Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 233 de 24/11/2008

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Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio

Anuncio de 27 de octubre de 2008, de la Delegación Provincial de Córdoba, de Certificación del Acuerdo y Normas Urbanísticas de la Subsanación de deficiencias y Texto Refundido de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística, relativa al establecimiento de una nueva Unidad de Ejecución AR-17, Residencial en Ctra. Puente Genil, esquina con C/ Ancha, en el municipio de Aguilar de la Frontera (Expediente P-70/04) de toma de conocimiento, por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2005.

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EXPEDIENTE DE SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS Y TEXTO REFUNDIDO DE LA MODIFICACIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA, RELATIVA AL ESTABLECIMIENTO DE UNA NUEVA UNIDAD DE EJECUCIÓN AR-17, RESIDENCIAL EN CTRA. PUENTE GENIL, ESQUINA CON C/ ANCHA, EN EL MUNICIPIO DE AGUILAR DE LA FRONTERA

publicación de certificación del acuerdo

Certificación, emitida en los términos previstos en el art. 27.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, del acuerdo adoptado por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2005, en relación con el siguiente expediente:

P-70/04.

Expediente de subsanación de deficiencias y Texto Refundido de la modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de Aguilar de la Frontera relativa al establecimiento de una nueva Unidad de Ejecución AR-17. Residencial en Ctra. Puente Genil, esquina con C/ Ancha, promovido por S.C.A. Olivarera Jesús Nazareno, representada por don Rafael Rosa Romero y tramitado por el Ayuntamiento de dicho municipio, por el que se da cuenta a la Comisión de su aprobación.

Visto el referido expediente aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, en sesión celebrada el 25 de octubre de 2005, que tiene por objeto subsanar las deficiencias señaladas en el acuerdo de aprobación definitiva con suspensiones de la referida innovación, adoptado por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, en sesión de 21 de diciembre de 2004.

La Comisión, previa propuesta de acuerdo de la Delegación Provincial, elaborada con base en el informe emitido por el Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y a la vista de lo establecido en el articulo 33 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante LOUA), el art. 132.3.b) del Reglamento de Planeamiento, valora que la tramitación, documentación y determinaciones de la presente subsanación de deficiencias son adecuadas en general respecto de la LOUA y demás legislación urbanística vigente, y que cumplimenta, en lo básico, el referido acuerdo de la Comisión, de 21 de diciembre de 2004.

Señalándose las siguientes consideraciones y valoraciones:

Se reiteran las consideraciones y valoraciones contenidas en el acuerdo adoptado por la Comisión, en sesión de 21 de diciembre de 2004, por el que se aprobó definitivamente con suspensiones la presente innovación del Plan General de Ordenación Urbanística de Aguilar de la Frontera.

En consecuencia, la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba acuerda la Toma de Conocimiento, con las consideraciones y valoraciones señaladas, de la subsanación de deficiencias y Texto Refundido de la presente innovación del Plan General de Ordenación Urbanística de Aguilar de la Frontera S.C.A. Olivarera Jesús Nazareno, representada por don Rafael Rosa Romero.

Con carácter previo a la publicación de la presente resolución, deberá procederse a realizar el depósito del instrumento de planeamiento, en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, en la Unidad Registral de esta Delegación Provincial, de conformidad con el art. 40 de LOUA y art. 8 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico.

El presente acuerdo se publicará, junto con el contenido articulado de las Normas Urbanísticas del instrumento de planeamiento objeto de la misma, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conforme a lo previsto en el art. 41 de la LOUA, y se notificará al Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, a S.C.A. Olivarera Jesús Nazareno, representada por don Rafael Rosa Romero, y a demás interesados.

Con carácter previo a la publicación del presente acuerdo deberá procederse a realizar el depósito del instrumento de planeamiento, en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, en la Unidad Registral de esta Delegación Provincial, de conformidad con el art. 40 de LOUA y art. 8 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico. Córdoba, 22 de diciembre de 2005. Vº Bº El Vicepresidente 2.º de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, Fdo.: Francisco García Delgado; el Secretario de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, Fdo.: Pedro Jesús López Mata.

PUBLICACIÓN DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS

ARTÍCULOS QUE SE AGREGAN

En el capítulo 3 «Ordenanzas para las Unidades de Ejecución» del Título VI (Normas Particulares para el Suelo Urbano) se agrega el artículo 6.51.

Se agrega el capítulo IV «Áreas de Reparto en Suelo Urbano No Consolidado» al Título VI, agregándose asimismo el artículo 6.52.

Artículo 6.51. Ordenanzas Particulares: Unidad de Ejecución AR-17.

1. Objetivos y condiciones generales de ordenación:

- Llevar a cabo una actuación aislada de reforma interior, conservando la estructura fundamental de la ordenación actual, para implantar usos urbanísticos sobre un espacio urbano, situado en Calle Ancha y Crta. Puente Genil (C-329), que precisa redefinir su función para mejorar su compatibilidad con un entorno que se ordena como residencial.

- Dotación de un jardín para no disminuir el estándar de áreas libres en un entorno urbano escaso de ellas.

- Urbanización y edificación de acuerdo con zonificación específica.

2. Gestión:

- Unidad de ejecución: Delimitada en los planos de ordenación núms. 4.5 y 4.7.

- Sistema de actuación: Compensación.

- Plazo total: Doce años.

- Plazo para planeamiento: Ocho años.

3. Instrumentos de desarrollo:

- Plan Especial de Reforma Interior.

- Proyecto de Urbanización.

- Proyecto de Reparcelación.

- Proyecto o Proyectos de edificación.

4. Calificación del suelo:

- Manzana Cerrada-Residencial.

- Espacios Libres-Jardines.

- Red viaria.

5. Determinaciones métricas (superficies):

- Total: 11.250 m2.

- Equipamiento: 1.450 m2.

- Jardines: 1.125 m2.

7. Altura:

- Núms. de plantas: 3 plantas.

8. Área de reparto:

- La presente Unidad de Ejecución se adscribe al Área de reparto denominada RU-1, cuyas características y aprovechamiento vienen determinadas en el artículo 6.52.

9. Núm. máximo de viviendas: Se establece un número máximo de 84 viviendas.

10. Edificabilidad: Se establece una edificabilidad bruta de 1,00 m2t/m2s.

(Título VI) CAPÍTULO IV: ÁREAS DE REPARTO EN SUELO URBANO NO CONSOLIDADO.

Artículo 6.52. Áreas de reparto y aprovechamiento medio.

1. Se delimita en suelo Urbano No Consolidado un Área de Reparto. Dicha Área de Reparto tiene su ámbito coincidente con un Sector.

2. El aprovechamiento medio se expresa por referencia al uso y tipología edificatoria característicos en unidades de aprovechamiento (UA) por metro cuadrado de suelo incluido en el Área de Reparto. Una unidad de aprovechamiento corresponde con un metro cuadrado edificable del uso y tipología edificatoria característicos: 1 UA = 1,00 m2t de uso y tipología característicos.

3. El aprovechamiento medio del área de Reparto, expresado en unidades de aprovechamiento por metro cuadrado de suelo, es el siguiente:

Área de Reparto Sector Aprovechamiento Medio
RU-1 AR-17 1,0000 UA/m
Córdoba, 27 de octubre de 2008.- El Delegado, Francisco García Delgado.
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