Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 223 de 10/11/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

Resolución de 27 de octubre de 2008, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo y la bandera de la Entidad Local Autónoma de Bácor-Olivar (Granada) (Expte. núm. 012/2008/SIM).

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece la facultad que ostentan éstas de dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, la Entidad Local Autónoma de Bácor-Olivar (Granada) ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su escudo y bandera local, de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada Ley.

Emitido en sentido favorable el informe preceptivo a que alude el artículo 13 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, el máximo órgano colegiado de gobierno de la Entidad Local aprobó en sesión de fecha 24 de septiembre de 2008, con el quórum establecido en el artículo 14 de la mencionada Ley, la adopción de su escudo y bandera local, con la siguiente descripción:

- Escudo: Escudo español. De plata, un monte en su color, cargado de una casa de plata aclarada de sable, superada de una cueva también de plata. Punta almenada de oro, con un cerezo y un olivo arrancados de sinople; el primero frutado de oro. Al timbre corona real española cerrada.

- Bandera: Paño de proporciones 3:2 (largo por ancho); dividido horizontalmente en cuatro franjas de igual anchura de los colores verde, blanco, marrón y amarillo de arriba hacia abajo. Al centro del paño, el escudo municipal.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la expresada Ley, el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Locales. El día 10 de octubre de 2008 ha tenido entrada en el Registro de esta Consejería escrito presentado por dicha Entidad Local, por el que se solicita la inscripción de su escudo y bandera local en el referido Registro.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, y así como en el artículo 8.k) del Decreto 191/2008, de 6 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción del escudo y la bandera de la Entidad Local Autónoma de Bácor-Olivar (Granada) en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal indicada y con la gráfica que obra en el expediente.

Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 27 de octubre de 2008.- El Director General, Manuel Zafra Víctor.

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