Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 236 de 27/11/2008

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Consejería de Justicia y Administración Pública

Resolución de 18 de noviembre de 2008, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se ofertan vacantes a los aspirantes seleccionados en las pruebas selectivas por el sistema de promoción interna para ingreso en opciones del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, opción Ingeniería Técnica Forestal (B.2006).

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Propuesta por la correspondiente Comisión la relación definitiva de aprobados/as en las pruebas selectivas por el sistema de promoción interna para ingreso en opciones del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, opción Ingeniería Técnica Forestal, convocadas por Orden de esta Consejería de 17 de diciembre de 2007 (BOJA núm. 11, de 16 de enero), procede dar cumplimiento a la base octava de la misma.

En su virtud, esta Secretaría General para la Administración Pública ha resuelto:

Primero. 1. De conformidad con lo establecido en el artículo 23.5 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, modificado por el del Decreto 528/2004, de 16 de noviembre, y la base novena de la Orden de convocatoria, a fin de favorecer la celeridad de la gestión del proceso, los trámites de oferta de vacantes, presentación de documentación preceptiva y petición de destinos se sustituirán por un acto único, que se celebrará el día 11 de diciembre a las 10 horas en la sede de la Dirección General de Función Pública, sita en Avda. República Argentina, núm. 25, 5.ª planta, de la ciudad de Sevilla.

Al acto deberán comparecer los aspirantes provistos de la documentación que a continuación se relaciona:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad Extranjero.

En el supuesto de descendientes de españoles o de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y de su cónyuge, deberán acreditar, además, el vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un Estado miembro de la Unión Europea con el que tengan dicho vínculo.

b) Fotocopia del Título Académico Oficial exigido para el ingreso en el Cuerpo, o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención, compulsada conforme a lo establecido en el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, y la Orden de la Consejería de Gobernación de 1 de diciembre de 1995 (BOJA núm. 165, de 23 de diciembre).

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o escala de funcionario.

En el caso de ser nacional de otro Estado, declaración jurada de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

d) Certificado médico que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo y opción a que se aspira.

e) Petición de destinos, conforme al modelo que se publica como Anexo II de la presente Resolución.

Los/as aspirantes que tengan la condición de discapacitados/as, cualquiera que sea su grado de discapacidad, deberán presentar certificado de los órganos competentes de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social u organismos similares de otras Administraciones Públicas, que acredite tal condición, especifique el grado de discapacidad que padece y su capacidad para desempeñar las tareas que correspondan a las plazas de esta convocatoria.

2. Los/as aspirantes estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y los requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, siempre que hubiesen sido inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía.

Segundo. En atención a las prioridades funcionales de los servicios de esta Administración, las vacantes ofertadas son las que figuran en el Anexo I de la presente Resolución.

Tercero. 1. Los/as aspirantes aprobados/as remitirán, junto con la documentación indicada en el apartado primero, la petición de destino que deberá efectuarse, necesariamente, en el modelo de instancia que figura como Anexo II.

2. Las instancias habrán de ser cumplimentadas a máquina y en especial los códigos correspondientes a cada destino solicitado, los cuales deberán figurar por orden de preferencia del aspirante.

Cuarto. 1. Los destinos se adjudicarán a los/as aspirantes seleccionados/as en las respectivas pruebas de acuerdo con la puntuación total obtenida y el referido orden de preferencia de destino.

2. Conforme dispone el artículo 25 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo de ocupación si se tratan de puestos de trabajo de nivel básico o carácter provisional si se trata de puestos de nivel no básico.

Quinto. Los/as funcionarios/as que ocupen con carácter definitivo puestos de doble adscripción podrán solicitar la adjudicación del mismo con el mismo carácter de ocupación. En tal caso quedarán excluidos/as del sistema de adjudicación de destino por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.

En caso de optar por continuar en el mismo puesto, se producirá simultáneamente la toma de posesión en dicho puesto como funcionario del nuevo Cuerpo y la declaración en la situación de excedencia prevista en el art. 15 del Real Decreto 365/1995, conforme a la redacción dada por el Real Decreto 255/2006, en el Cuerpo al que pertenecía con anterioridad.

Sexto. 1. A aquellos/as aspirantes que habiendo presentado el Anexo II (petición de destino), dentro del plazo señalado, no hayan solicitado suficientes puestos de trabajo en relación con el número de orden obtenido en el proceso selectivo, les será adjudicado de oficio alguno de los que resulten vacantes, una vez atendidas las peticiones de los/as demás aspirantes.

2. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor debidamente acreditada, no comparezcan o no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda de la Orden de convocatoria, no podrán ser nombrados/as funcionarios/as de carrera, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

3. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar en tiempo y forma los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en Derecho.

Contra la oferta de vacantes que se realiza en la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contecioso-Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurísdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 18 de noviembre de 2008.- El Secretario General para la Administración Pública, Juan Rafael Osuna Baena.

Ver Anexo II en página 20 del Boja num. 207, de 17.10.2008

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