Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 24 de 04/02/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación.

Resolución de 21 de diciembre de 2007, de la Delegación Provincial de Jaén, por la que se acuerda la concesión de Ayudas dirigidas a Entidades sin fines de lucro de ámbito provincial o autonómico para el desarrollo de Programas dirigidos a la mediación intercultural y se efectuará su convocatoria para el curso 2007/2008 (BOJA núm. 165, de 22.8.2007).

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1. Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación, en su artículo 2 dispone entre sus objetivos el de potenciar el valor de la interculturalidad, integrando en el hecho educativo la riqueza que supone el conocimiento y el respeto por la cultura propia de los grupos minoritarios, así como el de desarrollar actitudes de comunicación y respeto entre los miembros de la comunidad educativa, independientemente de sus capacidades personales y de su situación social o cultural. Asimismo, el Capítulo V describe las actuaciones a desarrollar con la población escolar perteneciente a minorías étnicas y culturales. Finalmente, en su artículo 25 configura la posible colaboración con entidades sin fines lucrativos en el desarrollo de estas actuaciones.

2. El Decreto 167/2003, de 17 de junio, por el que se establece la ordenación de la atención educativa a los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones sociales desfavorecidas articula un conjunto de medidas y actuaciones, de carácter compensador, dirigidas al alumnado que se encuentre en situación de desventaja sociocultural. Uno de los colectivos destinatarios de estas medidas es el del alumnado perteneciente a familias inmigrantes que, por pertenecer a minorías étnicas o culturales, encuentren un mayor número de dificultades para su acceso, permanencia y promoción en el sistema educativo.

3. Por otro lado, el Consejo de Gobierno de 9 de mayo de 2006 aprobó el II Plan Integral para la Inmigración en Andalucía, Decreto 92/2006, de 9 de mayo, que tiene como objetivos favorecer la integración social, laboral y personal de los inmigrantes.

4. La Orden de 3 de agosto de 2007, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a entidades sin ánimo de lucro de ámbito provincial o autonómico para el desarrollo de programas dirigidos a la mediación intercultural, y se efectúa su convocatoria para el curso 2007/2008 (BOJA núm. 165, de 22 de agosto de 2007) establece en su art. 2 la normativa aplicable:

Las ayudas a que se refiere la presente Orden, además de lo previsto por la misma, se ajustarán a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su reglamento; la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras; la Ley de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Título VIII de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y demás disposiciones de desarrollo de la referida Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en lo que no se opongan a los preceptos básicos de la norma estatal citada.

5. En la tramitación del expediente se han observado todas las prescripciones legales contenidas en el Título VIII de la Ley de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, en relación con el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos, así como su régimen jurídico (BOJA núm. 136, de 24 de noviembre) y demás disposiciones concordantes, así como los Decretos y Ordenes citados anteriormente sobre regulación de las Necesidades Educativas Especiales.

6. Vista la Propuesta de la Comisión Provincial Evaluadora de los Proyectos presentados sobre la concesión y denegación de las distintas ayudas. Esta Delegación Provincial de Educación en Jaén ha resuelto:

1. Conceder las siguientes ayudas a los proyectos presentados por las entidades que a continuación se citan:

Entidad: Save the Children.

Localidad: Granada.

Subvención concedida: 12.000,00

Entidad: Fundación Proyecto Don Bosco.

Localidad: Jaén.

Subvención concedida: 8.000,00

2. Excluir a la entidad siguiente por presentar la documentación fuera de plazo como se recoge en la Disposición transitoria única en su apartado 1.º de la Orden de 3 de agosto de 2007.

Entidad: Asociación Investigación y Desarrollo Educativo, Asociativo y Social.

Localidad: Jaén

Contra la presente Resolución, de la Delegación Provincial de Educación, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Jaén, 21 de diciembre de 2007.- La Delegada, Angustias María Rodríguez Ortega.

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