca de forma eficiente, y que sea posible conocer y localizar los datos disponibles, a la vez que se asegure que éstos puedan ser compartidos entre todas las personas usuarias, con independencia de quien los produzca.

La Ley 7/1986, de 24 de enero, de Ordenación de la Cartografía, establece distintos mecanismos de coordinación y cooperación en materia de producción cartográfica, tales como una distribución de escalas, la creación de un Registro Central de Cartografía, donde inscribir toda la producción de cartografía oficial de las distintas administraciones, la coordinación de los planes de producción cartográfica o la configuración del Consejo Superior Geográfico como el órgano superior, consultivo y de planificación del Estado en el ámbito de la cartografía, con cabida para representantes de las distintas administraciones públicas.

Por su parte, en la Comunidad Autónoma de Andalucía el Decreto 141/2006, de 18 de julio, por el que se ordena la actividad cartográfica en la misma, establece como principios de la actividad cartográfica entre otros el de coordinación y el de cooperación entre las distintas Administraciones.

En desarrollo de la citada Ley 7/1986, el Gobierno de la Nación ha aprobado el Real Decreto 1545/2007, de 23 noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico Nacional como un modelo cooperativo, abierto a la participación de las distintas administraciones, que procura la corresponsabilidad en la producción de la información geográfica, y que persigue la eficiencia, la coherencia global y el mejor servicio a la ciudadanía. Son rasgos esenciales de este nuevo modelo permitir a cada Administración la libre incorporación y permanencia en el mismo, el respeto a las competencias de cada integrante del Sistema y el carácter flexible de sus instrumentos de desarrollo, los cuales garantizan que, bajo un marco de colaboración global, coexistan formas de adhesión adaptables a las peculiaridades de cada Administración.

La Junta de Andalucía, que junto con las demás Comunidades Autónomas ha venido participando en los trabajos preparatorios de este Real Decreto, considera que el texto permite un desarrollo armonizado de la producción cartográfica, el cual pasa necesariamente por la participación de las Comunidades Autónomas junto con la Administración General del Estado en la definición y desarrollo de iniciativas y proyectos de interés común, tales como las Bases Cartográficas Armonizadas, Programas de Ortofotografías Aéreas, Modelos Digitales de Elevaciones, Plan de Teledetección, Sistema de Información de Ocupación del Suelo, Nomenclátores Oficiales, Registros Cartográficos, Delimitaciones Territoriales, Callejeros Digitales, Infraestructuras de Datos Espaciales, y políticas de difusión y divulgación de datos, entre otros, que son susceptibles de coordinarse entre las distintas administraciones, tanto en su concepción y diseño como en su realización, mantenimiento y actualización periódica, buscando la máxima eficiencia y atendiendo a las necesidades comunes o específicas tanto de los distintos agentes involucrados como de la ciudadanía.

El citado Real Decreto 1545/2007, de 23 noviembre, establece en su artículo 3 que formarán parte del Sistema las entidades que tengan atribuidas las funciones de recogida, almacenamiento, tratamiento o difusión de información geográfica en la Administración de las Comunidades Autónomas, y las entidades del sector público autonómico, siempre que manifiesten su voluntad de integrarse en él. Dicha integración, según prevé el apartado 5 de dicho artículo, se concretará mediante la suscripción de un Convenio de colaboración entre la Administración Autonómica y la Administración General del Estado.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio, y de conformidad con lo establecido en el artículo 27.20 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día 16 de septiembre de 2008,

A C U E R D A

Primero. Manifestar la voluntad de la Administración de la Junta de Andalucía, y de sus entidades instrumentales, de integrarse en el Sistema Cartográfico Nacional, conforme a lo previsto en el Real Decreto 1545/2007, de 23 noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico Nacional.

Segundo. Atribuir a la persona titular de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio la facultad de dictar las disposiciones y adoptar las medidas que sean necesarias para la plena virtualidad de dicha integración y, singularmente, la firma del oportuno Convenio de colaboración con la Administración General del Estado.

Sevilla, 16 de septiembre de 2008

MANUEL CHAVES GONZÁLEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JUAN ESPADAS CEJAS

Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio

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