Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 233 de 24/11/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Orden de 10 de noviembre de 2008, por la que se delega la Presidencia de la Comisión Permanente del Consejo General del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales en la Vicepresidencia del mismo.

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Mediante Decreto 34/2008, de 5 de febrero, se procede a aprobar los Estatutos del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, dando así cumplimiento a la previsión contenida en la disposición final primera de la Ley 10/2006, de 26 de diciembre, del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales.

Los Estatutos del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales prevén, dentro de los órganos de gobierno del citado organismo, el Consejo General como órgano superior del mismo, estableciendo el artículo 14 de dichos Estatutos que el mismo podrá funcionar en Pleno o en Comisión Permanente.

El artículo 15 del Decreto 34/2008, antes citado, se refiere a la Comisión Permanente del Consejo General, estableciendo que la Presidencia de dicha Comisión, que corresponde a la persona titular de la Consejería competente en materia de Seguridad y Salud Laboral, podrá ser delegada en la Vicepresidencia del mismo. Dicha Vicepresidencia la ostenta la persona titular de la Dirección General competente en materia de Seguridad y Salud Laboral.

Motivado por las anteriores consideraciones, y de acuerdo con lo previsto en los artículos 101.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, es objeto de la presente Orden materializar la delegación de la Presidencia de la Comisión Permanente del Consejo General del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales en la Vicepresidencia de dicha Comisión.

Por todo ello,

DISPONGO

Primero. Delegar en la persona titular de la Dirección General competente en materia de Seguridad y Salud Laboral, en su calidad de titular de la Vicepresidencia del Consejo General del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, la Presidencia de la Comisión Permanente del Consejo General del citado Instituto, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Decreto 34/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales.

Segundo. La delegación que se efectúa mediante la presente Resolución será revocable en cualquier momento, según lo establecido en el artículo 13.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 102.4 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de la posible avocación de la misma, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, antes citada.

Tercero. Las Resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación harán constar expresamente tal circunstancia.

Cuarto. De conformidad con lo establecido en el artículo 102.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, la presente delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y producirá efectos a partir de la fecha de su publicación.

Sevilla, 10 de noviembre de 2008

ANTONIO FERNÁNDEZ GARCÍA

Consejero de Empleo

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