Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 220 de 05/11/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Acuerdo de 21 de octubre de 2008, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la concesión de la subvención que le corresponde percibir al Colegio de Abogados de Málaga y Sevilla, a través del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, por la prestación del Servicio de Asistencia Jurídica Gratuita durante el segundo trimestre de 2008.

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La Consejería de Justicia y Administración Pública subvenciona, dentro de las consignaciones presupuestarias, las actuaciones relativas a la prestación de los servicios de asistencia jurídica gratuita, que comprenden la defensa por Abogado y representación por Procurador de los Tribunales, ante los órganos judiciales con sede en la Comunidad Autónoma de Andalucía, de conformidad con lo establecido en los artículos 36 y 37 del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita, aprobado por Decreto 216/1999, de 26 de octubre, que le es de aplicación de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición transitoria segunda del Decreto 67/2008, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

De acuerdo con el procedimiento determinado por el artículo 46 de dicho Reglamento y con las normas establecidas en sus artículos 40 y 41, el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados ha remitido a la Consejería de Justicia y Administración Pública, solicitud de subvención, certificando el número y clase de actuaciones realizadas por cada uno de los Colegios de Abogados de la Comunidad Autónoma de Andalucía, durante el segundo trimestre de 2008, así como los gastos de funcionamiento e infraestructura asociados a las citadas actuaciones.

Asimismo, cada uno de los Colegios de Abogados ha remitido a la Consejería de Justicia y Administración Pública, a través del mencionado Consejo, las solicitudes que contienen, cuantificadas, las cantidades a percibir por cada una de estas Corporaciones, donde se reseñan, de forma separada, la subvención correspondiente al turno de guardia y asistencia individualizada al detenido, la del turno de oficio y la que pertenece a los gastos de funcionamiento e infraestructura; dándose la circunstancia de que los Colegios de Abogados de Málaga y Sevilla superan en cómputo anual el límite establecido en el artículo 104 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Por ello, de conformidad con lo preceptuado en el párrafo tercero del artículo 104 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 21 de octubre de 2008,

ACUERDA

Autorizar la concesión de la subvención que le corresponde percibir a los Colegios de Abogados de Málaga y Sevilla, a través del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, por importe de 2.014.066,70 € y 1.668.681,14 €, respectivamente, con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.11.00.01.00.483.00.14B 0, por la prestación, por dichos Colegios, del servicio de asistencia jurídica gratuita, durante el segundo trimestre de 2008.

Sevilla, 21 de octubre de 2008

MANUEL CHAVES GONZÁLEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

Evangelina Naranjo Márquez

Consejera de Justicia y Administración Pública

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