Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 216 de 30/10/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 3 de octubre de 2008, por la que se modifica la autorización de enseñanzas a los centros docentes privados «Alminar», de Dos Hermanas (Sevilla).

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Visto el expediente tramitado por don Luis Manuel Portillo Muñoz, como representante de la entidad Expo-An, S.A., titular de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Alminar», con domicilio en C/ Ronda de Altair, 2, Urbanización La Motilla, Dos Hermanas (Sevilla), solicitando modificar la autorización de enseñanzas, que tenía concedida, por ampliación de 3 unidades de educación infantil e incremento de ciclos formativos de formación profesional de grado medio (uno de Gestión administrativa y uno de Conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural) y reducción de cuatro unidades de bachillerato, según lo dispuesto en el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias; en el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril (BOE de 8 de mayo) por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo, y en el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Sevilla y de la Coordinación Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos.

Resultando que los citados centros, con código 41001771, cuentan con autorización para impartir seis unidades del segundo ciclo de educación infantil, doce unidades de educación primaria, ocho unidades de educación secundaria obligatoria, ocho unidades de bachillerato (seis, de la modalidad de Ciencias y tecnología y dos, de la modalidad de Humanidades y ciencias sociales), un ciclo formativo de formación profesional de grado medio de Explotación de sistemas informáticos y tres ciclos formativos de formación profesional de grado superior (uno de Animación de actividades físicas y deportivas, uno de Administración y finanzas y uno de Administración de sistemas informáticos).

Vistos: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26), por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias; el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril (BOE de 8 de mayo), por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo, vigente en los términos previstos en el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre (BOE de 3 de enero de 2007), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; el Real Decreto 2049/1995, de 22 de diciembre (BOE de 14 de febrero de 1996), por el que se establece el Título de Técnico en Conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 1662/1994, de 22 de julio (BOE de 30 de septiembre), por el que se establece el Título de Técnico en Gestión administrativa y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio (BOE de 14 de julio), por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; y el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Autorizar la modificación de la autorización a los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Alminar», de Dos Hermanas (Sevilla), y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva de los mismos que se describe a continuación:

Denominación Genérica: Centro docente privado de educación infantil.

Denominación Específica: «Alminar».

Código: 41001771.

Titular: Expo-An, S.A.

Domicilio: C/ Ronda de Altair, núm. 2, Urbanización La Motilla.

Localidad: Dos Hermanas.

Municipio: Dos Hermanas.

Provincia: Sevilla.

Composición resultante:

- Educación infantil:

Segundo ciclo: 9 unidades.

Puestos escolares: 225.

Denominación Genérica: Centro docente privado de educación primaria.

Denominación Específica: «Alminar».

Código: 41001771.

Titular: Expo-An, S.A.

Domicilio: C/ Ronda de Altair, núm. 2, Urbanización La Motilla.

Localidad: Dos Hermanas.

Municipio: Dos Hermanas.

Provincia: Sevilla.

Composición resultante:

- Educación primaria: 12 unidades.

Puestos escolares: 300

Denominación Genérica: Centro docente privado de educación secundaria.

Denominación Específica: «Alminar».

Código: 41001771.

Titular: Expo-An, S.A.

Domicilio: C/ Ronda de Altair, núm. 2, Urbanización La Motilla.

Localidad: Dos Hermanas.

Municipio: Dos Hermanas.

Provincia: Sevilla.

Composición resultante:

- a) Educación secundaria obligatoria: 8 unidades.

Puestos escolares: 240

- b) Bachillerato:

Modalidad de Ciencias y tecnología: 2 unidades.

Puestos escolares: 70

Modalidad de Humanidades y ciencias sociales: 2 unidades.

Puestos escolares: 70

- c) Ciclos formativos de formación profesional de grado medio:

Explotación de sistemas informáticos.

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

Conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural (en turno de tarde).

Núm. ciclos: 1

Grupos: 1.

Puestos escolares: 20.

Gestión administrativa (en turno de tarde).

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 1.

Puestos escolares: 20.

- d) Ciclos formativos de formación profesional de grado superior:

Administración y finanzas (en turno de tarde).

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 50.

Animación de actividades físicas y deportivas (en turno de tarde).

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 54.

Administración de sistemas informáticos.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 50.

Transitoriamente, y hasta que se implanten las enseñanzas correspondientes al bachillerato en la modalidad de Ciencias y tecnología, de acuerdo con el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, el centro podrá impartir en las unidades autorizadas de dicha modalidad las enseñanzas correspondientes a la modalidad de Ciencias de la naturaleza y de la salud (2 unidades para 70 puestos escolares) del bachillerato establecido en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre.

Segundo. Esta Orden se inscribirá en el Registro de Centros Docentes, regulado por el Decreto 151/1997, de 27 de mayo.

Tercero. Los centros no podrán sobrepasar el número de puestos escolares fijados para el mismo.

Cuarto. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso 2008/09, pues tal como previene el artículo 57.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, las Administraciones Públicas, excepcionalmente, podrán otorgar eficacia retroactiva a los actos cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos a otras personas.

Quinto. La titularidad de los centros remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Sevilla la relación del profesorado de los mismos con indicación de su titulación respectiva.

Sexto. Dichos centros quedan obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 3 de octubre de 2008

Teresa Jiménez Vílchez

Consejera de Educación

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