Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 233 de 24/11/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

Resolución de 10 de noviembre de 2008, de la Dirección General de Administración Local, por la que se ordena la remisión de expediente y se emplaza a terceros interesados en el procedimiento abreviado por la reposición desestimatoria contra la Resolución de 25 de enero de 2008, sobre solicitud de acumulación de funciones de Secretaría del Ayuntamiento de La Zubia y Secretario-Interventor del Consorcio de Sierra Nevada Vega Sur.

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En cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Cuatro de Granada, comunicando la interposición de demanda, Procedimiento Abreviado 757/2008, Negociado: pi, por el Consorcio Sierra Nevada Vega Sur, contra la Resolución de 19 de mayo de 2008, de esta Dirección General, de reposición desestimatoria contra la Resolución de 25 de enero de 2008, sobre solicitud de acumulación de funciones de Secretaría del Ayuntamiento de La Zubia y Secretaría-Intervención del Consorcio de Sierra Nevada Vega Sur y a tenor de lo dispuesto en el artículo 78 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, esta Dirección General

R E S U E L V E

Primero. Remitir el expediente administrativo al Juzgado núm. Cuatro de lo Contencioso-Administrativo de Granada (Avda. del Sur, núm. 1, 6.ª planta. Edificio Judicial La Caleta).

Segundo. Notificar la presente Resolución a los interesados emplazándoles para que puedan comparecer y personarse en el plazo de nueve días siguientes a la notificación de la presente Resolución, o de la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para el caso de interesado no notificado personalmente.

Tercero. Para el caso de personarse el interesado, deberá hacerlo con Abogado y Procurador, o sólo con Abogado con poder al efecto. Personado fuera del indicado plazo, se le tendrá por parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna.

Cuarto. La remisión del expediente al Juzgado se hará efectiva una vez practicados los emplazamientos, debiendo incorporarse estos al mismo.

Sevilla, 10 de noviembre de 2008.- El Director General, Manuel Zafra Víctor.

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