Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 222 de 07/11/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 14 de octubre de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Almería (Antiguo Mixto núm. Dos), dimanante del Procedimiento Verbal núm. 394/2007. (PD. 3822/2008).

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Número de Identificación General: 0401342C20070002697.

Procedimiento: Verbal-Desah. F. Pago (N) 394/2007. Negociado: AJ.

edicto

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Almería (Antiguo Mixto núm. Dos).

Juicio: Verbal-Desah. F. Pago (N) 394/2007.

Parte demandante: Rafael Rueda Alonso.

Parte demandada: Estrella María González Martínez.

Sobre: Verbal-Desah. F. Pago (N).

En el juicio referenciado se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA

En la ciudad de Almería, a diez de octubre de dos mil ocho.

Vistos y examinados por la Sra. doña Esther Marruecos Rumí, Magistrado Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia número Dos de esta ciudad y su partido, los Autos de juicio verbal de desahucio número 394/07, promovidos a instancia de don Rafael Rueda Alonso, representado por el Procurador don José Luis Soler Meca y asistido del Letrado don Enrique Sánchez Gómez, contra doña Estrella María González Martínez, en situación de rebeldía en los presentes autos, sobre Desahucio por falta de pago y rentas, y

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la parte actora don Rafael Rueda Alonso, contra doña Estrella María González Martínez, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre la parte actora y la demandada sobre el local sito en Paseo de Castañeda, núm. 194, de Retamar (Almería), debiendo condenar y condenando a la demandada a dejar libre y expedito el local citado a la libre disposición de la actora en el plazo previsto legalmente, con apercibimiento de lanzamiento en caso de incumplimiento, si la Sentencia no fuera recurrida y lo solicitare la demandante en la forma prevenida en el art. 549 de la LEC, así como condenando a la demandada al abono al actor de la cantidad de cuarenta y un mil doscientos noventa y cuatro euros con cuarenta y cuatro céntimos (41.294,44 €), en concepto de rentas y cantidades asimiladas por luz y agua adeudadas, más los correspondientes intereses legales de dicha cantidad en la forma prevista en el art. 576 de la LEC y costas del presente procedimiento.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Almería, que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles desde la notificación.

Expídase y únase certificado de esta sentencia a las actuaciones llevando el original al Libro de Sentencias y Autos Definitivos.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 14 de octubre de 2008, el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación a doña Estrella María González Martínez.

En Almería, a catorce de octubre de dos mil ocho.- El/La Secretario/a Judicial.

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