Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 229 de 18/11/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

Resolución de 14 de octubre de 2008, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de taxis de Puerto Real (Cádiz). (PP. 3691/2008).

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Habiendo sido autorizadas por silencio administrativo de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 42 y 43 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,

RESUELVO

Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas

ConceptoIVA incluido

Tarifa 1

Bajada de bandera1,06 euros

Por cada km recorrido0,55 euros

Hora de parada o espera14,27 euros

Carrera mínima2,72 euros

Tarifa 2

Bajada de bandera1,33 euros

Por cada km recorrido0,69 euros

Hora de parada o espera17,84 euros

Carrera mínima3,40 euros

La tarifa 2 se aplicará en los supuestos siguientes:

a) Servicios realizados en días festivos, sábados y domingos, las 24 horas.

b) Servicios realizados en días laborables/nocturnos de 22,00 a 6,00 horas.

Suplementos (No aplicables a los servicios interurbanos).

Por cada maleta o bulto de más de 60 cm0,45 euros

Suplementos especiales:

- 25% sobre la tarifa 2 en Feria y en Carnavales, los días y en la franja horaria que a continuación se especifica:

El viernes desde las 21,00 hasta las 24,00 horas.

El sábado desde las 00,00 hasta las 06,00 horas y desde las 21,00 hasta las 24,00 horas.

El domingo desde las 00,00 hasta las 24,00 horas.

El lunes desde las 00,00 hasta las 03,00 horas.

- 25% sobre la tarifa 2 en Semana Santa (desde el Jueves Santo a las 15,00 horas hasta el Sábado Santo a las 6,00 horas).

- 25% sobre la tarifa 2 en Navidad (sólo los días 25 de diciembre y 1 de enero, desde las 00,00 horas hasta las 06,00 horas).

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 14 de octubre de 2008.- La Viceconsejera, Carmen Martínez Aguayo.

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