Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 224 de 11/11/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Resolución de 29 de octubre de 2008, de la Dirección General de Entidades y Cooperación con la Justicia, por la que se aprueba el censo definitivo de profesionales interesados en la creación del Colegio Oficial de Ambientólogos de Andalucía.

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El Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, dispone en su artículo 79.3.b) que la Comunidad Autónoma de Andalucía tiene competencia exclusiva en materia de Colegios Profesionales y ejercicio de las profesiones tituladas sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 36 y 139 de la Constitución Española.

La Ley 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía, dictada en virtud de la citada competencia, establece en su artículo 10.4 que los requisitos y el procedimiento para la creación de un colegio profesional serán objeto de desarrollo reglamentario.

A tal efecto, el Decreto 216/2006, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Colegios Profesionales de Andalucía, establece en su artículo 1.4, en el procedimiento de creación de nuevos colegios profesionales, que de no existir un censo propio y exclusivo de profesionales sujetos al impuesto de actividades económicas en el ejercicio profesional de que se trate, como ocurre en el procedimiento de creación del Colegio Oficial de Ambientólogos de Andalucía, se debe formar una relación de personas profesionales, aportando una serie de datos referentes a ellos, junto a los documentos que acrediten estar en posesión del título académico oficial exigido para el ejercicio profesional; todo ello con objeto de determinar la concurrencia del requisito legal de petición mayoritaria de los profesionales interesados en la creación de la corporación profesional.

Por Resolución de 1 de febrero de 2008, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, se acordó someter a información pública el censo provisional de los profesionales en Ciencias Ambientales (BOJA núm. 36, de 20 de febrero de 2008), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1.4.c) del Reglamento de Colegios Profesionales de Andalucía.

Cumplido el trámite de información pública y resueltas las alegaciones presentadas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.4.d) del Reglamento que se aprueba por el Decreto 216/2006, 12 de diciembre, se procede a calificar de definitivo el censo de profesionales interesados en la creación del colegio profesional, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En virtud de lo expuesto,

RESUELVO

Primero. Aprobar el censo definitivo de profesionales interesados en la creación del Colegio Oficial de Ambientólogos de Andalucía.

Segundo. El citado censo se encuentra expuesto en las sedes de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Justicia y Administración Pública y en la página web de esta Consejería (www.cjap.junta-andalucia.es)

Contra la Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejera de Justicia y Administración Pública.

Sevilla, 29 de octubre de 2008.- La Directora General, Beatriz Sainz-Pardo Prieto-Castro.

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