Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 240 de 03/12/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Resolución de 19 de noviembre de 2008, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone la publicación de la sexta adenda al Convenio para la Encomienda de Gestión de la Consejería de Innovación Ciencia y Empresa a la Agencia Andaluza de la Energía para actuaciones de fomento energético de Andalucía.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Habiéndose suscrito con fecha 17 de octubre de 2008 la sexta adenda al Convenio para la Encomienda de Gestión de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa a la Agencia Andaluza de la Energía para actuaciones de fomento energético de Andalucía.

Para general conocimiento, en virtud de lo establecido en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

RESUELVO

Hacer público la sexta adenda al Convenio para la Encomienda de Gestión de la Consejería de Innovación, Ciencia y empresa a la Agencia Andaluza de la Energía para actuaciones de fomento energético en Andalucía, que figura como Anexo a esta Resolución.

Sevilla, 19 de noviembre de 2008.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez.

ANEXO

SEXTA ADENDA AL CONVENIO PARA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE LA CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPRESA A LA AGENCIA ANDALUZA DE LA ENERGÍA PARA ACTUACIONES DE FOMENTO ENERGÉTICO EN ANDALUCÍA

En Sevilla, a 17 de octubre de 2008.

De una parte, el Excmo. Sr. don Francisco Vallejo Serrano, Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en virtud del Decreto del Presidente 13/2008, de 19 de abril, por el que se designan los Consejeros y Consejeras de la Junta de Andalucía.

Y de otra, doña Isabel de Haro Aramberri, Presidenta de la Agencia Andaluza de la Energía, nombrada mediante Decreto 76/2005, de 15 de marzo.

Reconociéndose recíprocamente capacidad suficiente y poder bastante para este acto,

EXPONEN

Que se mantienen vigentes las consideraciones realizadas en el exponen del Convenio para la Encomienda de Gestión firmada el 22 de julio de 2005, y que la necesidad de transferir nuevos créditos para la contracción de compromisos en materia de subvenciones para el nuevo Marco Estratégico Nacional de Referencia (MENR) 2007-2013, junto con la definición de otros criterios para el cierre del Marco de Apoyo Comunitario 2000-2006, justifican la realización de esta sexta adenda al Convenio para la Encomienda de Gestión de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa a la Agencia Andaluza de la Energía para actuaciones de fomento energético en Andalucía, firmado el 22 de julio de 2005.

La presente adenda se enmarca dentro del ámbito de intervención del Reglamento (CE) núm. 1080/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, y del Reglamento (CE) 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, de desarrollo del Reglamento (CE) núm. 1083/2006, del Consejo, por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión.

En este contexto normativo, el Programa Operativo FEDER Andalucía 2007-2013 ha incluido dentro del Eje 4, «Transporte y Energía», las categorías de gastos asociadas a la nueva estrategia regional en materia de energías renovables, eficiencia energética y RTE de energía, distinguiéndose entre energías tradicionales, en la que incluye la electricidad (33) y el gas natural (35) y energías renovables, que engloban la energía renovable solar (40), la energía renovable biomásica (41) y la eficiencia energética, cogeneración y gestión energética (43). Los objetivos y actuaciones contenidos en el citado Eje 4 han venido a sustituir lo dispuesto en el Eje 6 del anterior Programa Operativo en materia de energía (Medidas 6.8, 6.9 y 6.10).

Y sobre la base de lo anteriormente expuesto

ACUERDAN

Primero. Modificar el acuerdo décimo de la Encomienda de Gestión de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa a la Agencia Andaluza de la Energía, para actuaciones de fomento energético en Andalucía firmada el 22 de julio de 2005, incrementando los fondos, en euros, en las siguientes cuantías por aplicaciones presupuestarias:

Aplicación presupuestaria
Servicio 01
Año 2008 Año 2009 Año 2010 Año 2011 Año 2012
0 1 12 00 01 00 8070 74019 73A 7.268.111,00 0,00 0,00 0,00 17.083.720,00
TOTAL 7.268.111,00 0,00 0,00 0,00 17.083.720,00
Aplicación presupuestaria
Servicio 17
Año 2008 Año 2009 Año 2010 Año 2011 Año 2012
0 1 12 00 17 00 8070 74021 73A
Operación AM300433120001
1.905.552,00 1.213.226,00 1.237.491,00 1.262.240,00 1.287.486,00
0 1 12 00 17 00 8070 74021 73A
Operación AM300435120001
505.552,00 1.213.226,00 1.237.491,00 1.262.240,00 1.287.486,00
0 1 12 00 17 00 8070 74026 73A
Operación AM300440120001
4.464.243,00 3.586.929,00 3.658.668,00 3.731.842,00 3.806.478,00
0 1 12 00 17 00 8070 74026 73A
Operación AM300441120001
2.982.121,00 1.793.465,00 1.829.334,00 1.865.922,00 1.903.240,00
TOTAL 9.857.468,00 7.806.846,00 7.962.984,00 8.122.244,00 8.284.690,00
Las cantidades, en euros, actualizadas transferidas a la Agencia Andaluza de la Energía recogidas en el acuerdo décimo quedan como sigue:
Aplicación presupuestaria
Servicio 01
Año 2005 Año 2006 Año 2007 Año 2008 Año 2009 Año 2010 Año 2011 Año 2012
0 1 12 00 01 00 8070 74019 73A 24.693.953,91 32.950.840,45 36.692.452,00 26.851.387,50 23.015.475,00 19.179.562,50 17.083.720,00
0 1 12 00 01 00 8070 74020 73A 6.394.582,94
0 1 12 00 01 00 8070 7 4021 73A 1.533.258,95
0 1 12 00 01 00 8070 74022 73A 1.490.388,20
TOTAL 9.418.230,09 24.693.953,91 32.950.840,45 36.692.452,00 26.851.387,50 23.015.475,00 19.179.562,50 17.083.720,00
Aplicación presupuestaria Servicio 17 Año 2005 Año 2006 Año 2007 Año 2008 Año 2009 Año 2010 Año 2011 Año 2012
0 1 12 00 17 00 8070 74020 73A 2.247.116,33 2.856.403,79
0 1 12 00 17 00 8070 74021 73A 0,03 2.272.961,00
0 1 12 00 17 00 8070 74021 73A Operación AM300433120001 450.000,00 1.905.552,00 1.213.226,00 1.237.491,00 1.262.240,00 1.287.486,00
0 1 12 00 17 00 8070 74021 73A Operación AM300435120001 1.850.000,00 505.552,00 1.213.226,00 1.237.491,00 1.262.240,00 1.287.486,00
0 1 12 00 17 00 8070 74022 73A 1.398.158,58 5.188.129,66
0 1 12 00 17 00 8070 74026 73A Operación AM300440120001 2.500.000,00 4.464.243,00 3.586.929,00 3.658.668,00 3.731.842,00 3.806.478,00
0 1 12 00 17 00 8070 74026 73A Operación AM300441120001 500.000,00 2.982.121,00 1.793.465,00 1.829.334,00 1.865.922,00 1.903.240,00
0 1 12 00 17 00 8070 74026 73A Operación AM300443120001 5.500.000,00
TOTAL 3.645.274,94 10.317.494,45 10.800.000,00 9.857.468,00 7.806.846,00 7.962.984,00 8.122.244,00 8.284.690,00
Aplicación Presupuestaria: Remanentes Servicio 17 Año 2005 Año 2006
11 12 00 17 00 8070 74020 73A 8 465.943,68 3.137.664,05
11 12 00 17 00 8070 74021 73A 9 240.440,49 1.703.495,98
11 12 00 17 00 8070 74022 73A 0 1.296.319,59
Totales 706.384,17 6.137.479,62

Segundo. Modificar el párrafo sexto del acuerda decimoprimero, que tendrá la siguiente redacción:

«Cualquier subvención que se otorgue a partir de 1 de enero de 2007 con cargo a los fondos del nuevo Marco Estratégico Nacional de Referencia, se ajustará a la normativa específica derivada del citado MENR 2007-2013. Los fondos del servicio 17 y servicio 01 de las anualidades 2007, 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012 que se vayan a certificar a fondos FEDER con cargo al MENR 2007-2013 tendrán como plazo máximo de justificación ante la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa hasta el 31 de diciembre de 2015.»

Tercero. Los créditos que queden libres como consecuencia de la modificación o cancelación de subvenciones otorgadas se podrán emplear para nuevas subvenciones o ampliaciones de las existentes sin más limitación que las exigidas por el criterio de elegibilidad de Fondos FEDER expresadas en el Programa Operativo para Andalucía 2007-2013 en el Eje 4, y las propias de las aplicaciones procedentes de créditos autofinanciados por la Junta de Andalucía. Asimismo los referidos créditos podrán emplearse para el abono de obligaciones económicas reconocidas por resoluciones judiciales o derivadas de cualquier otra obligación económica en el ámbito de aplicación de la Orden de 22 de junio de 2005, modificada por las Órdenes de 14 de julio de 2006 y de 15 de noviembre 2007.

Cuarto. Se mantienen, en lo no modificado por esta o anteriores adendas, las cláusulas de la Encomienda de Gestión firmada el 22 de julio de 2005.

De conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las atribuciones de la que son titulares los firmantes, suscriben el presente Convenio por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha al inicio expresados, y acuerdan disponer la publicación de esta adenda a la Encomienda de Gestión en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

EL CONSEJERO DE INNOVACIÓN,LA PRESIDENTA DE LA AGENCIA

CIENCIA Y EMPRESAANDALUZA DE LA ENERGÍA

Descargar PDF